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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 42266
Aprobación modificación artículo 58 del Pacto de derechos de los funcionarios

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de enero de 2021, adoptó entre otros, el siguiente ACUERDO:

APROBAR la modificación del art 58 del Pacto de derechos de los funcionarios, que quedaría del siguiente tenor literal:

“Arte. 58. Prolongación jornada laboral Policía Local.

La jornada laboral será establecida legalmente para todos los funcionarios. Dadas las condiciones específicas de la Policía Local que cubre las 24 horas del día y para su buen funcionamiento se divide en turnos de ocho horas mañana, tarde y noche, el exceso de jornada laboral, de 37'5 horas a 40 horas semanales, se compensará con un total anual de 15 días hábiles acumulados. Siempre y cuando se realicen de forma efectiva, el disfrute de estos días se realizará en concepto de vacaciones o podrán ser compensados​​mensualmente como indemnización compensatoria equivalente de 330,00 € para los policías, 365,00 para los oficiales y de 385,00 para los subinspectores. Este concepto será voluntario a petición de los interesados.

Anualmente, durante la primera quincena del mes de octubre, los agentes tendrán que indicar su preferencia por el año siguiente, siendo ésta irreversible. Además, los agentes que elijan disfrutar de este exceso de tiempo en concepto de vacaciones no podrán disfrutarlos durante los meses de julio, agosto y/o navidades.”

En cuanto a la opción respecto al cobro o disfrute de vacaciones, respecto al año 2022, se dará un plazo hasta el 15 de febrero.

Que este acuerdo una vez aprobado por el Pleno, podrá aplicarse con efectos retroactivos desde el 1 de enero, una vez publicado en el BOIB.

 

Sant Josep de sa Talaia, documento firmado electrónicamente (28 de enero de 2022)

La alcaldesa accidental Pilar Ribas Torres