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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 629041
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 03/2021 del Consorcio Ciudad Romana de Pollentia, por suplemento de crédito financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 18 de noviembre de 2021

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Texto

Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 03/2021 del Consorcio Ciudad Romana de Pollentia, por suplemento de crédito financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 18 de noviembre de 2021, y publicada en el BOIB núm. 162 de 23 de noviembre de 2021, por un plazo de 15 días hábiles, se presentó reclamación contra la aprobación inicial con núm. de registro de entrada 2021/15568 dentro del plazo reglamentario.

El Pleno del Ayuntamiento en sesión realizada el 27 de diciembre de 2021 acordó:

Primero.- Desestimar la alegación presentada por el Sr. José Manuel Aranda Regules, como portavoz del grupo municipal Podemos Alcúdia.

Segundo.- Aprobar definitivamente la modificación presupuestaria 03/2021 del Consorcio Ciudad Romana de Pollentia, por suplemento de crédito financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de 18 de noviembre de 2021 según el siguiente detalle:

Suplemento de crédito

Aplicaciones incrementadas en el presupuesto de gastos

PARTIDA

DESCRIPCIÓN

CRÉDITO ACTUAL

AUMENTO

CRÉDITO DEFINITIVO

PA 336 150000

INCENTIVO DE PRODUCTIVIDAD

3.000,00

5.500,00

8.500,00

 

 

 

5.500,00

 

Aplicaciones disminuidas en el presupuesto de gastos

PARTIDA

DESCRIPCIÓN

CRÉDITO ACTUAL

DISMINUCIÓN

CRÉDITO DEFINITIVO

PA 336 130000

RETRIBUCIONES BÁSICAS PERSONAL LABORAL

112.074,00

5.500,00

106.574,00

 

 

 

5.500,00

 

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

 

Alcudia, 27 de diciembre de 2021

La presidenta del Consorcio Ciudad Romana de Pollentia Bàrbara Rebassa Bisbal.