Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 634432
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 21 de diciembre de 2021 por la que se autoriza la modificación de la configuración de la Escuela Infantil de primer ciclo Escoleta des Camí Vell, de Sant Francesc, y el cambio de su denominación específica; se dispone el traslado del personal y de los alumnos en el nuevo edificio del centro, en Sant Ferran, y se ordena la inscripción de este traslado en el Registro de centros docentes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En el BOIB núm. 116, de 24 de agosto de 2019, se publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de agosto de 2019 por el que se crea la Escuela Infantil de primer ciclo incompleta Escoleta des Camí Vell, de la que es titular el Consejo Insular de Formentera.

2. El 4 de agosto de 2021, el Consejo Insular de Formentera, presentó una solicitud (NRE GOIBE347032/2021) para la modificación de la autorización de la Escuela Infantil de primer ciclo (EI) Escoleta des Camí Vell, mediante la ampliación con 2 unidades de 0 a 1 años, 1 unidad de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años y el cambio de la denominación específica del centro, que pasará a ser Sant Ferran. Además, pidió la autorización para el traslado del personal y de los alumnos desde el edificio del camino Vell de la Mola, de Sant Francesc de Formentera, al nuevo edificio situado en la calle de Atzaró, s/n, de Sant Ferran de Ses Roques.

3. El 5 de octubre de 2021, una vez acabadas las obras del nuevo edificio, se expidió el certificado de final de obra de las nuevas instalaciones de la EI Sant Ferran, en la calle de Atzaró, s/n, en Sant Ferran de Ses Roques.

4. El 12 de noviembre de 2021, la Comisión de Valoración de la Cualificación del Profesorado se reunió para estudiar la documentación presentada y, una vez revisada, emitió un informe favorable sobre las titulaciones del personal del centro.

5. El 15 de diciembre de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración de la EI Escoleta des Camí Vell, mediante la ampliación con 2 unidades de 0 a 1 años, 1 unidad de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años; el cambio de la denominación específica del centro, que se llamará Sant Ferran, y el traslado del personal y de los alumnos al nuevo edificio situado en la calle de Atzaró, s/n, de Sant Ferran de Ses Roques, con la inscripción de este traslado en el Registro de centros docentes.

6. El 16 de diciembre de 2021, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la modificación de la configuración de la EI Escoleta des Camí Vell, mediante la ampliación con 2 unidades de 0 a 1 años, 1 unidad de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años; el cambio de la denominación específica del centro, que se llamará Sant Ferran, y el traslado del personal y de los alumnos al nuevo edificio situado en la calle de Atzaró, s/n, de Sant Ferran de Ses Roques, con la inscripción de este traslado en el Registro de centros docentes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

​​​​​​​4. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

​​​​​​​5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOIB núm. 32, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

6. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 16 de diciembre de 2021, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de la denominación específica de la EI Escoleta des Camí Vell, de Sant Francesc, que pasará a ser Sant Ferran.

2. Autorizar la modificación de la configuración del centro mediante la ampliación con 2 unidades de 0 a 1 años, 1 unidad de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años.

3. Disponer el traslado del personal y de los alumnos del centro al nuevo edificio situado en la calle de Atzaró, s/n, en Sant Ferran de Ses Roques, con efectos del 1 de septiembre de 2021.

4. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07015896

Denominación genérica: escuela infantil de primer ciclo

Denominación específica: Sant Ferran

Titular: Consejo Insular de Formentera

Domicilio: c. de Atzaró, s/n

Localidad: Sant Ferran de ses Roques

Municipio: Formentera

CP: 0787

 

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo, con 6 unidades y 74 plazas escolares distribuidas de la manera siguiente:

- De 0 a 1 años: 2 unidades y 14 plazas escolares, con un máximo de 7 plazas escolares en cada unidad.

- De 1 a 2 años: 2 unidades y 24 plazas escolares, con un máximo de 12 plazas escolares en cada unidad.

- De 2 a 3 años: 2 unidades y 36 plazas escolares con un máximo de 18 plazas escolares en cada unidad.

5. Inscribir estas modificaciones en el Registro de centros docentes de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros (Repositorio) y actualizar los datos en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

6. Notificar esta Resolución a la dirección del centro, al Instituto para la Educación de la Primera Infancia de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Formación Profesional para que tome conocimiento de ella.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 21 de diciembre de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà