Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 633086
Información pública y audiencia de la aprobación inicial de la Modificación número 3 del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTIM)
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 29 de diciembre de 2021, acordó:
«1º.- Ejercer la subrogación con carácter extraordinaria y de aplicación directa prevista en el artículo 2 del Decreto Ley 9/2020, de 25 de mayo, de medidas urgentes de protección del territorio de las Islas Baleares.
2º.- Aprobar inicialmente la Modificación número 3 del Plan territorial insular de Mallorca (MD3PTIM), con el objeto y alcance que define la documentación técnica que se adjunta a este acuerdo, y que se integra por la documentación siguiente:
DOCUMENTO Y MEMORIA
MEMORIA JUSTIFICATIVA y ESTUDIO ECONÓMICO I FINANCIERO
Anexos a la memoria
Anexo 1: PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Anexo 2: CARTOGRAFÍA COMPARADA (Plano 1 vigente y modificado)
Anexo 3. NORMATIVA COMPARADA
Anexo 4 CARTOGRAFÍA DE PENDIENTES
DOCUMENTO II NORMAS DE ORDENACIÓN
NORMAS DE ORDENACIÓN
DOCUMENTO III CARTOGRAFÍA
Plano 1: E 1:25.000 «Áreas de desarrollo urbano y categorías del suelo rústico» (AP)
Plano 2: E 1:25.000 «Áreas de Prevención de Riesgos» (AP)
DOCUMENTO IV ANEXOS
Anexo IV. Ámbitos modificados al amparo por el Decreto Ley 9/2020, de 25 de mayo (AP).
Anexo V. Indicadores de seguimiento del PTIM.
Anexo VI. Servidumbres aeronáuticas.
DOCUMENTO V EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN Nº. 3 DEL PTIM
ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO.
Anexo ambiental
3º.- Entender asumidas las potestades de alteración del planeamiento referidas en el apartado 1 del señalado artículo 2 del Decreto Ley 9/2020, con esta aprobación inicial de la Modificación número 3 del Plan territorial insular de Mallorca (MD3PTIM), en aplicación de las previsiones del apartado 3 del artículo 2 mencionado, que habilita los Consejos para realizar las adaptaciones a que hace referencia el artículo mediante modificaciones puntuales del plan territorial insular.
4º.- Disponer la tramitación de la Modificación número 3 del Plan territorial insular de Mallorca (MD3PTIM), siguiendo el procedimiento establecido a la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, y en consecuencia ordenar la apertura de un plazo de información pública de cuarenta y cinco días hábiles, de toda la documentación integrante de la señalada modificación, mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón electrónico del Consejo de Mallorca, en la Sede Electrónica y al portal Web del Consejo Insular de Mallorca, a fin de que cualquier persona o entidad pueda formular las alegaciones que estime pertinentes. En este trámite se incluye la puesta a disposición del público del proyecto de Modificación número 3 del Plan territorial insular de Mallorca (MD3PTIM) y de toda la documentación ambiental en los términos que contemplan la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares.
5º.- Solicitar los informes sectoriales siguientes:
Administración General del Estado: Delegación del Gobierno Central.
Administración General del Estado: Dirección General de Costas, Demarcación de Baleares.
Administración General del Estado: Ministerio de Defensa.
Administración General del Estado: Dirección General de Aviación Civil.
Administración General del Estado: Dirección General de Telecomunicaciones.
Administración General del Estado: Puertos del Estado.
Gobierno de las Islas Baleares: Presidencia
Gobierno de las Islas Baleares: Natura 2000.
Gobierno de las Islas Baleares: Comisión de Emergencias y Protección de las Islas Baleares.
Gobierno de las Islas Baleares: Puertos de las Islas Baleares.
Gobierno de las Islas Baleares: Ordenación del Territorio.
Gobierno de las Islas Baleares: Instituto Balear de la Mujer.
Gobierno de las Islas Baleares: Servicios Ferroviarios de Mallorca
Consejo Insular: Dirección Insular de Patrimonio Histórico.
Consejo Insular: Dirección Insular de Infraestructuras.
Todos los ayuntamientos de la isla.
6º.- A los efectos previstos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, se somete la documentación integrante de esta Modificación número 3 del Plan territorial insular de Mallorca (MD3PTIM), a consulta de las administraciones, órganos y entidades públicas y privadas señaladas en el documento de alcance formulado por la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares el día 21 de julio de 2021, y que son:
I.- GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES
1.- Consejería de Medio Ambiente y Territorio
DG de Espacios Naturales y Biodiversidad (Departamento de Medio Natural)
·Servicio de Planificación en el Medio Natural
·Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo
·Servicio de Espacios Naturales
·Servicio de Protección de Especies
DG de Recursos Hídricos (Departamento técnico de Coordinación y Gestión del Agua).
·Servicio de Estudios y Planificación
·Servicio de Construcción
DG de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos (Departamento de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos)
·Servicio de Residuos y Suelos Contaminados
·Servicio de Calidad Ambiental DG de Territorio y Paisaje
·Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo Servicio de Costas y Litoral
ABAQUA
2.- Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
DG de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural Servicio de Reforma y Desarrollo Agrario
·Servicio de Agricultura
3.- Consejería Presidencia. Función Pública e Igualdad
DG de Emergencias e Interior
4.- Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática
DG de Energía y Cambio Climático
·Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
5.- Consejería de Salud y Consumo
DG de Salud Pública
6.- Consejería Modelo Económico, Turismo y Trabajo
DG de Turismo
II.- PERSONAS Y ENTIDADES
FELIB
GOB
TERRAFERIDA
AMIGOS DE LA TIERRA.»
Palma, el día de la firma electrónica (29 de diciembre de 2021)
El secretario general Antoni Benlloch Ramada