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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA

Núm. 625416
Resolución definitiva relativa a la Convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente n.º 686/2021

Asunto: Convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

Resolución definitiva relativa a la Convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de diciembre de 2021, relativo a la Convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, financiada por el Govern de les Illes Balears, el Consell Insular d'Eivissa y el Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, se aprueban los siguientes listados, que se transcriben a continuación, de solicitantes de la ayuda:

  • Listado de solicitudes a estimar por encontrarse completas y cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria:

Número

NIF

Importe

1

41433070L

4.000,00 €

2

41444462A

4.000,00 €

3

20422869L

4.000,00 €

4

26248828D

4.000,00 €

5

E57699613

4.000,00 €

6

41452769F

4.000,00 €

7

B57005837

4.000,00 €

8

A07070139

4.000,00 €

9

41416175Y

4.000,00 €

10

Y2549137S

1.000,00 €

11

41442699B

4.000,00 €

12

41448108S

4.000,00 €

13

41439658Y

4.000,00 €

14

E07202021

4.000,00 €

15

46338046S

4.000,00 €

16

43442545F

4.000,00 €

17

47257978Q

4.000,00 €

18

Y4563794X

4.000,00 €

19

E16514838

4.000,00 €

20

B86191350

4.000,00 €

21

E16616336

4.000,00 €

22

46950545R

4.000,00 €

23

41443806Z

4.000,00 €

24

41438509F

4.000,00 €

25

41440446N

4.000,00 €

26

X7060540T

4.000,00 €

27

41439772M

4.000,00 €

28

41441503B

4.000,00 €

29

47251319G

1.000,00 €

30

X7296188J

4.000,00 €

31

41449420Q

4.000,00 €

32

47254558T

4.000,00 €

33

46955078A

4.000,00 €

34

B57012650

4.000,00 €

35

J57711681

4.000,00 €

36

46956815S

4.000,00 €

37

41452545J

1.000,00 €

38

E57588725

4.000,00 €

39

E57530651

4.000,00 €

40

41459664W

4.000,00 €

41

41455701H

4.000,00 €

42

50967239K

4.000,00 €

43

47252968C

4.000,00 €

44

Y4771499W

4.000,00 €

45

Y3897116X

4.000,00 €

46

X1986052W

4.000,00 €

47

B16560542

4.000,00 €

Total importe a conceder:

179.000,00 €

El importe total a conceder, esto es, 179.000,00 euros, se distribuye de la siguiente forma:

  • El Govern de les Illes Balears aportará 51.886,37 euros, con cargo a la partida presupuestaria 14201 413GO1 46000 30 del Presupuesto de 2021.
  • El Consell Insular d'Eivissa aportará 51.886,37 euros, con cargo a la partida presupuestaria 4220 46200 del Presupuesto de 2021.
  • El Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja aportará 75.227,26 euros, con cargo a la partida presupuestaria 4300 47900 del Presupuesto de 2021.
  • Listado de solicitudes a desestimar por no cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria:

Número

NIF

Motivación

1

46954137M

No se presenta documentación acreditativa de la actividad desarrollada en este término municipal y de la facturación correspondiente a la misma durante los ejercicios 2019 y 2020, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.3 de las Bases reguladoras.

2

40438887V

Presenta declaración jurada, informe de vida laboral y certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT de los ejercicios 2018 a 2021.

Tiempo de apertura en 2019: 5 meses.

Tiempo de apertura en 2020: 0 meses.

No cumple el requisito establecido en el apartado 2.6 de las Bases reguladoras: “Que el 2020 haya sufrido una reducción en la facturación de un mínimo del 40% en relación con el mismo periodo de facturación del año 2019 y que este periodo, correspondiendo al tiempo de apertura de la empresa en 2019, no sea inferior a seis meses”.

3

28748094A

No presenta la documentación requerida, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.3 de las Bases reguladoras.

4

41446755L

No cumple el requisito establecido en el apartado 2.6 de las Bases: “Que el 2020 haya sufrido una reducción en la facturación de un mínimo del 40% en relación con el mismo período de facturación del año 2019 y que este período, correspondiendo al tiempo de apertura de la empresa en 2019 no sea inferior a seis meses”.

5

41450352M

No cumple el requisito establecido en el apartado 2.6 de las Bases: “Que el 2020 haya sufrido una reducción en la facturación de un mínimo del 40% en relación con el mismo período de facturación del año 2019 y que este período, correspondiendo al tiempo de apertura de la empresa en 2019 no sea inferior a seis meses”.

6

46850540T

No cumple el requisito establecido en el apartado 2 de las Bases: tener domicilio social en el término municipal de Sant Joan de Labritja.

7

B57744021

No cumple el requisito establecido en el apartado 2 de las Bases: tener domicilio social en el término municipal de Sant Joan de Labritja.

8

46958855P

No cumple el requisito establecido en el apartado 2 de las Bases: tener domicilio social en el término municipal de Sant Joan de Labritja.

9

B16651416

No cumple el requisito establecido en el apartado 2 de las Bases: tener domicilio social en el término municipal de Sant Joan de Labritja.

10

B16653438

No cumple el requisito establecido en el apartado 2 de las Bases: tener domicilio social en el término municipal de Sant Joan de Labritja.

11

B57816811

No cumple el requisito establecido en el apartado 2.3 de las Bases: “Tener domicilio social de la actividad ubicado al término municipal de Sant Joan de Labritja”.

12

Y4552849J

No cumple el requisito establecido en el apartado 2.3 de las Bases: “Tener domicilio social de la actividad ubicado al término municipal de Sant Joan de Labritja”.

13

X8101953L

No cumple el requisito establecido en el apartado 2.6 de las Bases: “Que el 2020 haya sufrido una reducción en la facturación de un mínimo del 40% en relación con el mismo período de facturación del año 2019 y que este período, correspondiendo al tiempo de apertura de la empresa en 2019 no sea inferior a seis meses”.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó el acto el cual se recurre, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o publicación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Sant Joan de Labritja, 21 de diciembre de 2021

El alcalde Antonio Marí Marí