Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 628166
Planificación y Ordenación de Personal del Ajutament de Son Servera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2021-1947, de 23 de diciembre, ha resuelto lo siguiente:

“Expediente núm.: 4129/2021 Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento: Planificación y Ordenación de Personal Fecha de iniciación: 13/12/2021

Resolución de la Alcaldía del Ajuntament de Son Servera, Illes Balears

A la vista de los siguientes antecedentes:

Documento

Fecha/Núm.

Provisión de Alcaldía

13/12/2021

Informe-propuesta de Secretaría

15/12/2021

Informe de Intervención

16/12/2021

Certificado de negociación del OPO a la Mesa General de Negociación Conjunta

21/12/2021

De conformidad con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41 del Real Decreto 2568 /1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales

  RESUELVO:

Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, como sigue a continuación:

PERSONAL FUNCIONARIO:

GRUPO/

SUBGRUPO

ESCALA

SUBESCALA

 VACANTE

Art 19 LPGE 2021

 VACANTE D.T.4a

TRELEBEP

 A1

Técnico/a de Administración General 

Administración General

Técnica 

 

 C1

Policía Local

Administración especial 

Servicios especiales 

 

Segundo.- . Aprobar la Oferta de Empleo Público de 2021 para la estabilización de empleo temporal, de acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con la siguiente relación de plazas:

 PERSONAL FUNCIONARIO

GRUPO/ SUBGRUPO

ESCALA

SUBESCALA

 VACANTE Art 19.U. LPGE

 VACANTE D.T.4a TRELEBEP

 A2

Técnico/a de Medio Ambiente

Administración especial

Técnica 

 

 A2

 Arquitecto/a técnico/a

Administración especial

Técnica 

 

PERSONAL LABORAL

GRUPO DE CLASSIFICACIÓN

CATEGORIA LABORAL

 VACANTES Art 19.U.

LPGE

 VACANTES D.T.4a

TRELEBEP

 A1

Psicólogo /a

 

1

 A2

Bibliotecario/a

 

2

 C2

Trabajador/a familiar

 

2

C2

Chófer

 

1

C2

Oficial 1a

 

1

A2

Educador/a social

 

1

AP

Peón Punto Verde

 

1

 C1

Oficial electricista

 

1

Tercero.- Publicar en la sede electrónica (http://sonservera.eadministracio.cat) de la Corporación y en el [Boletín Oficial de les Illes Balears]

Cuarto.- Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.

La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024, respecto a las plazas de estabilización, de acuerdo con el RDL 14/2021, de 6 de julio.

Quinto.- Notificar la presente al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal en cada uno de los ámbitos afectados.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.”

 

Son Servera, documento firmado electrónicamente ( 23 de diciembre de 2021)

La alcaldesa Natalia Troya Isern