Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 19177
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 13 de enero de 2022 por la que se somete a información pública el Proyecto de Decreto por el que se establecen los preceptos que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024
Antecedentes
1. En fecha 12 de noviembre de 2021, se firmó la memoria justificativa en la que se analizó necesidad de iniciar un procedimiento para la elaboración de un proyecto de decreto por el que se establezcan los preceptos que ha de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024.
2. Por resolución del consejero de Educación y Formación Professional de día 15 de noviembre de 2021, se ordenó el inicio del procedimiento y de la tramitación del proyecto de decreto indicado.
Fundamentos de derecho
1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. El artículo 58.1.e) de la Ley 1/2019, de 31 de enero del Gobierno de las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el borrador del Proyecto de decreto por el que se establecen los preceptos que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso 2023-2024, a información pública, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, ubicada en la calle Ter, número 16, 4 planta, en su página web http://dgplacen.caib.es, y en el Portal de Participación Ciudadana http://participaciociutadana.caib.es del Gobierno de las Islas Baleares.
2. Fijar el plazo para la información pública de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Las alegaciones deberán presentarse en la sede de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, calle Ter, 16, 4ª planta, 07009 Palma, o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deben ir dirigidas a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado "Participación en la elaboración de normativa" de la página web Participación Ciudadana http://participaciociutadana.caib.es del Gobierno de las Islas Baleares, dentro del plazo establecido en el apartado 2 anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 13 de enero de 2022
El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla