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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 22758
Aprobación de las bases para regir el procedimiento de provisión de un puesto de trabajo de policía operativo de la unidad nocturna y la constitución de una bolsa de aspirantes para cubrir temporalmente carencias de este tipo de efectivos del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

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Texto

Las siguientes bases, fueron aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno en sesión ordinaria de dia 22/12/2021:

BASES PARA REGIR EL PROCEDIMIENTO DE PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE POLICÍA OPERATIVO DE LA UNIDAD NOCTURNA Y LA CONSTITUCIÓN DEUNA BOLSA DEASPIRANTES PARA CUBRIR TEMPORALMENTE CARENCIAS DEESTE TIPO DEEFECTIVOS

1. Objeto de la convocatoria

El objeto de estas bases es regular el procedimiento de provisión, con personal funcionario de carrera de la categoría de policía local del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, de un (1) puesto de trabajo vacante y dotado presupuestariamente de policía operativo nocturno, así como la constitución de una bolsa de trabajo para que, por parte de aquellos aspirantes que no hayan obtenido el puestodefinitivamente, por orden de prelación, puedan ocupar temporalmente puestos de trabajo de policía operativo nocturno, en caso de acontecer necesidades de los servicios.

El sistema de provisión será por medio del concurso de méritos deconformidad con loque establece el artículo 190 y el anexo 4 del vigente RDL 40/2019, de 24 de mayo, por medio del quese aprobó el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las IllesBalears (BOIB nº 70 de 25 de mayo de 2019), teniendo en cuenta la modificación operada por medio de la DF1ª6 del D. ley 6/2021, de 9 de julio, en relación al baremo de méritos a puntuar en las provisiones de puestos de trabajo.

El complemento específico asignado a los puestos de trabajo de policía operativo nocturno es de 1.321.08 euros por 14 pagas/año, y el complemento de destino (nivel) el 14.

2. Requisitos de participación

Las condiciones de participación tienen que estar referidas a la fecha en que acaba el plazo para presentar solicitudes y se debenmantener durante todo el procedimiento del concurso.

Para poder tomar parte en esta convocatoria, se tienen que cumplir los siguientes requisitos:

i) Ser personal funcionario de carrera del cuerpo de la Policía Local del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, categoría de policía local (subgrupo C1), independientementede su situación administrativa (excepto en los casos en que hayan sido declarados en suspensión firme o bien en segunda actividad).

ii) Tenerun mínimo de permanencia de dos años con carácter definitivo en el puesto de trabajo de procedencia. Se exceptúan de este requisito las personas que se encuentran en situación de adscripción provisional.

iii) Disponer de los conocimientos de lengua catalana del nivel B2 (nivel mínimo exigible) deconformidad con la Ley 40/2016, de 6 de abril de medidas de capacitación lingüística del uso del catalán en elámbito de la función pública.

El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés particular puede participar en esta convocatoria si lleva más de dos años en esta situación, y tiene que consignar expresamente en su solicitud de participación que quiere reingresar al servicio activo.

Las personas que están en situación de excedencia voluntaria especial, igual que, en general, el personal funcionario que está en alguna situación que implica el derecho a la reserva de puesto de trabajo de acuerdo con el artículo 23.2 del Real decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el quese aprueba el Reglamento de situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, puede participar en esta convocatoria, y tiene que permanecer en la situación que corresponda, con reserva del puestoobtenido.

De conformidad con lo que preceptúa el art. 81, apartado 3º, de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (LFPCAIB), el personal funcionario titular de un puesto de trabajo solo puede participar en esta convocatoria si se han cumplido como mínimo dos años desde que tomaron posesión, o el tiempo mínimo de permanencia indicado en la convocatoria mediante la que se le adjudicó con carácter definitivo, en el supuesto de que este periodo de tiempo mínimo sea más largo, ya sea por haber obtenido destino definitivo en un proceso selectivo de ingreso, por el turno libre o por el turno de promoción interna, o bien por medio de la adjudicación de un puesto de trabajo mediante el sistema de provisión ordinario anterior, con las excepciones del art. 81.4 de la LFPCAIB.

Así mismo, y de acuerdo con lo que establece el art. 81.3 de la LFPCAIB, al personal que accede a otro cuerpo o a otra escala por promoción interna o por integración y permanece en el puesto de trabajo que ocupaba como titular se le debe computar también el tiempo de servicios prestados en este puesto en el cuerpo o la escala de procedencia. Así mismo, al personal que ha sido objeto de un cambio de adscripción de su puesto de trabajo en la forma que prevé el art. 91 de la Ley 3/2007, se le tiene que computar el tiempo de ocupación del puesto antes del cambio de adscripción, desde que se obtuvo la titularidad por un sistema reglamentario de provisión ordinaria.

3. Funciones a desarrollar

Las propias de los efectivos de la categoría de policía local que prestan servicio activo enla unidad operativa nocturna.

4. Publicación de la convocatoria, presentación de solicitudes de participación y régimen de protección de datos personales

Una vez aprobadas las presentes bases por el órgano competente, se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y, dado que el procedimiento de provisión está abierto a personal empleado municipal, las solicitudes se deben presentar electrónicamente, cuyo trámite se puede hacer en la siguiente dirección: http://www.ajciutadella.org/gesserveis/gserveis.aspx o bien en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de quince (15) días hábiles, contadores a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB.

Los restantes y sucesivos anuncios del desarrollo del proceso de provisión y constitución de la bolsa se harán públicos únicamente en el tablón de edictos, ofertas de trabajo, de la sede electrónica del Ajuntament de Ciutadella de Menorca: http://www.ajciutadella.org/tauler/edictes.aspx?tipo=01&HISTORIC=1.

En caso de usar la oficina de Correos o el registro de cualquier otro órgano administrativo que no sea eldel Ajuntament de Ciutadella de Menorca, habrá que remitir una copia de la instancia presentada a la dirección decorreo electrónico siguiente: oac@ajciutadella.org y dirigido al Registro General de entrada del Ajuntament de Ciutadella de Menorca dentro del plazo de presentación de solicitudes.

La no presentación de solicitudes en tiempo y forma determina la no admisión de las personas aspirantes al proceso de provisión y constitución de una bolsa.

Las persones aspirantes debenadjuntar* a la solicitud, correctamente rellenada, original o fotocopia compulsada de la documentación que se indica a continuación:

i) A efectos de requisitos, certificado acreditativo de estar en posesión del nivel B2 (nivel avanzado) del conocimiento de la lengua catalana o equivalente, o bien un certificado de nivel superior, emitido por órgano competente.

ii) Los méritos que se aleguen deconformidad con loque establece el anexo 4 del vigente RDL 40/2019, de 24 de mayo, por medio del quese aprobó el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las IllesBalears (BOIB n.º 70 de 25 de mayo de 2019), teniendo en cuenta la modificación operada por medio de la DF1ª.6 del D. Ley 6/2021, de 9 de julio.

iii) Con la la formalización y la presentación de la solicitud, el aspirante da su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal, que son necesarios para tomar parte enla convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, para lo que deberellenar el modelo de solicitud (anexo I).

La experiencia profesional en el Ajuntament de Ciutadella de Menorca, a efectos de méritos, será aportada de oficio por el mismo ayuntamiento.

Los méritos que se aleguen por parte de las personas candidatas se deben acreditar de conformidad con lo que prevé el punto 8º del Anexo 4 del Reglamento marco de coordinación de policías locales de las Illes Balears, es decir, se tienen que acreditar mediante la presentación del original o de la copia compulsada de la documentación siguiente*:

a) Servicios prestados y antigüedad: certificado expedido por los ayuntamientos o las administraciones públicas correspondientes.

b) Estudios académicos oficiales: copia compulsada correctamente del título o del resguardo acreditativo (anverso y reverso). En caso de presentación de títulos de estudios cursados en elextranjero, se debeacreditar la homologación concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

c) Conocimiento de lengua catalana: certificados expedidos por la EscolaBalear d'Administració Pública (EBAP), expedidos u homologados por el órgano competente de la Conselleria de Cultura, Participació iEsportso reconocidos de acuerdo con la normativa autonómica vigente.

d) Conocimiento de otras lenguas: certificados expedidos por la EscolaBalear d'Administració Pública, por las escuelas oficiales de idiomas (EOI), por las universidades, por otras escuelas de administración pública y otras entidades, equivalentes con los niveles delMarcoComún Europeo.

e) Cursos de formación: certificados de aprovechamiento, certificados de asistencia y certificados de impartición de cursos de acciones formativas expedidos por las escuelas de formación de las policías locales, por la EscolaBalear d'Administració Pública u homologados o concertados por la EBAP, por universidades del ámbito de la Unión Europea, por centros de formación acreditados en otras administraciones públicas del Estado español o centros que imparten formación dentro del marco del acuerdo de formación para la ocupación de las administraciones públicas (AFEDAP) o plan similar.

f) Reconocimientos honoríficos: certificados expedidos por la conselleria competente en materia de coordinación de las policías locales o el ayuntamiento correspondiente.

(*) No obstante, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren en poder del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, y la persona interesada deberádeclararlo enla solicitud de participación, indicando el número y la fecha del registro de entrada con el quelo aportó, con el finde localizarla. En caso de que, con la información aportada, la documentación no se pudiera localizar, el Ajuntament se lo requeriríaa los efectos oportunos.

De conformidad a loque dispone la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa a las persones aspirantes que los datos personales contenidos enla solicitud de admisión, la documentación que lo acompañe o que se genere a resultas de esta convocatoria se incorporará a un fichero de datos de carácter personal del quees responsable el Ajuntament de Ciutadella de Menorca, y que tiene por finalidad, entre otras, la convocatoria, la tramitación, la calificación y la resolución de la misma.

En caso que sea necesario, algunos datos personales podrán ser publicados en el BOIB, el tablón de edictos del Ajuntament y el portal web de esta institución (http://www.ajciutadella.org/), de acuerdo con lo que disponen las bases de la presente convocatoria y la Ley 39/2015.

Se hace constar que, en el supuesto de que la persona interesada haya puesto en conocimiento del Ajuntament datos de salud, autoriza expresamente su tratamiento para el cumplimiento de las finalidades anteriormente expuestas.

El órgano administrativo ante el quelas personas interesadas pueden, si corresponde, ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y el resto de derechos reconocidos enla Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y restante normativa de aplicación, es la Oficina d'Atenció al Ciutadà(OAC) del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, situada en la plaza des Born del mismo municipio.

Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que se hagan constar en su solicitud. La dirección y el teléfono que figuren en la misma se considerarán válidos, y seránresponsabilidad exclusiva de los candidatos tanto los errores descriptivos como la no comunicación durante el proceso de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

5. Admisión de las personas aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldia o concejalía delegada en materia de personal procederá a aprobar la lista provisional de personas admitidas y excluidas, y la publicará en eltablón de edictos de la sede electrónica municipal, pudiendo, las personas excluidas, dentro del plazo de 5 días hábiles, presentar escritos para enmiendas o reclamaciones.

Una vez resueltas las enmiendas o reclamaciones que se presenten, se dictará resolución para declararaprobada la lista definitiva correspondiente, y se publicaráen el tablón de edictos electrónico municipal.

No obstante, si no se presentan reclamaciones a la lista provisional, se entenderá que esta es definitiva pasados 5 días hábiles desde su publicación.

6. Comisión Técnica de Valoración

La Comisión Técnica de Valoración es el órgano colegiado encargado de valorar los méritos a considerar deconformidad con el baremo de méritos previsto en elanexo 4 del vigente RDL 40/2019, de 24 de mayo, por medio del que se aprobó el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las IllesBalears (BOIB nº 70 de 25 de mayo de 2019), teniendo en cuenta la modificación operada por medio de la DF1ª.6 del D. Ley 6/2021, de 9 de julio.

La Comisión Técnica de Valoración estará formada por tres miembros con voz y voto: un presidente y dos vocales, uno de los cuales realizará las funciones de secretario. Enla sesión de la constitución de la Comisión se decidirá quién hará las funciones de secretario entre los dos miembros vocales. Todos los miembros de dicha comisión tienen que pertenecer a un subgrupo de titulación igual o superior al de los miembros designados a propuesta del órgano convocante.

La Comisión Técnica de Valoración tendrá carácter técnico, será colegiada y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, así mismo, a la paridad entre la mujer y el hombre, deconformidad con el art. 53 de la Ley orgánica 3/2007, de 27 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Así mismo, se deberácumplir loque preceptúa el art. 60 TRLEBEP en cuanto a los órganos de selección, con lo queno podránformar parte de esta el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos ni el personal eventual.

La Comisión Técnica de Valoración podrá solicitar a la autoridad competente o al órgano convocante que designe asesores para queactúen con voz y sin voto, en calidad de expertos, para ayudar a la Comisión.

La concreta composición de la Comisión Técnica de Valoración se llevará a cabo mediante la resolución que apruebe la lista provisional de personas admitidas y excluidas, quese hará pública en eltablón de edictos electrónico de la sede electrónica del ayuntamiento.

Se invitará a asistir a las sesiones de la Comisión Técnica de Valoración a un representante de las organizaciones sindicales que hayan obtenido más del 10% de representantes del personal funcionario en elAjuntament de Ciutadella de Menorca, a los efectos que -si lo desean- puedan realizar funciones de vigilancia y control del procedimiento.

La abstención y la recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se realizará deconformidad con loque estáprevisto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

La Comisión Técnica de Valoración no puede constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, sin presidente o presidenta ni secretario o secretaria. Las decisiones se debenadoptar por mayoría.

Las funciones básicas de la Comisión Técnica de Valoración serán las siguientes:

a) Valorar los méritos alegados por los concursantes en los puestosobjeto de abastecimiento de acuerdo con lo que dispone la convocatoria correspondiente.

b) Elaborar una lista en la que, por orden de puntuación, figuren todos los aspirantes presentados y las puntuaciones obtenidas para cada uno de ellos.

c) Hacer la propuesta correspondiente de nombramiento del candidato que haya obtenido la mayor puntuación para cada puesto de trabajo incluido enla convocatoria, así como la propuesta de constitución de la bolsa correspondiente, y elevarlo al órgano convocante para que lo apruebe.

7. Baremo de méritos

Los méritos a considerar son los previstos en elanexo 4 del vigente RDL 40/2019, de 24 de mayo, por medio del quese aprobó el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las IllesBalears (BOIB nº 70 de 25 de mayo de 2019), teniendo en cuenta la modificación operada por medio de la DF1ª.6 del D. Ley 6/2021, de 9 de julio.

La puntuación final vendrá dada por la suma de todos los méritos debidamente acreditados y valorados por la Comisión Técnica de Valoración de acuerdo con las bases de la convocatoria.

En caso de empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional.

8. Propuesta de la Comisión Técnica de Valoración

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y valorados los méritos de las personas aspirantes presentadas, la Comisión Técnica de Valoración debeformular una propuesta provisional de resolución de la convocatoria, en la que se debenindicar las puntuaciones obtenidas por cada persona aspiranteuna vez resueltos los empates, si los hubiera, las personas que se proponen para ocupar definitivamente el puesto de trabajo objetode provisión definitiva, y elorden de prelación de los restantes aspirantes puntuados que pasarán a constituir una bolsa de trabajo para ocupar temporalmente puestos de trabajo de policía operativo nocturno, en caso de necesidades de los servicios.

Esta propuesta de resolución se tiene que publicar en eltablón de anuncios de la sede electrónica municipal.

Las persones aspirantes interesadas dispondrán de 3 días hábiles para solicitar trámite de audiencia y/o formular las reclamaciones que estimen oportunas.

Si se formulan reclamaciones al respeto, la Comisión de Valoración las deberáresolver y adoptar una propuesta de resolución definitiva. De lo contrario, si no se formulan, en el plazo de los 3 días hábiles indicados, la lista provisional pasará a ser definitiva sin necesidad de nueva resolución y publicación. Esta se elevará al órgano competente para resolver.

Las propuestas que se emitan tendrán que ser objeto de publicidad activa en eltablón de edictos electrónico del Ajuntament, en el apartado de ofertas de trabajo.

9. Toma de posesión

Una vez efectuado el nombramiento correspondiente, la persona nombrada para ocupar el puesto de trabajo objetode provisión tendrá que tomar posesión del puestode trabajo en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de nombramiento.

No obstante, este plazo se podrá ampliar a solicitud razonada de la persona interesada, o por otras causas debidamente justificadas, como por ejemplo en caso de necesidades de otros servicios que puedanquedarafectados por ello, y hasta el plazo máximo de un mes.

10. Periodo de permanencia en el puesto de trabajo adjudicado definitivamente por concurso

Los aspirantes que hayan obtenido definitivamente un puesto de trabajo de policía operativo nocturno por concurso, deconformidad con loque disponenel art. 81 de la LFPCAIB, el art. 41.1 del RGI y el art. 20.1 de la LMRFP, deberánpermanecer un mínimo de dos años. Durante este periodo no pueden participar en convocatorias ordinarias de provisión de puestos de trabajo, a excepción de los supuestos previstos porley.

11. Incidencias y régimen de recursos

Las presentes bases y la convocatoria, así como los actos definitivos o de trámite cualificado, podrán ser impugnados deconformidad con loque proclama la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se puede interponer por parte de las personas interesadas recurso de reposición, en el plazo de un mes ante la Alcaldia, previo al contencioso-administrativo que -si procede- se podrá interponer en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca o, a su elección, el que corresponda aldomicilio del aspirante correspondiente; si este radica en comunidad autónoma diferente, a partir del día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el BOIB.

Por otra parte, en el transcursodel procedimiento de valoración, se faculta a la Comisión Técnica de Valoración para resolver las dudas e incidencias que se puedan presentar, así como para tomar los acuerdos necesarios y precisos por el buen orden del proceso selectivo, en todos aquellos asuntos que no se recojan enlas presentes bases, siempre con estrictaobservancia de la normativa vigente aplicable a la materia.

 

Ciutadella de Menorca, 12 de enero de 2022

La alcaldesa

Joana Gomila Lluch

 

ANEXO 1

SOLICITUD DE ADMISIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCESO DE PROVISIÓN DE UN (1) PUESTO DE TRABAJO DE POLICÍA OPERATIVO NOCTURNO Y CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS

SOLICITANTE

1rapellido: .................................................................. 2º apellido: ............................................... Nombre: ..................................................

Documento de identidad: ...................................... Fecha de nacimiento: ........................................ 

Teléfono 1: ............................................... Tel. 2: .......................................................... Nacionalidad: ........................................................

Dirección: ............................................................................................................................................................ Nº : .......................... Piso: .....................

Municipio: ...................................................... Provincia: ................................................................. Código postal: ................................... Otros (polígono, nombre de la casa, etc): .........................................................................................................

Dirección electrónica: ..........................................................................................................................

EXPONGO:

Que, vistas las bases de la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de policía local operativo de la unidad nocturna y para la constitución de una bolsa de trabajo, por el sistema de concurso; presentola siguiente

DECLARACIÓN JURADA

Declaro que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria y que son ciertos los datos que se consignan. Y además, declaro:

que con la solicitud de participación presentola siguiente DOCUMENTACIÓN*

(Marcquen con una X la documentación que presentan)

(   )  Original o copia compulsada del certificado oficial de lengua catalana de nivel B2 o superior.

(   ) Certificado de actualización de las pruebas físicas (art. 165 del Reglamento marco de coordinación) a efectos que sea valorado como mérito, deconformidad con loque establece la DF1ª.6 del D. Ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las IllesBalears.

(   ) Certificado acreditativo de los servicios previos prestados en la categoría de policía local (la acreditación de los servicios previos prestados al Ajuntament de Ciutadella de Menorca se aportará de oficio).

(   ) Otros méritos presentados a efectos que sean tenidos en cuenta por parte de la Comisión Técnica de Valoración en la baremación del procedimiento:

A continuación, relación de los méritos que considero que se debenpuntuar de acuerdo con la presente convocatoria y el anexo 4 del Reglamento marco de coordinación, con indicación del número de página del documento que se adjunta al quehace referencia y la puntuación que creo que resulta de la valoración de mis méritos según lodispuesto enlas bases (*):

Página

Anexo 4

Descripción

Puntos

 

Apartado 1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apartado 2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apartado 3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apartado 4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apartado 5

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apartado 6

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apartado 7

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(*) Todo aquel mérito que no se acredite documentalmente o que no tenga relación con la convocatoria no será tenido en cuenta.

No obstante, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren en poder del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, y la persona interesada debedeclararlos, relacionándolos enla solicitud de participación, indicando el número y la fecha del registro de entrada en que fueron aportados/procedimiento, a fin de localizarlo. En caso de que, con la información aportada, la documentación no se pudiera localizar, el Ajuntament se lo requeriríaa los efectos oportunos.

Toda la documentación referida a experiencia profesional y formación académica que se adjunta tiene que ir paginada e incluir esta referencia en la columna correspondiente en forma de índice.

AVISO LEGAL

Deconformidad con la Ley orgánica 3/2018, de 13 de marzo, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales, se lesinforma de losiguiente:

-Los datos de carácter personal que se obtengan de susolicitud serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este ayuntamiento.

-Los datos obtenidos con esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando suidentidad, para elaborar estadísticas internas.

-Tendránla posibilidad de acceder en cualquier momento a los datos facilitados y a solicitar, si procede, la rectificación, oposición, o cancelación dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de suidentidad, a este ayuntamiento.

OTROS DATOS/OBSERVACIONES que quierenque se tomen en consideración:

....................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... .........................................................................................................................................................

SOLICITO:

Ser admitido/admitida en el procedimiento de provisión.

Ciutadella de Menorca, a .............. de............................... de 20.......

(Firma)

 

 

EXCMO. AJUNTAMENT DE CIUTADELLA DE MENORCA