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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 9244
Departamento de Movilidad - Convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en el 284/2021, de 20 de abril, que tendrán lugar en la isla de Menorca día 26 de enero de 2022

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Texto

Se hace pública la resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Movilidad de este Consejo Insular de Menorca, de día 04/01/2022, resolución n.º 2022/MOB/1 mediante la cual se comunica la convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera regulado en 284/2021, de 20 de abril, que tendrán lugar en la isla de Menorca día 26 de enero de 2022, que establece lo siguiente:

“Visto el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el cual se regula la calificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el cual se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre;

Dado que MANTOLAN, SL, día 21/12/2021 (GE/031896/2021) ha presentado la solicitud para realizar una prueba extraordinaria para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte por carretera;

Dado que, de acuerdo con la resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Movilidad del Consell Insular de Menorca 2021/MOB/185, de 22-11-2021, las próximas pruebas ordinarias para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, no comienzan hasta el 22 de febrero de 2022;

Como titular del Departamento de Movilidad, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto de presidencia n.º 425/2019 de 10 de julio (BOIB n.º 95 ext. de 11 de julio de 2019) en relación con los Decretos de presidencia n.º 421/2019 y n.º 422/2019 de 9 de julio (BOIB n.º 93 ext. de 10 de julio de 2019);

RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar la convocatoria extraordinaria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte por carretera de mercancías y de viajeros regulado en el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, que tendrán lugar el próximo día 26/01/2022 a las 16:30 horas en la sede del Consejo Insular de Menorca de Maó.

SEGUNDO. Determinar que la mencionada convocatoria se regirá por las normas establecidas en la resolución de consejera ejecutiva del Departamento de Movilidad del Consell Insular de Menorca 2021/MOB/185, de 22-11-2021, mediante la cual se comunica la convocatoria de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la isla de Menorca durante el año 2022.

TERCERO. Determinar que el tribunal calificador de las pruebas estará constituido por las personas siguientes:

Presidenta:

Gabriela Mir Losada

Vocales:

José Luis Florit Moll

Ana Fernández Villaverde

Dolores Mier Aliaga

Secretario:

Titular: Jordi Garí Prats

Suplente: Jesús Cuesta Tàrrega

QUART – El plazo para presentar solicitudes será del 5 de 20 de enero de 2022 ambos incluidos.“

Lo cual comunico para su conocimiento y a los efectos que correspondan, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular, sin perjuicio que podáis utilizar cualquiera otro recurso que se considere procedente en derecho.

El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se notifica la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición.

Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

  

Maó, en el lugar y en la fecha de la firma electrónica (5 de enero de 2022)

La consejera ejecutiva de Mobilitad

Francesca Gomis Luis