Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 631214
Aprobación definitiva transferencia de créditos entre aplicaciones de diferentes áreas de gasto 06-2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto que, en conformidad con el dispuesto en los artículos 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se ha presentado ninguna reclamación contra el acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de día 30 de septiembre de 2021, publicado en el BOIB n.º 165 de fecha 30 de noviembre de 2021, por el cual se aprueba inicialmente el expediente 6/2021 de transferencia de créditos entre aplicaciones de diferentes áreas de gasto, se entiende el mismo elevado a definitivo:

“ 1. Modificar el presupuesto de gastos del presente ejercicio incrementando las siguientes aplicaciones:

Descripció

Cred.Inicial

Increment

Cred. Definitiu

932.22708 Govern Balear, serveis de recaptació

30.000,00 €

19.444,49 €

49.444,49 €

334.48003 Aportació a l'Associació culleres i picarols, activitats culturals

1.200,00 €

350,00 €

1.550,00 €

931.35200 Interessos de demora

200,00 €

1413,52 €

1.613,52 €

TOTAL INCREMENTO:   21.208,01 €

La financiación de estos incrementos se hará mediante transferencias otras aplicaciones con diferente vinculación jurídica, que quedan disminuidas como continuación se indica:

Aplicació

Cred.Inicial

Disminució

Cred. Definitius

231.22799 Seveis de teleassistència

6.000,00 €

3.000,00 €

3.000,00 €

231.48000 Atencions benèfiques i assisttencials

20.000,00 €

3.000,00 €

17.000,00 €

342.22199 Clor piscina i altres subministraments esportius

5.000,00 €

4.000,00 €

1.000,00 €

920.13001 Gratificacions hores extraordinàries, personal laboral

7.000,00 €

5.208,01 €

1.791,99 €

TOTAL DISMINUCIÓN:   21.208,01 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Búger, documento firmado electronicamente (28 de diciembre de 2021)

El alcalde Pere Torrens Escalas