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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 634025
Notificación de Resolución de denegación y aplicación de sanción adicional al beneficiario de la ayuda al régimen de pago Fruits de Clovella i a els Garrovers al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de convocatoria para el año 2020 de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y ganadería
El apartado 36.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de convocatoria, para el año 2020, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y la ganadería, especifica que las fechas de gestión y pago de estas ayudas se tendrán que notificar mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello se publica la resolución de denegación y aplicación de sanción adicional al beneficiario de la ayuda al régimen de pago Fruits de Clovella I en el Garrovers
AYUDA AL RÉGIMEN DE PAGO FRUTOS DE CASCARA Y A ALGARROBOS
Ref. 2021- PB DENEGACIÓN
CAMPAÑA 2020
Informe técnico de denegación y aplicación de sanción adicional al beneficiario de la ayuda al régimen de pago frutos de cáscara y algarrobos con expediente 04004702 correspondiente a JOAN MARC FIOL SASTRE
HECHOS
El expediente 04004702 correspondiente a JOAN MARC FIOL SASTRE con número de NIF ***0532** Tramitado en relación con la ayuda al régimen de pago Frutos de Cascara y algarrobos -campaña 2020, ha resultado desfavorable para el pago de la ayuda, por los motivos que se exponen a continuación
La sección de controles de ayudas directas envía copia del acta de control de campo al titular, JOAN MARC FIOL SASTRE. El titular recibe la notificación en fecha 12/07/2021 a las 08:57, número de registro 2021011732358. Del análisis del control de campo, se desprende que:
Municipio |
Polígono |
Parcela |
Recinto |
Sup. Solicitada (has) |
Producto solicitado |
Incidencia detectada |
---|---|---|---|---|---|---|
8-BINISSALEM |
10 |
58 |
1 |
0,30 |
Almendros |
Baja densidad No disposición |
8-BINISSALEM |
10 |
59 |
1 |
0,42 |
Almendros |
Baja densidad No disposición |
8-BINISSALEM |
10 |
42 |
5 |
0,71 |
Almendros |
Baja densidad No disposición |
29-LLOSETA |
1 |
222 |
1 |
3,43 |
Frutos secos |
Baja densidad No disposición |
29-LLOSETA |
1 |
220 |
1 |
0,75 |
Frutos secos |
Baja densidad No disposición |
8-BINISSALEM |
14 |
96 |
30 |
2,42 |
Frutos secos |
Baja densidad |
La superficie penalizable resultante del control de campo es de 8,03 ha, la superficie determinada resultante del control de campo es de 14,66 has. Estos datos suponen una sobre declaración del 50,48%
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) 352/78, (CE) 165 / 94, (CE) 2799/98, (CE) 814/2000, (CE) 1290/2005 y (CE) 485/2008 del Consejo.
Reglamento (UE) 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por que se derogan los Reglamentos (CE) 637/2008 y (CE) 73/2009 del Consejo.
Reglamento Delegado (UE) 639/2014, de la Comisión, de 11 de marzo, que completa el Reglamento (UE) 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y que modifica el anexo X de este Reglamento.
Reglamento Delegado (UE) 640/2014, de la Comisión, de 11 de marzo, por el que se completa el Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad.
Reglamento de Ejecución (UE) 641/2014, de la Comisión, de 16 de junio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común.
Reglamento de Ejecución (UE) 809/2014, de la Comisión, de 17 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como también sobre la gestión y control de los pagos directos y los pagos el desarrollo rural.
Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) modificado por el Decreto 7/2009, de 6 de febrero.
Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone que la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero sea asumida por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares.
Decreto 65/2007 de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 30 de enero de 2020 de convocatoria para el año 2020, de determinadas ayudas comunitarias directas a la agricultura y a la ganadería. (BOIB núm. 13 de 30/01/2020).
Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Conclusión
Informo desfavorablemente sobre la concesión de la Ayuda al Régimen de pago frutos de cáscara y algarrobos campaña 2020 al solicitante JOAN MARC FIOL SASTRE. por los motivos anteriormente expuestos.
Palma,
Informe técnico |
La jefa de Sección A (Agricultura) del servicio de ayudes Directas de la PAC |
María Isabel de Prado Bautista |
Propuesta de resolución de denegación y aplicación de sanción adicional al beneficiario de la ayuda al régimen de pago básico con expediente 04004702 correspondiente a JOAN MARC FIOL SASTRE.
De acuerdo con el informe desfavorable de la Jefa de Sección A (Agricultura) del servicio de ayudas directas de la PAC
Se propone
Que por parte del vicepresidente del FOGAIBA en materia de Agricultura se dicte Resolución de denegación de la ayuda relativa al Régimen de Pago frutos de cáscara y algarrobos en la campaña 2020
Comunicarle al beneficiario que el importe de la sanción adicional asciende a 558,37€ que deberá abonarse con conformidad de lo establecido en el artículo 19. 2 y 19.3 del Reglamento Delegado (UE) Nº 640/2014 de la Comisión y del artículo 19 bis del Reglamento Delegado (UE)/1393 de la Comisión
Que se notifique la presente Resolución a las personas interesadas mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa - se podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Palma,
Conforme con el Informe, Propongo Resolución |
Conforme con la Propuesta, Dicto resolución |
El Jefe del Servicio de Ayudas Directas de la PAC |
El Vicepresidente del FOGAIBA en materia de Agricultura |
Juan Ramis Ripoll |
Fernando Fernández Such |
Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa - se podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Palma, 22 de diciembre de 2021
El vicepresidente del FOGAIBA en materia de agricultura Fernando Fernández Such