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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 23606
Aprobación definitiva de la ficha del catálogo del puesto de trabajo de fisioterapeuta (Exp. 0602-2021-000003)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Publicado en el BOIB núm. 160, de 20-11-2021 y en el tablón de Edictos de la Corporación de día 20-11-2021 a día 14-12-2021, el anuncio relativo al acuerdo adoptado por el Pleno del Consell Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 15 de noviembre de 2021, por el que se aprueba inicialmente la ficha del catálogo de puestos de trabajo de fisioterapeuta, sin que dentro del plazo legal de exposición al público se haya presentado ninguna reclamación ni sugerencia al respecto. En consecuencia, la mencionada modificación de la ficha se considera definitivamente aprobada y se publica a continuación, como anexo.

Lo que se comunica para general conocimiento y a los efectos oportunos, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fina a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

- En el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears, recurso potestativo de reposición ante el Pleno. Este recurso se entenderá desestimado si no se hubiera notificado la resolución después de haber transcurrido un mes des de su interposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

- En el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma siempre que no se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, dado que en este caso debería esperarse a que se dicte la resolución.

Todo esto sin perjuicio que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

Todo lo anterior se ajusta a la Ley 29/1998, de 013 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa y a la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Finalmente, cabe indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, excepto que la autoridad competente lo acuerde expresamente.

 

Maó,  14 de enero de 2022

Por delegación de la presidenta, La secretaria

Rosa Salord Oleo

(Decreto 427/2019, de11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)

 

ANEXO

Ficha de catalogación del puesto de trabajo de fisioterapeuta

 

IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO Y NATURALEZA DEL PUESTO

Denominación del puesto

Fisioterapeuta

Código

 

Clase de personal

Funcionario

Grupo de clasificación

A

Subgrupo

A2

Titulación requerida

Grado en fisioterapia o equiparable

Escala

Administración especial

Subescala

Técnica

Clase

 

Categoría

 

Nivel complemento destinación

18

Puntos complemento específico

 

Tipología del puesto

Base

Destinación

Maó

Características especiales

 

Otros requisitos

 

Nombre de puesto homogéneos

2

ENCUADRO ORGÁNICO

Ámbito funcional 1

Consell Insular de Menorca

Ámbito funcional 2

Servicios sociales

Ámbito funcional 3

 

Relación de dependencia

Director centro

PROVISIÓN DEL PUESTO – PLAZAS DE PLANTILLA QUE EL PUEDEN OCUPAR

Escala

Administración especial

Subescala

Técnica

Clase

 

Categoría

 

Forma de provisión

Concurso

MISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO

Asesorar, organizar e implementar programas y métodos de rehabilitación por el mantenimiento o mejora de la salud mediante el uso de diversas técnicas y terapias.

FUNCIONES GENÉRICAS

1. Programar y ejecutar los tratamientos y ejercicios de rehabilitación motriz y fisioterapia de los usuarios.

2. Revisar y evaluar periódicamente el estado funcional de las personas usuarias, de los objetivos establecidos y de los tratamientos aplicados.

3. Inspeccionar y comprobar periódicamente la adecuación y el buen funcionamiento de la dotación mobiliaria de ayudas técnicas y de los aparatos utilizados en la prestación de sus servicios.

4. Elaborar planes de intervención individuales de fisioterapia.

5. Valorar necesidades individuales en cuando a ayudas técnicas: sillas de ruedas, grúas...

6. Formar equipos sobre buenas prácticas de movilización, transferencias, pautas de cambios posturales.

7. Velar por la seguridad y salud en el su puesto de trabajo, utilizando adecuadamente los equipos relacionados con su actividad, de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

8. En cuanto al tratamiento de los datos de carácter personal, adoptar las mesuras técnicas y organizativas necesarias para dar cumplimento a la normativa vigente en la materia, así como mantener el deber de secreto y confidencialidad (que es mantendrán una vez acabada la su vinculación con la corporación).

 

​​​​​​​VALORACIÓN C. ESPECÍFICA

PUESTO

FACTOR

 

Fisioterapeuta

A

B

C

D

E

F

G

H

I

J

K

L

TOTAL

175

40

115

 

175

65

65

50

 

 

 

 

685

2

4

1

 

2

3

3

5