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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 2744
Resolución de la Presidencia del IMAS de día 29 de diciembre de 2021, de otorgamiento y denegación de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de atención integral y promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental de al año 2021

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Texto

Antecedentes

1. El 11 de octubre de 2021, la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) resolvió aprobar la convocatoria pública de subvenciones del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de atención integral y promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental del año 2020

2. Esta convocatoria se publicó en el BOIB núm. 142 de 16 de octubre de 2021.

3. En esta resolución se autorizó el gasto dimanante por el importe de doscientos noventa y cinco mil ciento ochenta y tres euros con cuarenta y cuatro céntimos de euro (295.183,44 €), con cargo a la partida 40 23128 48006 del presupuesto del IMAS del 2021.

4. Una vez revisadas las solicitudes admitidas y subsanadas, si fuera posible, las deficiencias que presentaban, la Comisión Evaluadora se reunió el 23 de diciembre de 2021. Aplicados los criterios de valoración establecidos en las bases y en la convocatoria, formuló la correspondiente propuesta de resolución, proponiendo que se hagan las gestiones pertinentes para conceder a FUNDACIÓ ES GARROVER con CIF G57356057 en representación de la AGRUPACIÓN DE ENTIDADES POR LA SALUD MENTAL 295.183,44 euros para realizar un proyecto de atención integral para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental. La Asociación Asperger de Baleares ha sido excluida por no cumplir el punto 8.h de las bases de la convocatoria consistente en disponer de la autorización y acreditación para prestar un servicio de atención integral y de promoción de la autonomía, o un servicio ocupacional.

5. El 23 de diciembre entró en el servicio jurídico-administrativo el informe propuesta de la jefa de servicio de la Dirección Insular de Personas con Discapacidad e Innovación Social, para que se hagan las gestiones oportunas para otorgar la subvención de esta convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. Els Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019, en especial lo establecido en su artículo 2, de acuerdo con el cual este organismo tiene como objeto fundamental el ejercicio, en forma directa y descentralizada, de las competencias atribuidas por cualquier título al Consell de Mallorca en materia de servicios sociales y protección de menores.

2. El IMAS en el marco de sus competencias y de la actividad de fomento propia de las administraciones públicas, quiere promover acciones dirigidas a apoyar a entidades que sin ánimo de lucro desarrollan actividades de servicios sociales dirigidas a diferentes perfiles sociales, mediante actividades de carácter preventivo, de información, atención y soporte social, psicológico y emocional a personas afectadas por situaciones que generan vulnerabilidad, dependencia, riesgo de aislamiento, discriminación, marginación y exclusión social, así como actividades de inserción, rehabilitación e integración sociolaboral de personas y/o colectivos con dificultades sociales, más desfavorecidos y /o excluidos socialmente ; así como actuaciones que complementen programas de asistencia, inserción y reinserción social del Institut Mallorquín de Asuntos Sociales y/o de los servicios sociales de atención primaria que se gestionen desde el ámbito municipal.

3. Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social, las atribuidas por la Ley 14/2001, de 23 de octubre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales.

4. Len Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares que establece como principios rectores de los sistemas de servicios sociales balear la descentralización y la desconcentración.

5. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019, y de acuerdo con el artículo 2.c) y d), el IMAS tiene entre sus funciones desarrollar políticas de protección y atención a personas dependientes.

El artículo 7.2.7 de los Estatutos del IMAS que establece que corresponde a la Presidencia aprobar las bases específicas y resolver los procedimientos de ayudas, prestaciones y/o subvenciones.

6. La Ley 38/2003, General de Subvenciones, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deben aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos que prevé la Ley.

7. La Ordenanza General de Subvenciones (BOIB núm. 21 de 18 de febrero de 2017) aprobada mediante acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 23 de diciembre de 2016, así como sus modificaciones aprobadas por el acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 14 de junio de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018, en especial referencia a lo establecido en su artículo 1 que determina que tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca, los organismos autónomos que dependen de las mismas y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes que otorguen subvenciones en el ejercicio de potestades administrativas. Así como, visto que esta Ordenanza da cumplimiento a lo previsto en el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre,

8. Los puntos 10 y 11 de la convocatoria pública de subvenciones del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de atención integral y promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental del año 2021, en el BOIB núm. 142 de 16 de octubre de 2021.

RESUELVO

Primero. OTORGAR y DISPONER el gasto de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de atención integral y promoción de la autonomía para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental del año 2021 a FUNDACIÓ ES GARROVER con CIF G-57356057 en representación de la AGRUPACIÓN DE ENTIDADES POR LA SALUD MENTAL por un importe de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (295.183,44 €), con cargo a la partida presupuestaria 40.23128.48006 y núm. referencia contable 22021013961 del vigente presupuesto de gastos del IMAS para llevar a cabo un proyecto de atención integral para personas con discapacidad asociada a un diagnóstico de salud mental.

Segundo. EXCLUIR a la Asociación Asperger por no cumplir el punto 8.h de las bases de la convocatoria.

Tercero. ORDENAR la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en la Base Nacional de Datos de Subvenciones.

Cuarto. NOTIFICAR esta resolución a las entidades relacionadas con indicación de los recursos pertinentes.

Quinto. COMUNICAR a la jefa de servicio de la Dirección Insular de Discapacidad e Innovación Social, en el Servicio de Gestión económica y en la Intervención Delegada del IMAS.

  

Palma, 30 de diciembre de 2021

La presidenta del IMAS

Sofia Alonso Bigler