Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Núm. 18123
Emplazamiento a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo DF 14/2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2021 por el que se modifican las medidas temporales y excepcionales en el ámbito de la actividad de determinados establecimientos en función del nivel de alerta sanitaria de la isla en la que estén radicados como medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, aprobadas por Acuerdo de 29 de noviembre de 2021
De conformidad con el oficio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, se tiene por interpuesto por parte de la señora Gemma Pala Aparicio y otros un recurso contencioso-administrativo (DF 14/2022) contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2021 por el que se modifican las medidas temporales y excepcionales en el ámbito de la actividad de determinados establecimientos en función del nivel de alerta sanitaria de la isla en la que estén radicados como medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, aprobadas por Acuerdo de 29 de noviembre de 2021.
En consecuencia, y en cumplimiento del artículo 116 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se emplaza a las personas interesadas en este expediente contencioso-administrativo para que puedan personarse como demandadas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la presente publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Los interesados deberán comparecer, en legal forma, mediante procurador con poder al efecto y firma de letrado. Asimismo, se advierte de que en caso de personarse fuera del plazo indicado se les tendrá como parte, sin que por ello tenga que retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y en caso de no personarse oportunamente continuará el procedimiento en todos sus trámites, sin que dé lugar a la práctica de notificación alguna.
Palma, 13 de enero de 2022
La secretaria general
Guadalupe Pulido Román