Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 631424
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 13 de diciembre de 2021, relativo a la convocatoria de ayudas a la caza 2021 (concesión) (exp. 5311-2021-000001)
1. En fecha 30 de agosto de 2021 y en sesión de carácter ordinario el Consejo Ejecutivo del CIM aprobó las bases y la convocatoria de las ayudas en materia cinegética para el año 2021 (BOIB núm. 130 de 21 de septiembre de 2021).
2. El objeto de esta convocatoria es apoyar a determinadas actividades sin ánimo de lucro llevadas a cabo en el territorio de Menorca en materia cinegética y que contribuyan a mejorar la capacidad, el aprovechamiento y la sostenibilidad de los recursos que sean objeto de explotación.
3. Las actividades subvencionables se podían llevar a cabo entre día 1 de diciembre del año 2020 y día 30 de noviembre del año 2021; aun así, el plazo para justificar los gastos objeto de subvención finaliza el 30 de noviembre de 2021.
4. La dotación presupuestaria de esta convocatoria es de 15.000 € correspondientes a la partida 5.41910.4890000.
5. La base 4 de la convocatoria menciona las actividades subvencionables, mientras que la 6 detalla los requisitos y la 7 indica la documentación, ya sea administrativa o específica, que tiene que presentar quién solicite la ayuda.
6. La base 8 determina el porcentaje máximo de subvención por solicitante (un 80% del coste de las actuaciones), como también que cada solicitante podrá recibir un máximo de 5.000 € (excepto si demostrara representar el conjunto de entidades de cazadores de Menorca).
7. Según el apartado g del punto tercero de la base 4, acontece subvencionable toda actuación que suponga mejoras ambientales y del hábitat en favor de la fauna cinegética.
8. Del tercer punto de la base 13 se desprende que no tienen carácter subvencionable los gastos de personal, salvo de aquel destinado a la vigilancia de los cotos o campos de adiestramiento educativo pertenecientes a las entidades solicitantes.
9. El 21 de octubre de 2021 se agotaba el plazo de presentación de solicitudes (30 días naturales a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB). El 25 de octubre de 2021 la instructora del expediente emitió informe del cual se desprende que se han presentado, en tiempo y forma, las dos solicitudes relacionadas a continuación:
Solicitante |
CIF |
Ayuda solicitada |
---|---|---|
Club Caçadors Cans de Conills de Menorca |
G57626681 |
5.790,00 € |
Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa |
G07089600 |
5.000,00 € |
El informe observa dos circunstancias relevantes:
a) Si bien el Club Caçadors Cans de Conills de Menorca había solicitado la ayuda para el desarrollo de una competición canina, este acontecimiento se anuló por motivos meteorológicos (decisión comunicada al CIM en fecha 04/11/2021 mediante GE/027561/2021).
b) El presupuesto de las actuaciones del Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa (GOB) hace mención a gastos de personal y de rehabilitación de una pared seca para el mantenimiento del interés agrario de un conjunto de aljibes.
10. El mismo 25 de octubre de 2021, la Comisión Evaluadora de las ayudas, basándose en el informe mencionado antes, acuerda proponer la concesión de las ayudas siguientes:
Solicitante (CIF) |
Coste de las actuaciones |
Ayuda solicitada |
Gastos elegibles |
80 % (coste act.) |
Propuesta de concesión |
---|---|---|---|---|---|
Club Caçadors Cans de Conills de Menorca |
5.791,36 € |
5.791,36 € |
150,00 € |
120,00 € |
120,00 € |
Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa |
6.654,60 € |
5.000,00 € |
6.654,60 € |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
No obstante, esta concesión permanecía supeditada a las condiciones siguientes:
a) Requerir al Club Caçadors Cans de Conills de Menorca que desista de la ayuda solicitada, o bien que aporte los justificantes de los gastos de gestión asociadas al acontecimiento suspendido.
b) Esperar los términos y el alcance de la justificación que haga el GOB Menorca de la ayuda solicitada; más concretamente, el gasto de personal (si es propio o un trabajo externo) y el cumplimiento con los objetivos de las bases de esta convocatoria en referencia a la rehabilitación de la pared seca por interés agrario.
c) Requerir a los solicitantes la identificación catastral de las parcelas objeto de subvención (es documentación preceptiva).
11. Día 1 de diciembre de 2021 la instructora del expediente emitió un informe complementario del cual se desprende lo siguiente:
a) Que en fecha 29/11/2021 (GE/029640/2021) el Club Caçadors Cans de Conills de Menorca desistió en la ayuda solicitada día 14/10/2021 (GE/025807/2021).
b) Que, vista la documentación justificativa del GOB Menorca, presentada el 26/11/2021 (GE/029556/2021), se tiene que considerar:
- Que la rehabilitación de la pared seca persigue un objetivo agrario, no cinegético; de hecho, esta reconstrucción implica una nueva barrera para la fauna cinegética del entorno, de tal manera que, más que facilitar el acceso, lo dificulta. Por lo tanto, esta actuación no supone unas mejoras ambientales ni del hábitat en favor de la fauna cinegética.
Para la justificación de este gasto, el detalle de la factura presentada incluye otras actuaciones (arreglar el aljibe, canales, picas, canalización, rampas e impermeabilizaciones) que sí que son elegibles; por lo tanto se admitirá el importe parcial que corresponda.
- Que para justificar los gastos que hacen referencia al personal técnico, se aportan dos nóminas de personal propio del GOB. Aun así, acreditada el gasto de este modo acontece no elegible y, por lo tanto, no subvencionable.
Por lo tanto, de la propuesta de concesión condicionada y de la nueva documentación aportada por los solicitantes, se acontece la propuesta que sigue:
Solicitante (CIF) |
Coste de les actuaciones |
Ayuda solicitada |
Gastos elegibles |
80 % (coste act.) |
Propuesta concesión y pago |
---|---|---|---|---|---|
Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa |
6.654,60€ |
5.000€ |
3.539,57 € |
2.831,66 € |
2.831,66 € |
Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio,
El Consejo ejecutivo, por unanimidad de los cinco miembros presentes (señor Maria Ballester, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luis, señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los acuerdos siguientes:
Primero. Conceder y tramitar el pago, por un importe total de 2.831,66 €, de la ayuda que se relacionará a continuación, correspondiendo a la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca en materia cinegética para el año 2021 para apoyar a determinadas actividades sin ánimo de lucro que contribuyan a mejorar la capacidad, el aprovechamiento y la sostenibilidad de los recursos que son objeto de explotación llevadas a cabo entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, y con cargo a la partida 5.41910.4890000 del presupuesto del CIM para el año 2021:
Entidad |
CIF |
Importe |
Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa |
G07089600 |
2.831,66 € |
Segundo. Requerir al Grupo Balear de Ornitología y Defensa de la Naturaleza que identifique catastralmente las parcelas objeto de subvención (apartado l, punto 2 de la base 7).
Tercero. Remitir a la Base de datos Nacional de Subvenciones información sobre la presente concesión en los términos establecidos en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de forma previa en la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (arte. 45.1 b de de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).
Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 28 de diciembre de 2021
Por delegación de la presidenta,
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)