Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 40694
Aprobación definitiva contribuciones especiales en el proyecto red de alcantarillado de la calle General Morera
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 20.01.22, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de la reclamacion presentada, de la ordenación y la imposición de las contribuciones especiales para financiar la prestación del servicio consistente en la realización de las obras relativas al proyecto de alcantarillado de la calle General Morera, el texto íntegro de la cual se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“El pleno celebrado en fecha 22 de julio de 2021 acordó la aprobación inicial de la imposición y la ordenación de contribuciones especiales para financiar la realización las obras relativas al proyecto de alcantarillado de la calle General Morera..
En el BOIB núm. 107 de fecha 12 de Agosto de 2021 se anuncia la exposición al público del expediente aprobado inicialmente por el Pleno por un plazo de 30 dias para que los interesados puedan presentar reclamaciones.
Se ha presentado 1 reclamacion por parte de los interesados en el expediente de acuerdo con el certificado de Secretaria emitido en fecha 13 de enero de 2022.
El Ingeniero municipal ha informado las alegaciones en fecha 13 de Enero de 2022.
Realizada la tramitación legalmente establecida y visto el informe-propuesta de Secretaria/Intervención de fecha 13.01.22.
Por todo lo expuesto:
PROPONGO:
PRIMERO: Desestimar la alegacion presentada:
- Alegación número 1 de fecha 18.08.21 (RE15190) a nombre de Narciso Romero Pons.
SEGUNDO: Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las alegaciones presentadas, la imposición y la ordenación de la cuotas provisionales de las contribuciones especiales para la financiación del proyecto de alcantarillado de la calle General Morera.
TERCERO: Determinar el Tributo concreto de acuerdo con lo siguiente:
- El coste previsto de la obra se fija en 69.587,16€ euros y a repartir entre los beneficiarios es de 62.628,44€ equivalente al 90% del coste total previsto de las obras.
- El coste total presupuestado de la sobras tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuera mayor o menor que el previsto, se tomará ese al efecto del cálculo de la cuotas definitivas correspondientes.
CUARTO: Que se aprueben definitivamente la relación de los sujetos que resultan beneficiarios de la realización de la obra y establecer la cuantiá que estos tendrán que abonar a esta Entidad.
QUINTO: Notificar de forma individualizada a los beneficiarios la cuota que resulta de la cuota provisional de la contribución aprobada.
SEXTO: Publicar en el BOIB el acuerdo definitivo.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del dia siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sin perjuicio de esto, de acuerdo a lo establecido el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si solo la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Ciutadella de Menorca, 25 de enero de 2022
La alcaldesa
Joana Gomila LLuch