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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 44263
Aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria para la asignación del uso privativo de una parcela de huerto en el huerto urbano sa Vinyeta, de Ciutadella de Menorca, dirigida a personas a título individual, i la aprobación de la convocatoria correspondiente al ejercicio de 2021, Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

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Texto

Se hace público que, en fecha del 29/12/2021, la Junta de Govern local del Ajuntament de Ciutadella de Menorca acordó aprobar las bases reguladoras de la convocatoria para la asignación del uso privativo de una parcela de huerto en el huerto urbano sa Vinyeta, de Ciutadella de Menorca, dirigida a personas a título individual. Asimismo, se aprobó la convocatoria correspondiente al ejercicio de 2021 y que se regirá por las bases señaladas anteriormente. Se podrán consultar las bases y los anexos en el web municipal del Ajuntament de Ciutadella de Menorca.

  

Ciutadella, en el día de la firma electrónica (27 de enero de 2022)

La alcaldesa

Joana Gomila Lluch

  

Bases reguladoras de la convocatoria para la asignación del uso privativo de una parcela de huerto, en el huerto urbano Sa Vinyeta personas a título individual, en 2021.

1. Normas generales

1.1. En fecha 9 de agosto de 2018 y BOIB núm. 98 se publica la aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen de uso de los huertos urbanos de Ciutadella de Menorca. Por tanto, las bases reguladoras se presentan de acuerdo con el citado Reglamento.

1.2. El objeto de estas bases es regular la concesión mediante convocatoria pública del uso temporal de los huertos urbanos de Sa Vinyeta destinados a personas que cumplan los requisitos que más adelante se detallan y quieran disponer de una parcela de huerto por un período de cuatro años, sin posibilidad de prórroga.

1.3. En el caso de que un huerto quede sin trabajar más de 6 meses para la persona adjudicataria sin que haya una comunicación expresa y motivada en el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, este quedará libre y podrá ser adjudicado nuevamente a otra persona usuaria en una nueva convocatoria.

1.4. Las licencias municipales otorgadas en virtud de este reglamento tendrán la naturaleza de autorizaciones de uso privativo del dominio público, regulado en el Reglamento de bienes de las corporaciones locales, aprobado mediante Real Decreto 1372/1986, y en la Ley 33/2003 de patrimonio de las administraciones públicas.

1.5. Estas licencias se otorgan salvando el derecho de propiedad y sin perjuicio de otro y, por tanto, no supone en ningún caso la transmisión del dominio de la parcela de huerto utilizada, que continuará siendo propiedad del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, tanto respecto al terreno como respecto a todas las instalaciones existentes en el momento de otorgamiento de la licencia.

1.6. El adjudicatario sólo tendrá la posesión del huerto municipal que se le asigne, por el plazo que se determine y en los términos previstos en la licencia o el documento de formalización de la adjudicación y el resto de artículos del reglamento.

1.7. Las licencias otorgadas tienen carácter personal, y en ningún caso los titulares no podrán ceder, enajenar, gravar o disponer, a título oneroso o gratuito, los derechos que se deriven de la autorización de uso, ni transmitirlo a terceros.

1.8. La ubicación de los huertos está emplazada en Sa Vinyeta, en el término municipal de Ciutadella de Menorca.

1.9. Cada parcela de huerto consta de unos 40 metros cuadrados aproximadamente.

 

2. Personas destinatarias de los huertos

Los huertos urbanos van dirigidos a personas de 55 años de edad y pensionistas en el momento de la solicitud. Se entiende pensionista aquella persona que percibe cualquier tipología de pensión, en la modalidad de contributiva o no. Además, deben estar empadronadas en el municipio de Ciutadella y no deben disponer, como mínimo desde la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de adjudicación, de otro huerto privado, y han de estar al corriente en cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

3. Parcelas disponibles

Hay disponibles en esta convocatoria 3 parcelas para personas a título individual, concretamente la parcela número 2, la número 5 y la número 19.

4. Requisitos y condiciones de las personas aspirantes

4.1. Para poder optar a la adjudicación de una parcela, habrá que tener las siguientes condiciones:

a) Ser persona física igual o mayor de 55 años y pensionista.

b) En la fecha de inicio del proceso de solicitudes, estar empadronada en el municipio de Ciutadella de Menorca.

c) Sólo se podrá presentar una solicitud por núcleo de convivencia, entendiéndose por núcleo convivencial aquellas personas que conviven en un mismo domicilio y mantienen una relación de alianza o filiación.

d) No disponer, a título de propietario, de ningún otro huerto ni terreno de cultivo. Este extremo se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable.

e) No haberse adjudicado otra parcela o ningún otro huerto a un miembro del mismo núcleo de convivencia.

4.2. A los efectos de establecer una puntuación con las personas solicitantes que tienen los requisitos y en caso de haber más solicitantes que parcelas disponibles, se establece el siguiente baremo:

Se valorará el cómputo mensual de ingresos económicos del núcleo de convivencia, calculados a partir del vigente IPREM. Se dará una mayor puntuación en el acceso a una parcela del huerto urbano a las personas o los núcleos de convivencia con ingresos económicos más bajos.

- Ingresos económicos del núcleo de convivencia igual o inferiores a 659,05 € mensuales (IPREM 2021): 5 puntos.

- Ingresos superiores a 626,63 € e inferiores a 823,81 € (125% de IPREM): 3 puntos.

- Ingresos superiores a 783,29 e inferiores a 988,58 € (150% de IPREM): 2 puntos.

Por otra parte, se valorará con 5 puntos en el caso de las personas que viven solas en un domicilio.

Para poder valorar la puntuación, los solicitantes deberán presentar los ingresos económicos de los miembros del núcleo convivencial: declaración de la renta o, en caso de no presentar, se debe presentar un certificado de la pensión o de las pensiones concedidas y del resto de ingresos provenientes de alquileres o de otros percibidos. Por otra parte, el Ayuntamiento de Ciutadella comprobará la situación convivencial.

5. Presentación de solicitudes

Se podrá presentar la solicitud, según el modelo normalizado, en la Oficina de Atención al Ciudadano para que quede registrada la entrada así como de forma telemática, tal como lo prevé la LPAC 39/2015. Deberá ir dirigida al Servicio de Atención Social.

Las personas que soliciten una parcela deberán presentar los documentos acreditativos siguientes:

a) Hoja de inscripción para obtener una parcela del Huerto Urbano (anexo I).

b) Declaración responsable (anexo II).

c) Fotocopia del DNI.

d) Declaración de la renta o, en su defecto, certificado de la pensión o de las pensiones que perciba la persona solicitante.

e) Certificado de convivencia (no es necesario presentarlo)

6. Plazo de presentación y subsanación de las solicitudes

6.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

6.2. Si de la revisión de la solicitud y de la documentación aportada se deduce que ésta es incompleta o defectuosa, el órgano competente requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días, como expresa el artículo 26 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados. En este requerimiento se debe indicar que, si en el plazo establecido no se subsanan las deficiencias, se desestimará la solicitud, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 42 del cuerpo legal mencionado, y que el expediente se archivará de acuerdo con el artículo 71 del mismo cuerpo legal.

7. Procedimiento de concesión de parcelas de huerto en Sa Vinyeta

7.1. El sistema de adjudicación de las licencias de uso privativo del dominio público sobre parcelas municipales de huertos se hará en función de la puntuación obtenida, así como viene establecido en el punto 4.2 de la presente convocatoria.

7.2. El personal técnico municipal de Servicios Sociales y de Medio Ambiente, junto con la Secretaría municipal, valorará la admisión de las solicitudes.

7.3. En caso de igualdad en la puntuación resultante y si existe más solicitudes que parcelas de huerto disponibles, el orden y por tanto, la adjudicación se determinará por sorteo y la selección de la parcela también se adjudicará por el mismo procedimiento.

7.4. Una vez aceptada la solicitud, en la fecha y en el lugar que se comunique oportunamente y en un acto público, tendrá lugar el sorteo a partir del cual se aprobarán las adjudicaciones de las licencias de uso privativo de parcelas de el huerto municipal en caso de empate de puntuación y de exceso de solicitudes frente al número de parcelas. De igual forma se sortearán la asignación de las parcelas. Se sacará un boleto con un número y, a partir de éste, se contarán los números posteriores para adjudicar la totalidad de los huertos urbanos disparos a concurso.

8. Formalización de las adjudicaciones

La persona que ejerce la alcaldía o la concejalía delegada aprobará las adjudicaciones de las diversas licencias de uso privativo del dominio público de los huertos municipales, a la vista del informe emitido por el personal técnico y de la Secretaría Municipal, una vez efectuado, en su caso, el sorteo público. Se notificará a todos los participantes su licitación. Asimismo se publicará la lista en el tablón de anuncios y en la web municipal.

El documento administrativo que formalizará las adjudicaciones de las licencias de uso privativo (anexo III) contendrá lo siguiente:

- Datos de la persona.

- Finalidad de uso.

- Medida, localización y número de la parcela.

- Derechos y obligaciones del adjudicatario.

- Duración de la autorización.

La formalización de este documento que se firmará una vez adjudicada la parcela de huerto, supone el reconocimiento formal por parte de las personas del derecho de propiedad del Ayuntamiento de Ciutadella de la finca que se le asigna, así como todas las instalaciones inseparables del terreno y la total aceptación del régimen jurídico previsto en este reglamento.

9. Entrega de autorizaciones

Los adjudicatarios deberán recoger los títulos acreditativos de su derecho otorgados por el Ayuntamiento de Ciutadella dentro del plazo de 30 días a contar desde la notificación de la adjudicación. Cuando no se pueda formalizar el documento administrativo dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución, por entender que se renuncia a esta adjudicación, si no es que la persona adjudicataria pueda demostrar las causas que le han impedido la formalización del documento .

 

 

​​​​​​​HOJA DE INSCRIPCIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE UNA PARCELA DE L'HORT URBÀ (PERSONAS)

ANEXO I

Nombre:

DNI:

Apellidos:

Fecha de nacimiento:

Nacionalidad:

Dirección:

Teléono:

Teléfono móvil:

Dirección electrónica:

Firma:

 

Fecha:

  

DECLARACIÓN RESPONSABLE (PERSONAS)

ANEXO II

...................................................................................................................................., con domicilio en Ciutadella de Menorca, calle/plaza ..........................................................................., código postal .............., y con DNI núm. ...........................;

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

Que:

a) Estoy al corriente del pago de las obligaciones tributarias de carácter estatal, autonómico y local, y con la Seguridad Social, previstas en las disposiciones vigentes.

b) No dispongo del uso de otro huerto ni terreno de conreo privado.

c) Acepto todas y cadauna de las condiciones establecidas en el Reglamento de régimen de uso de los huertos urbanos de Ciutadella de Menorca.

Ciutadella de Menorca, dia ..... d ..................... de 20..

Firmado,