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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 33882
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 29 de noviembre de 2021, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas de apoyo a situaciones de vulnerabilidad social y económica sobrevenidas del Consejo Insular de Menorca de 2021 (Exp. 1856-2021-000001)
BDNS 607134
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/607134):
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas en situación de vulnerabilidad económica que no dispongan de recursos económicos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas y que dispongan de resolución firme denegatoria de las prestaciones del ingreso mínimo vital (IMV) y la renta social garantizada (RSG), que cumplan con el resto de condiciones de las bases de la convocatoria y que acrediten los siguientes requisitos:
Podrán ser personas destinatarias de la ayuda:
- Como titulares, las personas que solicitan y perciben la ayuda.
- Como beneficiarias, el resto de personas que forman parte de la unidad de convivencia de la persona titular.
En relación con los requisitos, la persona titular y las personas beneficiarias, si procede, deben:
Segundo. Objeto
El objeto de la convocatoria es el apoyo a la cobertura de las necesidades sociales básicas de aquellas personas y familias que dejaron de percibir la renta mínima de inserción, dada su derogación, o que hubieran podido acceder en caso de que la prestación se hubiera mantenido. Asimismo, tampoco pudieron percibir, por resolución denegatoria, otras prestaciones del sistema por no encajar en los requisitos establecidos.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo de 29.11.2021
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 343.033,44 € (trescientos cuarenta y tres mil treinta y tres euros con cuarenta y cuatro céntimos).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Sexto. Otros datos.
Ni el titular de la solicitud, ni los miembros del núcleo familiar podrán ser beneficiarios de la ayuda a ningún otro núcleo familiar. En el supuesto de custodias compartidas, los menores en este régimen pueden ser beneficiarios en los dos núcleos de los progenitores, atribuyéndose a cada núcleo un 50% del incremento por miembro adicional correspondiente.
El importe máximo que puede concederse por unidad de convivencia será de 4.699,65 euros.
Maó, 24 de enero de 2022
Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)