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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 13835
Concesión de ayudas para el inicio del curso dirigidas al alumnado empadronado en el municipio de Son Servera y escolarizado en el curso 2021-2022, en educación infantil de segundo ciclo, Educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o universidad

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Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2021-2008, de 23 de diciembre, ha resuelto lo siguiente:

“Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears)

Expediente núm. 3862/2021

Examinadas las solicitudes presentadas por las personas interesadas en obtener la subvención aprobada por Decreto de la Alcaldía núm. 2021-1654 de 5 de noviembre de 2021, y publicada en el BOIB núm. 156 de 11 de novembre de 2021, se evalúan las solicitudes presentadas, de conformidad con los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas para el inicio de curso dirigida al alumnado empadronado en el municipio de Son Servera y escolarizado en el curso 2021-2022, en educación infantil de segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o universidad.

Visto el informe de la Interventora municipal, de fecha 30 de diciembre de 2021, que fiscaliza en conformidad la ayuda solicitada.

En virtud del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y previo informe de fiscalización por parte de la interventora municipal,

RESUELVO

PRIMERO: Aprobar la concesión de ayudas para el inicio de curso dirigida al alumnado empadronado en el municipio de Son Servera y escolarizado en el curso 2021-2022, en educación infantil de segundo ciclo, Educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o universidad, en relación con las solicitudes que figuran a continuación, por el importe que se señala:

BENEFICIARIA

REGISTRO DE ENTRADA

DNI/NIE/NIF

IMPORTE

LIDIA AZOR SUAREZ

2021-E-RC-8826

***3659**

  300 €

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.”

 

Son Servera, documento firmado electrónicamente (30 de diciembre de 2021)

La alcaldesa Natalia Troya Isern