Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN ORQUESTA SINFÓNICA ILLES BALEARS
Núm. 627176
Aprobación de la Oferta Pública de Ocupación para el año 2021 de la Fundació Orquestra Simfònica de les Illes Balears
Propuesta de Acuerdo del Patronato de aprobación de la oferta pública de empleo 2021 (tasa ordinaria de reposición) de la Fundació Orquestra Simfònica de les Illes Balears
Antecedentes
1. La Fundació Orquestra Simfònica de les Illes Balears es un ente instrumental de los definidos como fundaciones del sector público en el artículo 2.1 letra d) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. De acuerdo con el anexo 1 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se adscribe a la Consejería de Fondos Europeos, Cultura y Universidad.
3. Asimismo, la Fundación Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares es una organización de nacionalidad española, sin ánimo de lucro, de titularidad pública, de naturaleza institucional, con personificación privada, que tiene afectado de manera duradera su patrimonio a la realización de las finalidades de interés general que se detallan en sus Estatutos (BOIB n.º 202, de 1 de diciembre de 2020).
4. Tal como establece el artículo 55.2 de la mencionada Ley 7/2010, las fundaciones del sector público se rigen por el ordenamiento jurídico privado, excepto en los aspectos a que se refiere la propia Ley 7/2010 y demás normativa de Derecho Público que le sea de aplicación.
5. El artículo 23 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares establece la obligatoriedad que los entes del sector público instrumental dispongan de una relación de puestos de trabajo (en lo sucesivo, RLT) propia como instrumento de ordenación de sus recursos humanos. La RLT de la Fundación fue informada favorablemente por la Comisión Interdepartamental de Retribuciones en fecha 15 de abril de 2019 y aprobada por el Patronato de la Fundación en fecha 10 de mayo de 2019.
6. Atendidas las bajas y excedencias de 2020, es necesario aprobar la oferta pública de empleo 2021, según la Fundación tiene que aprobar la oferta pública de empleo para 2021, en base la Disposición Adicional VigesimoPrimera de la LGPE para 2021, que remite al cálculo de la tasa de reposición explicado en el artículo 19 de la mencionada ley.
Consideraciones
1. En fecha 14 de noviembre fue enviada a la Dirección General de Función Pública, memoria justificativa en relación con la oferta pública de empleo 2021 (tasa ordinaria de reposición) de la Fundació Orquestra Simfònica de les Illes Balears, realizándose el cálculo de dicha tasa según el establecido en el artículo 19 apartado Uno punto séptimo de la LPGE 2021. Así mismo, fue enviado certificado sobre las altas y bajas que se produjeron durante el ejercicio 2020. En fecha 26 de noviembre fue enviado informe complementario a requerimiento de la Dirección General mencionada.
2. En fecha 25 de noviembre fue enviada a la Dirección General de Presupuestos memoria justificativa en relación con la oferta pública de empleo 2021, incluyéndose el coste presupuestario de cada plaza e informándose que estas plazas estaban dotadas e incluidas en la RLT.
3. En fecha 13 de diciembre de 2021, se obtuvieron los informes favorables de la Dirección General de Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos, preceptivos según el artículo 18 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021.
Por todo lo anterior, se eleva al Patronato de la Fundación la siguiente
Propuesta de Acuerdo del Patronato
1. Aprobar la siguiente oferta pública de empleo 2021 (tasa ordinaria de reposición) de la Fundació Orquestra Simfònica de les Illes Balears, con el detalle incluido al Anexo I:
- 1 Plaza de Viola Tutti.
- 1 Plaza de Violoncelo Tutti.
- 1 Plaza de Ayuda de solista de Flauta
2. Aprobar que las convocatorias de las plazas incluidas a la oferta pública de empleo 2021 tendrán que ejecutarse en un plazo máximo de tres años desde la publicación de su aprobación al BOIB.
Palma, 23 de diciembre de 2021
El gerente Pere Malondra Sánchez
Conforme con la propuesta, se toman los Acuerdos anteriores en sesión del Patronato celebrada en fecha 23 de diciembre de 2021
La vicepresidenta Catalina Solivellas Rotger (en sustitución del Presidente, según el artículo 21 de los Estatutos de la Fundación)
ANEXO I Aprobación de la oferta pública de ocupación 2021 (tasa ordinaria de reposición)
PLAZA |
TIPO DE TURNO |
GRUPO DE TITULACIÓN |
CATEGORIA / ESPECIALIDAD * |
TITULACIÓN REQUERIDA |
ISLA DESTINO |
1 Plaza de Viola Tutti
|
Turno libre |
A |
VIOLA |
Título Superior de Música |
Mallorca |
1 Plaza de Violoncelo Tutti
|
Turno libre |
A |
VIOLONCELO |
Título Superior de Música |
Mallorca |
1 Plaza de Ayuda de solista de Flauta
|
Turno libre |
A |
FLAUTA |
Título Superior de Música |
Mallorca |
*Según RLT informada favorablemente por la Comisión Interdepartamental de Retribuciones en data 15 de abril de 2019 y aprobada por el Patronato de la Fundación en fecha 10 de mayo de 2019.