Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 52010
Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Govern de les Illes Balears para la celebración del Dia de les Illes Balears 2022
De conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, se hace público el siguiente convenio:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA Y EL GOVERN DE LES ILLES BALEARS PARA LA CELEBRACIÓN DEL DIA DE LES ILLES BALEARS 2022
Formentera, 24 de enero de 2022
PARTES
Mercedes Garrido Rodríguez, consellera de Presidència, Funció Pública i Igualtat del Govern de les Illes Balears, en virtud del Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB n.º 20 de 14 de febrero de 2021), en representación de la Administración autonómica de las Islas Baleares y en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 11.c) y 80.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y con facultades para la firma de convenios con órganos estatutarios en virtud del que dispone el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del presidente de las Islas Baleares, por el cual delega en los titulares de las consellerías la firma de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación (BOIB n.º 166, de 29 de noviembre).
Ana Juan Torres, presidenta del Consell Insular de Formentera, que actúa en conformidad con el artículo 9.2 q) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, y el artículo 136.2 del Reglamento orgánico de la corporación, de acuerdo con el artículo 70.11 y 70.18 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares.
EXPONEN
El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece, en el apartado 3 del artículo 6, que la fiesta de las Islas Baleares es el 1 de marzo.
Con motivo de esta efeméride, la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por medio de la Conselleria de Presidència, Funció Pública i Igualtat, junto con el resto de instituciones que configuran el sistema autonómico, y con la necesaria presencia e implicación de la sociedad civil, organiza y coordina un programa de actos conmemorativo del Dia de les Illes Balears que contribuyan al enaltecimiento colectivo de los rasgos de la identidad común, cultural, política e histórica de la comunidad autónoma, como también de los hechos diferenciales propios de cada uno de los territorios insulares que la constituyen.
Para la Diada del año 2022 se prentende seguir trabajando para consolidar la participación y el protagonismo de las instituciones insulares de gobierno, dentro del ámbito de la vertebración de la cohesión social, institucional y territorial necesarias, un objetivo prioritario. Juntos y mediante su acción, se quiere hacer un esfuerzo especial para conseguir la implicaci´pon de los municipios y los entes asociativos de cada ámbito insular en el desarrollo de los actos y las actividades que tienen que constituir el programa de la celebración. Todo esto, para hacer posible la consolidación y el arraigo de los sentimientos de pertenencia común en las Islas Baleares. Por eso, la Conselleria de Presidència, Funció Pública i Igualtat considera fundamentales las fórmulas de colaboración con las que, siendo entidades de la comunidad autónoma, tienen atribuida la competencia del gobierno insular en cada una de las islas, en este caso, el Consell Insular de Formentera.
La experiencia que se deriva de la colaboración entre la Conselleria de Presidència, Funció Públic i Igualtat y el Consell Insular de Formentera para la organización de los actos del Dia de les Illes Balears que se lleva a cabo desde hace unos años, se valora muy positivamente. En consecuencia, se pretende organizar nuevamente la fiesta de 2022 desde esta colabroación institucional y con una implicación y protagonismo claros del Consell Insular en la elaboración del programa de actividades en Formentera, que lo haga más próximo a los intereses específicos de la ciudadanía de esta isla y que estimule la participación y fomente el arraigo del sentimiento de pertenencia en las Islas Baleares.
El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, atribuye a la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local la interlocución con los consejos insulares y la organización de acontecimientos de interés autonómico.
La Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, prevé, en el artículo 46, la posibilidad que los consejos insulares subscriban convenios o acuerdos de colaboración con el resto de administraciones públicas para el logro de finalidades comunes de interés público.
Los artículos 78 y 79 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establecen la posibilidad que la Administración subscriba convenios de colaboración y el contenido que estos acuerdos tienen que tener.
La Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, de acuerdo con la redacción fijada por la Ley 6/2019, de 8 de febrero fija, al último inciso de la letra a) del artículo 6.2 que «son en todo caso competencia del consejo insular las actividades no permanentes que promueva u organice en el ámbito de su isla, sin perjuicio de la eventual colaboración que puedan prestar otras administraciones territoriales.»
El día 13 de diciembre de 2021, el Consell de Govern, mediante acuerdo, ha autorizado la firma de los convenios de colaboració con los consells insulars de Menorca, Ibiza y de Formentera para la organización de las actividades que tienen que constituir el programa de la celebración del Dia de les Illes Balears 2022 a sus respectivos ámbitos insulares, siempre que estos manifiesten su conformidad.
El día 17 de diciembre de 2021, mediante un acuerdo de la Comissió de Govern, el Consell Insular de Formentera ha manifestado su conformidad en el texto del convenio.
El día 18 de enero de 2022 la consellera de Presidència, Funció Pública i Igualtat del Govern de les Illes Balears, ha aprobado el expediente y ha autorizado y dispuesto un gasto de hasta un importe de 12.000,00 €, con cargo a la partida 11701 131 B02 64000 00 o la que se apruebe de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el 2022, mediante un procedimiento anticipado de gasto correspondiente al ejercicio de 2022, para la colaboración con el Consell Insular de Formentera en la organización de la celebración del Día de las Islas Baleares 2022, en su ámbito insular.
Ambas partes nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto
El objeto de este convenio es regular la colaboración entre el Govern de les Illes Balears y el Consell Insular de Formentera para la organización conjunta de los actos conmemorativos del Día de las Islas Baleares que se tienen que celebrar en Formentera en 2022.
Compromisos de las partes
Ambas instituciones tienen que establecer, de mutuo acuerdo, las prioridades de actuación y los criterios para la elaboración del programa de actividades des del punto de vista temático, del tipo de actividad, dietas i distribución territorial. Se debe procurar incluir actividades tradicionales, favoreciendo la participación ciudadana e implicando todos los niveles de la sociedad civil.
De acuerdo con estos criterios y prioridades establecidos de mutuo acuerdo, ambas instituciones tienen que aportar ideas y propuestas para confeccionar el programa de actividades que tengan lugar en la isla de Formentera.
El Consell Insular de Formentera se compromete, además, a:
El Gobierno de las Islas Baleares se compromete, además, a:
Comisión Mixta de Programación, Seguimiento y Control
Se crea la Comisión Mixta de Programación, Seguimiento y Control de este convenio, que tiene que estar integrada por los miembros siguientes:
Por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares:
El director general de Relacions Institucionals y Cooperació Local.
El jefe del Departamento de la dirección general de Relaciones Institucionales i Cooperació Local.
El jefe del Servicio de Relacions Institucionals.
Por parte del Consell Insular de Formentera:
a) La consellera de Cultura i Educació.
b) La consellera de Joventut, Participació Ciutadana i Noves Tecnologies.
c) La técnica de Cultura.
A las reuniones pueden asistir, como asesores, los técnicos que se consideren convenientes, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos que se tengan que tratar.
Las funciones de la Comisión son las siguientes:
La Comisión se puede constituir y puede adoptar acuerdos utilizando medios electrónicos, con respecto a los trámites esenciales contenidos en los artículos 17 y 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. En las actas se tiene que dejar constancia de las comunicaciones producidas y del acceso de los miembros al contenido de los acuerdos.
Seguridad y autoprotección
El Consell Insular de Formentera se compromete a cumplir las medidas de seguridad y la legislación que le sea aplicable en los montajes, el uso de las infraestructuras y cualquier elemento que se emplee para el desarrollo de las actividades que organice e integre en el programa, incluida la redacción y remisión en la administración competente del plan de autoprotección si resulta legalmente exigible.
El Consell Insular de Formentera asumirá, si procede, la redacción de esta documentación, que tiene que firmar un técnico competente en materia de actividades.
Las actividades no permanentes previstas se tramitarán según el previsto en el Título VI de la ley 7/2013, modificada por la ley 6/2019. Será de aplicación la Disposición transitoria tercera de la mencionada Ley 6/2019, de 8 de febrero.
La Dirección General de Emergencias e Interior del Gobierno de las Islas Baleares podrá solicitar las aclaraciones y complementos a la información recibida para asegurar el cumplimiento reglamentario en todos los ámbitos de la organización del Día de las Islas Baleares y del desarrollo de las actividades integradas en el programa.
Justificación
El Consell Insular de Formentera tiene que justificar antes del 20 de abril de 2022, mediante un certificado del interventor, los gastos efectuados con cargo a la cuantía aportada por la Administración de la Comunidad Autónoma y su vinculación con el objeto de este convenio.
También tiene que librar un informe sobre el desarrollo del acontecimiento, que incluya una memoria explicativa y gráfica de las actuaciones, una valoración del desarrollo del programa, el resumen de participación en cada actividad o acto, la información de las eventuales incidencias, la información gráfica y de prensa, así como sugerencias y cualquier otra información, documento o elemento que se consideren convenientes. Así mismo, tiene que aportar cualquier otra documentación justificativa que le requiera la Conselleria de Presidència, funció Pública i Igualtat.
Además, tiene que adjuntar el informe de los medios aportados y la gestión llegada a término en el cual se especifique la dedicación del personal, los medios que se han destinado, etc.
Vigencia
Este convenio es vigente desde el 1 de enero de 2022, o desde la fecha de firma, si esta es posterior, hasta el 30 de junio de 2022.
Resolución y extinción
Son causas de resolución de este convenio el mutuo acuerdo entre las administraciones firmantes, el incumplimiento por cualquier de las dos partes de las obligaciones que se establecen, con la denuncia previa de la otra parte, el término del plazo de vigencia del convenio, y cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.
En el supuesto de extinción del convenio por los motivos indicados anteriormente u otros motivos diferentes a la finalización del plazo de vigencia, se tiene que hacer la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento en que se produzca la extinción, en base al que se determina en la cláusula segunda de este convenio.
Resolución de conflictos
Las partes suscribientes este documento se comprometen a intentar resolver en común las diferencias que puedan surgir en la aplicación y la interpretación de este convenio. Corresponde a la Comisión Mixta resolver los conflictos que surjan. Si esto no es posible, las cuestiones litigiosas que puedan afectar la interpretación y la ejecución de este convenio corresponde resolverlas a la orden jurisdiccional contencioso–administrativo, que es el competente para conocer de estas cuestiones.
Como muestra de conformidad, firmamos este convenio.
Por la Conselleria de Presidència, Funció Pública i Igualtat Por el Consell Insular de Formentera
Lo que se hace público para general conocimiento.
Formentera, con la fecha de la firma electrónica (1 de febrero de 2022)
La presidenta del Consell Insular de Formentera Ana Juan Torres