Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 18536
Departamento de Personal. Servicio de Planificación y Provisión. Notificación terceros interesados interposición recurso contencioso administrativo, Procedimiento Abreviado 624/2021 Juzgado de lo contencioso administrativo núm. 2, contra el decreto núm. 16184 de fecha 20/10/2020 de adscripción del puesto de trabajo F40071865 motivado por el concurso de traslados de la policía local, convocado el 24/11/2018 en el BOIB núm. 147
El regidor del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública, el día 12 de enero de 2022 adoptó lo siguiente:
Mediante oficio de Servicios Jurídicos de fecha 15 de diciembre se remite Decreto del juzgado de lo contencioso administrativo núm. 2 de Palma por el que se comunica que por parte de Antonio Nicolau Gual, se ha interpuesto recurso contencioso administrativo, procedimiento abreviado núm. 6242021, contra el decreto nº 16184 de fecha 20/10/2020 de adscripción del puesto de trabajo F40071865 con motivo del concurso de traslados de la policía local convocado el 24/11/2018 en el BOIB núm. 147.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el Regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública dicta la siguiente
PROVIDENCIA
PRIMERO.- Notificar a todas las personas que puedan ser interesadas, que por parte del Sr. Antonio Nicolau Gual se ha interpuesto recurso contencioso administrativo, contra el decreto nº 16184 de fecha 20/10/2020 de adscripción del puesto de trabajo F40071865 con motivo del concurso de traslados de la policía local convocado el 24/11/2018 en el BOIB núm. 147 y que se sigue en el Procedimiento Abreviado 624/21 ante el Juzgado de lo contencioso administrativo núm. 2 de Palma y, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, emplazarlas para que, si lo consideran oportuno, puedan comparecer y personarse como demandadas, en el plazo de 9 días; haciéndoles saber que si se persona ante el juzgado contencioso administrativo nº 2 con posterioridad al plazo indicado, será tenido como partes para los trámites no precluidos sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que sino se persona, el procedimiento continuará con los trámites sin la necesidad de practicar las notificaciones, tal como resulta en lo dispuesto en el artículo 50 de la mencionada ley.
SEGUNDO.- Una vez realizada notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), procédase a remitir el justificante al juzgado de lo contencioso administrativo núm. 2.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de enero de 2022)
La jefa del Departamento de Personal
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014
(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)
Esperanza Vega Terrón