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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 622368
Resolución del día 20 de diciembre de 2021 de la Universidad de las Illes Balears por la cual se aprueba la oferta adicional para la estabilización de la ocupación pública de personal de administración y servicios de la UIB para el año 2021

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Texto

La Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad a la ocupación pública, establece en el artículo 2 que, adicionalmente al que establecen los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de ocupación pública que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, sean o no en las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén previstas a las diferentes administraciones públicas, estén dotadas presupuestariamente y hayan sido ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020.

La oferta de ocupación pública, de conformidad con el que establece el segundo apartado del artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), lo tiene que aprobar el pertinente órgano de la Administración pública y se tiene que publicar en el diario oficial correspondiente.

La oferta adicional para la estabilización de ocupación pública temporal de personal de administración y servicios de la Universidad de las Illes Balears para el año 2021 incluye, de conformidad con las previsiones del primer apartado del artículo 70 del TREBEP, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que se tengan que proveer mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal como está previsto al TREBEP, la oferta de ocupación pública, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.

En consecuencia, hay que decir que el cómputo de las plazas de personal de administración y servicios en nuestra universidad que han sido dotadas presupuestariamente y ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020, es de cincuenta y nueve plazas. En vista de todo el que se ha indicado, a propuesta del Consejo de Dirección y en espera de la autorización pertinente de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores del Gobierno de las Islas Baleares, el Consejo de Gobierno, en la sesión ordinaria del día 20 de diciembre, aprobó la oferta adicional de ocupación pública de personal de administración y servicios de la UIB para el año 2021.

Por lo tanto, se publica la aprobación de la oferta adicional de ocupación pública de la Universitdad de las Illes Balears, en espera de la autorización pertinente de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores del Gobierno de las Islas Baleares, que se especifica a continuación.

Primero. Aprobación de la oferta adicional para la estabilización de ocupación pública

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, se aprueba la oferta adicional de ocupación pública de personal de administración y servicios de la Universidad de las Illes Balears para el año 2021.

Segundo. Cuantificación de las plazas

El número de plazas de personal de administración y servicios para el año 2021 se indica a continuación:

Subgrupo

Total plazas

A1

2

A2

8

C1

11

C2

37

E

1

 

Tercero. Procesos selectivos

Las bases específicas que regularán los procesos selectivos derivados de esta oferta de ocupación se publicarán en los boletines oficiales correspondientes en el plazo de tres años a partir de la fecha de publicación de esta oferta de ocupación, en conformidad con las disposiciones del artículo 70.1 del Real decreto legislativo 5/2015.

Lo hago publicar porque se tome conocimiento y tenga los efectos que correspondan.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de diciembre de 2021)

El rector

Jaume Carot