Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 22757
Acuerdo del Ple extraordinario de 25 de noviembre de 2021, punto 9, de rectificar el acuerdo de Ple de 17 de junio de 2021 de aprobar definitivamente la mutación demanial externa (interadministrativa) de la parcela municipal de Santa Rita a favor del Ministerio de Justicia para la construcción de los futuros juzgados en Ciutadella de Menorca (expediente 2018/013069)
El Ple del Ajuntament, en sesión extraordinaria del día 25-11-2021, en su punto 9 del orden del día, adoptó el siguiente acuerdo:
«PRIMERO. Rectificar el acuerdo del Ple de fecha del 17-06-2021 de aprobación de la mutación demanial externa (interadministrativa) del bien inmueble municipal (parcela s5 del Plan especial del sistema general de equipaciones del ámbito de Santa Rita), a favor de la Administración General del Estado, para su afectación a la ejecución del nuevo edificio administrativo y sede de los juzgados del partido judicial número 6 de las Illes Balears y la prestación del servicio público judicial y los servicios de apoyo a la función judicial del Ministerio de Justicia, en los términos solicitados por la Subdirección General de Obras y Patrimonio del Ministerio de Justicia en fecha del 29-10-2021, registro de entrada número O00000251s2100428692.
SEGUNDO. Aprobar definitivamente la mutación demanial externa (interadministrativa) del bien inmueble de titularidad municipal que se describe a continuación, parcela S5 del Plan especial del sistema general de equipaciones del ámbito de Santa Rita, para su afectación a la ejecución del nuevo edificio administrativo y sede de los juzgados del Partido Judicial número 6 de las Illes Balears (Ciutadella de Menorca) y la prestación del servicio público judicial y servicios de apoyo a la función judicial, del Ministerio de Justicia.
Esta mutación demanial del bien inmueble referido no producirá alteración en la titularidad del bien, que continuará siendo municipal, ni en la calificación de dominio público del bien ni en el destino previsto para el planeamiento urbanístico vigente, sino que simplemente supondrá su afectación al uso y al servicio público señalado del Ministerio de Justicia y la alteración de la titularidad del dominio público del bien referido al Ministerio de Justicia.
Descripción del bien inmueble:
A) Identificación: |
Ubicación: parcela situada en el norte del casco urbano del municipio, en la confluencia de la ronda norte (RC1) y la calle d'Orient. Referencia catastral: 07015A002002160000OJ Número de finca registral: 35964 del Registro de la Propiedad de Ciutadella de Menorca Propiedad: Ajuntament de Ciutadella de Menorca |
B) Características: |
Límites: parcela con acceso desde la calle d'Orient, de forma trapezoidal, limita al este con la calle d'Orient; en el norte con la vía Ronda y con parcela municipal. Superficie: 6.583,49 m² Naturaleza del bien: dominio público (uso público dotacional) Estado actual: la parcela se encuentra completamente urbanizada y tiene las características urbanísticas para ser considerada un solar. |
C) Régimen urbanístico: |
Clasificación: suelo urbano Calificación: sistema general de equipación pública Tipo de ordenación: aislada Ocupación máxima: 50% Edificabilidad: 0,8 m2st/m2s Altura máxima: 8 metros, planta baja y piso Separación mínima a los límites del solar: 5 metros Usos admitidos: únicamente los usos sanitario y asistencial, administrativo, docente y cultural. |
TERCERO. La aprobación definitiva de la mutación demanial del bien inmueble descrito en el punto segundo queda sujeta al cumplimiento de las condiciones generales siguientes:
Primera. Destino y afectación del bien inmueble objeto de la mutación demanial
1. El fin único y exclusivo por el que se dispone la mutación demanial de la parcela municipal S5 del Plan especial del sistema general de equipación del ámbito de Santa Rita a favor del Ministerio de Justicia es la ejecución del nuevo edificio administrativo y sede de los juzgados del partido judicial número 6 de las Illes Balears, y la prestación del servicio público judicial y de los servicios de apoyo a la función judicial.
2. El Ministerio de Justicia deberá acreditar al Ajuntament de Ciutadella de Menorca las actuaciones siguientes:
3. El terreno objeto de la presente mutación demanial tendrá que quedar afectado, por el Ministerio de Justicia, con carácter permanente al servicio público judicial y a sus servicios de apoyo a la función judicial por un periodo mínimo de 30 años, a contar desde la fecha del presente acuerdo.
En caso de no destinarse la parcela señalada al servicio público, esta revertirá inmediatamente en el Ajuntament de Ciutadella de Menorca.
Segunda. Puesta a disposición del bien inmueble
1. El Ajuntament de Ciutadella de Menorca se compromete a poner a disposición del Ministerio de Justicia la parcela S5 del ámbito del Sistema General de Equipación Pública de Santa Rita con las características urbanísticas y jurídicas actuales en las que se encuentra.
2. El terreno se cederá en el estado en que se encuentra en la actualidad, como cuerpo cierto, y no corresponde al Ajuntament la realización de ninguna obra de urbanización, de modificación de redes existentes, etc.
3. El Ajuntament de Ciutadella de Menorca no se hará cargo de ningún tributo, arbitrio, ni de otros gastos que pudieran afectar al solar mencionado ni al futuro edificio.
Tercera. Ejecución de obras y de instalaciones
1. El Ajuntament de Ciutadella de Menorca permite la ejecución de las obras necesarias para la ejecución del nuevo edificio judicial, con la previa obtención por el Ministerio de Justicia de la licencia de obras y actividades, de conformidad con el proyecto que sea redactado a tal efecto, y otras autorizaciones que sean preceptivas de otras administraciones sectoriales.
2. El Ajuntament de Ciutadella de Menorca se compromete a facilitar e impulsar los trámites administrativos necesarios para la obtención por el Ministerio de Justicia de estas licencias, los permisos y otras autorizaciones que sean de su competencia.
Cuarta. Financiación de la inversión prevista
El Ministerio de Justicia se hará cargo de la financiación económica de las obras de edificación y de puesta en funcionamiento del edificio administrativo y sede de los juzgados del partido judicial número 6 de las Illes Balears, así como de los gastos de redacción de proyecto y otros gastos que puedan surgir, sin intervenir el Ajuntament de Ciutadella de Menorca en financiación de ningún tipo ni por ningún concepto.
Quinta. Titularidad demanial del bien
El Ajuntament de Ciutadella de Menorca mantiene la titularidad del bien inmueble objeto de la presente mutación demanial, y se modifica la titularidad del dominio público de este bien, que pasa a ser del Ministerio de Justicia por un cambio de afectación del bien en la finalidad descrita en la cláusula "Destino y afectación del bien inmueble objeto de la mutación demanial” y por el tiempo que dure esta.
Sexta. Reversión de la titularidad demanial del bien
1. La titularidad demanial del bien inmueble objeto de mutación demanial revertirá automáticamente en el Ajuntament de Ciutadella de Menorca, con todas sus pertenencias, accesiones y construcciones, en correcto estado de conservación y sin coste para el Ajuntament, cuando concurran algunas de las circunstancias siguientes:
Séptima. Prohibición de cesión o enajenación
La parcela objeto de mutación demanial tiene la naturaleza de bien de dominio público, sin ser susceptible de tráfico jurídico privado ni de aprovechamiento lucrativo, por lo cual queda prohibida su cesión o enajenación.
Octava. Vigencia del acuerdo
La vigencia del presente acuerdo se encuentra vinculada al mantenimiento y a la afectación de la parcela S5 del Plan especial del sistema general de equipaciones del ámbito de Santa Rita al servicio público judicial y de apoyo a la función judicial, por el Ministerio de Justicia.
CUARTO. Notificar al Ministerio de Justicia y a la SG de Obras y Patrimonio el acuerdo de aprobación definitiva de la mutación demanial de la parcela S5 del Plan especial del sistema general de equipaciones del ámbito de Santa Rita, para su posterior remisión al Ministerio de Hacienda, con el fin de que proceda a la incorporación del dominio público de la finca señalada en el patrimonio del Estado y su posterior afectación al Ministerio de Justicia.
QUINTO. Notificar el presente acuerdo a la Conselleria d'Hisenda i Relacions Exteriors, Servei de Patrimoni, del Govern de les Illes Balears, al amparo del artículo 109.2 del Reglamento de bienes de las entidades locales.
SEXTO. Notificar el presente acuerdo al Registro de la Propiedad de Ciutadella de Menorca para su inscripción y al catastro inmobiliario para los efectos que procedan.
SÉPTIMO. Que se proceda a la inscripción del presente acuerdo en el epígrafe correspondiente del inventario municipal.
OCTAVO. Facultar a la Sra. Alcaldesa Presidenta de la corporación para subscribir todos aquellos documentos relacionados con el presente asunto.
NOVENO. Publicar en el BOIB el presente acuerdo.»
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Ciutadella de Menorca, 13 de enero de 2022
La alcaldesa Joana Gomila Lluch