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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 39944
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de SOIB, por la cual se deniegan ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre) por la cual se aprobó la convocatoria informativa para solicitar becas y ayudas dirigida a los alumnos trabajadores parados de acciones formativas financiadas por el SOIB o impartidas por los centros propios, para el periodo 2021-2022

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Texto

Hechos

1. Las personas que constan en el anexo de esta Resolución como alumnas de una acción formativa financiadas por el SOIB o impartidas por centros propios en el periodo 2021-2022 dirigida prioritariamente a trabajadores parados han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte público manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31de diciembre).

2. Una vez examinadas estas solicitudes, se ha considerado que se tienen que denegar por los motivos que se exponen en el anexo de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre), por la cual se aprobó la convocatoria informativa para solicitar becas y ayudas dirigida a los alumnos trabajadores parados de acciones formativas financiadas por el SOIB o impartidas por los centros propios, para el periodo 2021-2022 correspondientes a ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

2. El artículo 2.2 del Decreto22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los Estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears ‎establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otros, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de ocupación; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, ocupación, formación y formación con alternancia con la ocupación, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena; adaptar la formación y la recalificación para la ocupación de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y mejorar las condiciones de los trabajadores.

3. De acuerdo con los apartados g) y y) del artículo 9.4 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 131, de 25 de julio), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

5. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o a las entidades públicas dependientes.

6. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

7. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y la formación profesional ocupacional (BOE nº 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº 9, de 17 de abril).

8. La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la cual se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el cual se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de Formación Profesional para la Ocupación en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78, de 1 de abril de 2019).

9. De acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, (BOIB nº 21, de 15 de febrero), el SOIB está adscrito en la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad, para los trabajadores parados, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre), a las personas que figuran en el anexo de esta Resolución y por los motivos que se exponen.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y la página web del Servicio de Empleo de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

   

Palma, 10 de noviembre de 2021

El director general de Modelo Económico y Ocupación

Llorenç Pou Garcias

Por delegación de competencias del presidente del SOIB

(Resolución de 09/07/2019, BOIB nº 94, de11 de julio)

 

 

 

ANNEX I

DNI/NIE

CURS

MOTIU

AJUT

41621692H

317/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

41522360T

317/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

43152835M

451/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

43182849G

458/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

43182852F

458/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

49865711D

495/18

DENEGAR > DE 6 AÑOS

CC

37339525Z

662/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

X9651407D

664/18

EL CURSO NO ES POR LA MAÑANA Y POR LA TARDE

MANUT

43473684G

674/18

BECA INCOMPATIBLE

TR

43166329K

674/18

BAJA DEL CURSO

TR

49415475K

741/18

BECA INCOMPATIBLE

TR

28765568C

869/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

41536707H

937/18

NO INSCRITO CON ESTA CONDICION EN LA OFICINA DE OCUPACION

DIS

X3837865Q

937/18

NO INSCRITO CON ESTA CONDICION EN LA OFICINA DE OCUPACION

DIS

78208763T

1007/18

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

54626539K

1025/18

BECA INCOMPATIBLE

TR

43038025B

114/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

X7066759D

162/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y5538344G

168/19-169/19-170/19-171/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41542926G

523/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

X4534848F

660/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

43035059N

710/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43198471J

715/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

X3006869X

715/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43079641C

715/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41512937F

722/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41611981J

722/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43090164D

725/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

34065570V

742/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

37377299E

777/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

30657891H

777/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

53534345M

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

41507575G

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

X6677231D

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

X6583847M

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

41514621N

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

41500390H

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

41512419H

784/19-786/19

SIN DIAS PRESENCIALES

TR

41514621N

787/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41747480L

790/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41751479Q

856/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

41571359D

859/19-860/19-861/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41518607L

488/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

49779805F

488/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

49779805F

488/19

EL CURSO NO ES POR LA MAÑANA Y POR LA TARDE

MANUT

43207403V

1007/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y5975248T

1014/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41661999Y

1014/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43054037S

1048/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y7505519N

1068/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

78212498D

1079/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

41508886G

1092/19-1094/19-1095/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

20549118K

1100/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

43100045T

1100/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

43113870W

1100/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

X0646325W

1155/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

18222108J

1246/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

78208763T

1246/19

SUPERAR EL 75 % DEL IPREM

CC

28627855P

1361/19-1362/19-1363/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

41460561W

1364/19

BECA INCOMPATIBLE

TR