Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 22444
Resolución de desistimiento de solicitud de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos de la restauración y sus cadenas de valor, empresas deportivas con espacios cerrados propios, academias de danza, yoga, empresas con dedicaciones principales de balneario (spa) y similares, empresas de distribución (ADED), feriantes y empresas organizadoras de acontecimientos, y agencias de viajes, cofinanciadas por el Gobierno de las Islas Baleares
En fecha 4 de enero de 2022, la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal del Consejo Insular de Ibiza ha dictado la Resolución número 2022000001.
«El Consejo Insular de Ibiza aprobó las bases de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos de la restauración y sus cadenas de valor, empresas deportivas con espacios cerrados propios, academias de danza, yoga, empresas con dedicaciones principales de balneario (spa) y similares, empresas de distribución (ADED), feriantes y empresas organizadoras de acontecimientos, y agencias de viajes, que fueron publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) n.º 141, de 14 de octubre de 2021, y el extracto de la convocatoria el día 19 de octubre de 2021, en el BOIB n.º 143. Estas bases fueron publicadas en la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS), con n.º referencia IGAE 590115.
La línea de subvenciones está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 (BOIB n.º 20 de fecha 15-02-20), con modificación publicada en el BOIB n.º 13, de fecha 30 de enero de 2021.
El objetivo principal que se pretendía lograr con esta convocatoria era conceder ayudas a las personas físicas y jurídicas con actividad en activo y establecimiento abierto (en el caso de que la actividad se realice en un establecimiento) en la isla de Ibiza, que se vieron afectados por las medidas de salud pública para contener la Covid-19, adoptadas por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 11 de enero de 2021 por el cual se establece el nivel 4 de alerta sanitaria en Ibiza.
Las ayudas pretenden compensar los perjuicios económicos provocados por las restricciones y proporcionar liquidez para garantizar la continuidad de la actividad económica de los sectores de la restauración y sus cadenas de valor, empresas deportivas con espacios cerrados propios, academias de danza, yoga, emprendidas con dedicaciones principales de balneario (spa) y similares, empresas de distribución (ADED), feriantes y empresas organizadoras de acontecimientos, y agencias de viajes.
El crédito previsto para esta convocatoria es de dos millones setenta mil euros (2.070.000,00 €), de los cuales el Gobierno Balear ha aportado un importe de 885.000 € y el Consejo Insular de Ibiza ha aportado el importe restante que son 1.185.000 €, en conformidad con el Convenio formalizado con la Comunidad Autónoma el día 1 de febrero de 2021 y modificado en fecha 28 de septiembre de 2021.
El Decreto de Presidencia n.º 2020000768, de modificación del Decreto de Presidencia n.º 2019000471, de fecha 10-7-2019, de estructura del gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de departamentos, y del Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB n.º 153, de 5 de septiembre de 2020), atribuye al Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal, “la actividad competencial propia del Consejo Insular de Ibiza en relación con la materia de artesanía; promoción de la moda; comercio y desarrollo empresarial; industria y vigilancia de marcas.”
El Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB n.º 98 EXT., de 17-7-2019; modificaciones al BOIB n.º 175, de 31-12-2019, BOIB n.º 101, de 4-6-2020 y al BOIB n.º 153, de 5 de septiembre de 2020), en su punto tercero, apartado e), atribuye al Consejo Ejecutivo la competencia para aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones de importe superior a quince mil euros (15.000,00 €), hecho por el cual corresponde a este órgano la aprobación de este convocatoria por importe de dos millones setenta mil euros (2.070.000,00 €).
No obstante lo anterior, en fecha 8 de octubre de 2021, en conformidad con la base 8 de la convocatoria, el Consejo Ejecutivo delegó en la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal la concesión y abono de las ayudas de la convocatoria de referencia.
En fecha 29 de diciembre de 2021, el Sr. Francisco Javier Cardona Fernández con CIF 41456276-H, solicita el desistimiento de la ayuda de la línea 2 de esta convocatoria por importe de 4.500 €, pedida el 8/11/2021 con RGE 2021034484 para su establecimiento, por haber sido beneficiario de las ayudas del Ayuntamiento de Sant Josep. La ayuda del Consejo Insular de Ibiza ayuda fue concedida el 27/12/2021 para los meses de enero, febrero y marzo de 2021, y se ha comprobado que al interesado no se le ha abonado todavía el importe concedido.
En fecha 4 de enero de 2022 se ha emitido informe propuesta de la jefa de sección de Industria en sentido favorable en relación a la aceptación de la desistimiento y revocación de la ayuda de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos de la restauración y sus cadenas de valor, empresas deportivas con espacios cerrados propios, academias de danza, yoga, empresas con dedicaciones principales de balneario (spa) y similares, empresas de distribución (ADED), feriantes y empresas organizadoras de acontecimientos, y agencias de viajes, cofinanciadas por el Gobierno de las Islas Baleares.
Por todo el anterior en conformidad con el artículo 72 del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (BOIB n.º 136, de 18-9-2010, corrección en *BOIB n.º 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB n.º 48, de 16-4-2016), en base a las competencias que legal y reglamentariamente tengo atribuidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Aceptar la desistimiento de la subvención concedida de las personas físicas y jurídicas que a continuación se relaciona, y revocar su concesión mediante la resolución indicada atendida la causa prevista en el arte. 37.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, respecto de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos de la restauración y sus cadenas de valor, empresas deportivas con espacios cerrados propios, academias de danza, yoga, empresas con dedicaciones principales de balneario (spa) y similares, empresas de distribución (ADED), feriantes y empresas organizadoras de acontecimientos, y agencias de viajes, cofinanciadas por el Gobierno de las Islas Baleares:
Núm. RGE |
Sol·licitante |
CIF |
Núm. Expediente |
Núm. Resolución |
Fecha Resolución |
2021034484 |
XXXXXXXX |
41.456.276-H |
2021/23280Q |
2021000152 |
27/12/2021 |
SEGUNDO.- Dar de baja a las personas relacionadas en el punto primero como personas beneficiarias en la Base Nacional de Datos de Subvenciones, atendido la causa prevista en el arte. 37.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, respecto de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 en los sectores económicos de la restauración y sus cadenas de valor, empresas deportivas con espacios cerrados propios, academias de danza, yoga, empresas con dedicaciones principales de balneario (spa) y similares, empresas de distribución (ADED), feriantes y empresas organizadoras de acontecimientos, y agencias de viajes, cofinanciadas por el Gobierno de las Islas Baleares.
TERCERO.- Notificar a las personas interesadas esta resolución mediante la publicación de la presente resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), incluyendo lo siguiente:
Este acto no agota la vía administrativa y contra él podéis interponer, ante la Comisión de Gobierno, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, todo esto en virtud del que disponen los artículos 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre de consejos insulares y el artículo 147.1 del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (publicado al BOIB n.º 136 de 18/09/10, corrección en el BOIB n.º 148 de 14/10/10, modificación BOIB n.º 48 de 16/04/16). El recurso tendrá que resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa.
Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.»
Ibiza, 17 de enero de 2022
La jefa de sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal
Olga Torres Ribas