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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 634138
Concesión de ayudas individualizadas para la matrícula de la Escuela Municipal de Música y Danza, y Teatro 2021-2022 tramo 2

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Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2021-1981, de 30 de diciembre, ha resuelto lo siguiente:

“Resolución de la Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears) Expediente núm. 3855/2021

Examinadas las solicitudes presentadas por las personas interesadas en obtener la subvención aprobada por Decreto de la Alcaldía núm. 2021-1653 de 5 de noviembre de 2021, y publicada en el BOIB núm. 130 de 21 de septiembre de 2021, se evalúan las solicitudes presentadas, de conformidad con los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas individualizadas para la matrícula de Escuela Municipal de Música y Danza, y Teatro 2021-2022.

Visto el informe de la Interventora municipal, de fecha 29 de diciembre de 2021, que fiscaliza en conformidad la ayuda solicitada.

En virtud del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la concesión de ayudas individualizadas para la matrícula de Teatro 2021-2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 2021/3320/480.01, en relación a las solicitudes que figuran a continuación, por el importe que se señala:

NOMBRE

DNI

IMPORTE CONCEDIDO

LUIS BENJAMÍN DÍEZ GÓMEZ

***8617**

90,00

GABRIEL GRIMALT ORTIZ

***3675**

50,00

PABLO JIMÉNEZ SÁNCHEZ

***1828**

50,00

 

TOTAL

190,00

SEGUNDO. Aprobar la concesión de ayudas individualizadas para la matrícula de la Escuela Municipal de Música y Danza 2021-2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 2021/3340/480.01, en relación con las solicitudes que figuran a continuación, por el importe que se señala:

NOMBRE

DNI

IMPORTE CONCEDIDO

SILVIA TRIGUERO MÉNDEZ

***4299**

50,00

 

TOTAL

50,00

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o shaya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.”

Son Servera, 30 de diciembre de 2021 La alcaldesa Natalia Troya Isern