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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 33923
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 24 de enero de 2022, relativo a la aclaración respecto a las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo (exp. 3155-2019-000054)

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Texto

El Consejo Ejecutivo, en la sesión de carácter ordinario de 2 de agosto de 2021, acordó la actualización de las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo que se desarrollen en el territorio de la isla de Menorca.

En la actualización de tarifas no se especificó que el valor del salto incluye el retorno y que el valor de la bajada de bandera diurna y nocturna o festiva corresponde a la suma del valor del suplemento de inicio del servicio más el importe del primer kilómetro de ida y de vuelta. Y que a partir del primer kilómetro recorrido se tienen que aplicar las tarifas de acuerdo con los parámetros establecidos.

La Orden ICT/155/2020 de 7 de febrero (BOE 47 de 24-2-2020) que regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, establece que el programador de tarifas asume, mediante declaración responsable, la obligación de facilitar la identificación del programa de tarifas oficialmente aprobadas por la administración pública competente en materia de tarifas del servicio de taxi.

Se ha detectado que algunos fabricantes e instaladores de taxímetros no hacen las actualizaciones correspondientes de las tarifas en los taxímetros porque falta especificar los aspectos mencionados antes y no quieren asumir la responsabilidad.

Por tanto, visto el informe técnico que consta en el expediente;

Como titular del Departamento de Movilidad, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto de Presidencia núm. 425/2019 de 10 de julio (BOIB núm. 95 ext. de 11 de julio de 2019) en relación con los Decretos de Presidencia núm. 421/2019 y núm. 422/2019 de 9 de julio (BOIB núm. 93 ext. de 10 de julio de 2019);

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Movilidad,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los siete miembros presentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señor Pastrana Huguet, señora Gomila Carretero, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luis y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta el acuerdo siguiente:

Acordar que en la actualización de las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo que se desarrollen en el territorio de la isla de Menorca, aprobada por el Consejo Ejecutivo en la sesión de carácter ordinario de 2 de agosto de 2021, se especifique que el valor del salto incluye el retorno y que el valor de la bajada de bandera diurna y nocturna o festiva corresponde a la suma del valor del suplemento de inicio del servicio más el importe del primer kilómetro de ida y de vuelta. Y que a partir del primer kilómetro recorrido se tienen que aplicar las tarifas de acuerdo con los parámetros establecidos.

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

Maó, 25 de enero de 2022

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-07-2019)