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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 17686
Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 10 de enero de 2022 en la que se corrige un error en la Resolución de 23 de diciembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria, por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto, de las subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGenerationUE)

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 23 de diciembre de 2021 se aprobó la convocatoria, por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto, de las subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGenerationUE).

2. Se ha detectado un error en el apartado 17.2 de la convocatoria de subvenciones mencionada.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con su artículo 109.2, las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. En el presente caso, se trata de un error de transcripción en el apartado 17.2.

2. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y haciendo uso de las facultades que me atribuye el artículo 10.1.i) de los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (ICIB), dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el apartado 17.2. de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 por la que se convocan las subvenciones, por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto, de las subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGenerationUE), en el sentido siguiente.

Allí donde dice:

«El importe máximo de la ayuda que podrá percibir un mismo beneficiario será de 170.000,00 € (ciento mil euros)».

Debe decir:

«17.2. El importe máximo de la ayuda que podrá percibir un mismo beneficiario será de 170.000,00 € (ciento setenta mil euros)».

2. Publicar la corrección de este error en el Boletín Oficial de les Illes Balears. 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del ICIB, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 11 de enero de 2022

El presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears

Miquel Company Pons