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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 26334
Extracto de la convocatoria de subvenciones Gaudeix l’illa Sènior II

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 606675

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net:

Primero. Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es el fomento del sector turístico de Mallorca, mediante la concesión de ayudas a entidades que gestionan plazas de establecimientos de alojamiento turístico hotelero para que puedan adelantar la temporada turística y abrir antes los establecimientos.  

La finalidad de la convocatoria es reactivar la economía de Mallorca ante la crisis económica y social ocasionada por la Covid-19.

Las bases reguladoras de esta convocatoria son las que establece la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.

Segundo. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier tipo de unidad económica que, a pesar de no tener personalidad jurídica, gestionan alojamientos turísticos hoteleros. Requisitos:

  • Estar de alta de actividades económicas y estar de alta en la Seguridad Social. Se acredita con la presentación del certificado de situación en el censo de actividades económicas del AEAT (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) del año en curso.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social, con el Consejo Insular de Mallorca y entes dependientes, y con la Fundació Mallorca Turisme.
  • No haber sido sancionado por incumplir la normativa en materia de contención de la Covid-19.
  • No haber despedido a ningún trabajador ni trabajadora afectados por<A[por|para]> los expedientes de regulación temporal del empleo<A[empleo|ocupación]> (en ERTE).
  • Tener como objeto social o actividad principal dedicarse a la gestión de plazas turísticas como propietario del establecimiento o como empresa encargada de la gestión de un establecimiento turístico.
  • Pueden tener domicilio fiscal fuera de Mallorca, pero el establecimiento turístico que ofrece tiene que estar abierto en Mallorca.
  • Aceptar la estancia en el establecimiento a una tarifa de 250 € por habitación, IVA incluido, con 2 noches/3 días, con entrada el martes por la mañana y salida el jueves mediodía, con media pensión, para<A[para|por]> los dos ocupantes. De esta cuantía, 200 € IVA incluido, es subvencionada por <A[para|por]>la Fundació Mallorca Turisme al establecimiento. Los ganadores de los bonos tienen que abonar el impuesto sobre estancias turísticas de las Islas Baleares, 50 € (IVA incluido) en concepto de la confirmación de la reserva y el consumo no incluido de la media pensión.
  • Los días para disfrutar el bono son entre semana. Las actividades de las personas mayores en el establecimiento se desarrollan el martes, miércoles y jueves, a partir del 15 de marzo hasta el 7 de abril de 2022. El hotel tiene que ofrecer 70 habitaciones las tres semanas y 71 habitaciones la cuarta semana.   

Tercero. Requisitos de los establecimientos turísticos

  • Establecimiento turístico abierto en Mallorca.
  • Tener las instalaciones del establecimiento abiertas, si la normativa sanitaria en materia de protección de la Covid-19 lo permite.
  • La habitación que se tiene que ofrecer con el bono <A[bueno|bono]>es el estándar (no hay problema si por falta de habitaciones estándar se ofrece una habitación de categoría superior).
  • El establecimiento, y las actividades que dice que ofrece a los clientes, tienen que estar abiertos desde el 15 de marzo de 2022, incluido.
  • El establecimiento tiene que disponer de espacios para hacer actividades deportivas o actividades de ocio.
  • Las habitaciones del establecimiento que se ofrecen a los ganadores de los bonos tienen que ser para<A[para|por]> dos personas. Si el ganador del bono <A[bueno|bono]>quiere una habitación mayor para ir con más personas el coste será a cargo del titular del bono. <A[bueno|bono]>
  • No pueden tener convenio firmado con una administración para acoger posibles contagios de Covid-19.
  • El establecimiento debe tener 71 habitaciones o más.
  • Con una categoría de hotel igual o superior a 3 estrellas (a efectos de esta convocatoria se entiende que también 3 llaves<A[claves|clavos|llaves]> o superior por apartamentos turísticos).
  • La estancia en la habitación objeto de esta subvención incluye la media pensión (desayuno y cena, no se incluyen bebidas, ni extras).
  • Establecimiento turístico inscrito en la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con licencia de actividades vigente.
  • Tiene que disponer de seguro de responsabilidad civil por<A[por|para]> daños que puedan sufrir los alojados en el establecimiento.

Cuarto. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB núm. 96, de 4 de agosto). 

Quinto. Cuantía de la convocatoria

El presupuesto de gastos de la Fundació Mallorca Turisme para el año 2022 destina a esta convocatoria la cantidad de 450.000 €.  

De esta cuantía corresponde al Gobierno de las Islas Baleares la cuantía de 225.000 € (50%) y al Consejo Insular de Mallorca la cuantía de 225.000 € (50%).

La cuantía exacta de la subvención que corresponde al beneficiario se determina en la resolución de concesión, una vez recibidas las solicitudes de los beneficiarios de la subvención y el sorteo de las estancias. Si no hay cambios, renuncias o falta de solicitudes le corresponde cincuenta y seis mil doscientos cincuenta euros (56.250 €) a cada beneficiario de las líneas 1 y 4, y cincuenta y seis mil cuatrocientos euros (56.400 €).

Sexto. Líneas de la subvención e importe subvencionable

Se ha distribuido el importe de la subvención por zonas para distribuir el impacto económico. El establecimiento pertenece a una línea en función de la localización del establecimiento en las comarcas antes mencionadas. En la solicitud se tiene que indicar la línea.

Línea 1. Palma

Línea 2. Serra de Tramuntana y Raiguer

Línea 3. <A[Viento del sur|Mediodía]> Migjorn

Línea 4. Pla<A[Plan|Plano]> de Mallorca y Llevant

Importe subvencionable: el crédito de la convocatoria se distribuye en 2.250 bonos, que se reparten de la siguiente manera:

- Línea 1: 562 bonos (112.400 €). Cada bono equivale a 200 € (IVA incluido). Máximo dos establecimientos por línea (281 bonos por establecimiento, que equivale a 56.200 € por establecimiento).

- Línea 2: 563 bonos (112.600 €). Cada bono equivale a 200 € (IVA incluido). Máximo dos establecimientos por línea (282 bonos por establecimiento, que equivale a 56.400 € por establecimiento).

- Línea 3: 563 bonos (112.600 €). Cada bono equivale a 200 € (IVA incluido). Máximo dos establecimientos por línea (282 bonos por establecimiento, que equivale a 56.400 € por establecimiento).

- Línea 4: 562 bonos (112.400 €). Cada bono equivale a 200 € (IVA incluido). Máximo dos establecimientos por línea (281 bonos por establecimiento, que equivale a 56.200 € por establecimiento).

Séptimo. Concurrencia

El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva según los criterios de valoración previstos en el punto 10 de la convocatoria. Para desempatar tiene preferencia el establecimiento de mayor categoría y en caso de ser de la misma categoría, la solicitud presentada antes en el registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme, una vez completo el expediente.

Octavo. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud, documentación y anexos es de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.  

 

Noveno. Lugar<A[Lugar|Sitio]> de presentación

Las personas interesadas tienen que formalizar la solicitud a través del Registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme: https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0

Este trámite sólo se puede hacer en línea, se tiene que cumplimentar la solicitud del catálogo de trámites «Convocatoria Gaudeix l'illa Sènior II». Es obligatorio presentar la solicitud en línea utilizando el trámite creado para ello. No es válida ninguna otra forma de presentación.   

La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.

Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa y técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.

Décimo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 15 de la convocatoria. En todo caso, el plazo acaba el 15 de mayo de 2022.  

Undécimo. Otros datos

Las personas que tienen que disfrutar de la estancia son escogidas mediante sorteo ante<A[ante|delante de]> notario entre personas mayores de 65 años, o jubiladas y residentes en Mallorca.

Duodécimo. Consultas relacionadas con la convocatoria

Las personas interesadas con dudas relacionadas con la convocatoria pueden obtener información en la web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net y mediante consultas al correo electrónico gaudeix@fundaciomallorcaturisme.com

 

Palma, 19 de enero de 2022

El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá