Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
PARLAMENTO DE LAS ILLES BALEARS
OFICINA DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DE LES ILLES BALEARS
Núm. 25908
Resolución de fecha 18 de enero de 2022 por la que se atribuyen funciones a la Inspectora Jefa del Equipo de Inspección
Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB núm 4, de 6 de enero de 2022) se declara el cese del director de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears —a partir de ahora “la Oficina”— con efectos desde el día 1 de enero de 2022.
2. Desde el pasado día 1 de enero la Jefa del Área de Investigación e inspección, ejerce las funciones de Directora Adjunta de la Oficina, al estar vacante el cargo de Director, de acuerdo con la designación efectuada mediante Resolución de 15 de diciembre de 2021 (BOIB núm 175, de 23 de diciembre de 2022)
Fundamentos de derecho
1. De acuerdo con el artículo 48 del Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interior de la Oficina aprobado por la Comisión de Asuntos Institucionales y Generales del Parlamento de les Illes Balears en sesión ordinaria de 21-11-2018 (BOIB núm. 158, de 13 de diciembre de 2018), las propuestas de los informes razonados que se elevan al Director de la Oficina y a las cuales hace referencia el artículo 16.1 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre se redactarán conjuntamente por el jefe o la jefa del área de Investigación e Inspección.
2. Por otra parte, el artículo 12.2 del mencionado reglamento asigna las siguientes funciones a la Jefa de Investigación e Inspección:
g) Realizar las determinaciones previas de verosimilitud derivadas de las denuncias y comunicaciones recibidas en la Oficina.
h) Proponer al director o a la directora de la Oficina la apertura, el archivo y la conclusión de los expedientes de investigación.
3. Considerando que actualmente la Jefa del Área de Investigación e Inspección ejerce a su vez las funciones de Directora Adjunta como consecuencia de la vacante producida del cargo de Director y por ello debe resolver todas las propuestas y resoluciones, por motivos de incompatibilidad no puede además instruir los procedimientos de investigación para preservar la imparcialidad de aquéllas.
En consecuencia, es procedente asignar a la Jefa del Equipo de Inspección las funciones indicadas en los apartados anteriores.
4. De acuerdo con la Disposición Adicional Primera del Reglamento de la Oficina, la cobertura de los puestos de trabajo se producirá progresivamente y en la medida en que se disponga de dotación presupuestaria, por lo que hasta que se complete la cobertura de todas las vacantes previstas en la relación de puestos de trabajo de la Oficina, el director o la directora de la Oficina distribuirá las funciones que le son propias y que este reglamento atribuye a las diferentes áreas, entre el personal que preste servicios, con independencia del cargo que ocupen, siempre que sean adecuadas al cuerpo, escala, grupo o subgrupo al que se encuentre adscrito.
Por todo ello, en virtud del artículo 6.1.l) del Reglamento dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Atribuir a la Sra. Eva Ortín Pina, Inspectora Jefa del Equipo de Inspección de la Oficina, las funciones correspondientes a la Jefa del Área de Investigación e Inspección previstas en las letras g) i h) del artículo 12.2 y el artículo 48 del Reglamento, durante los períodos que el cargo de Director de la Oficina esté vacante.
2. Esta Resolución producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (18 de enero de 2022)
Documento firmado electrónicamente (Real Decreto 203/2021, artículo 22) por Mª Belén Méndez Alonso La jefa del Área de investigación e Inspección, en funciones de directora adjunto (BOIB núm. 175 de 23-12-21)