Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 623967
Acuerdo de Ple de día 16 de diciembre de 2021, punto 7 del orden del día, de modificar el puesto de trabajo por arquitecto técnico/ingeniero de edificios (expediente 2021/013207)
El Ple del Ajuntament, en sesión ordinaria de día 16 de diciembre de 2021, en su punto 7 del orden del día, aprobó lo siguiente:
«PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la catalogación del puesto de trabajo que se identifica con el código de id. nº 1126, que, siendo de personal funcionario singularizado de jefe de Rentas (subgrupo A2), pase a ser un puesto de trabajo de personal funcionario de administración especial, técnico medio, arquitectura técnica/ingeniería de la edificación (subgrupo A2), a la que se le asignan las mismas retribuciones que a puestos de trabajo análogos; y, mientras tanto no se apruebe, publique y entre en vigor la relación de puestos de trabajo que se encuentra en trámite de negociación; o se produzca cualquier otra causa o procedimiento que implique la modificación o supresión del puesto de trabajo que ahora se aprueba; todo ello de conformidad con la siguiente catalogación que se lleva a aprobación:
Denominación del puesto de trabajo: |
Arquitec. técnico/ingeniero edificación |
Código identificación del puesto de trabajo |
1126 |
Tipo |
Personal funcionario |
Escala, subescala, clase/categoría, grupo/subgrupo |
Escala administración especial, subescala técnica, técnico medio, arquitectura técnica / ingeniería de edificación (subgrupo A2) |
Nivel de complemento de destino |
18 |
Complemento específico |
1.005,23 mensual (x 14 pagas/año) |
Requisitos para ocupar el puesto de trabajo |
-Estar en posesión del título de diplomatura o grado en arquitectura técnica, ingeniería de la edificación u otro título habilitante de la profesión de arquitecto técnico -Disponer del nivel B2 de conocimientos de lengua catalana o superior |
Forma de provisión |
Todas las admitidas de acuerdo con la normativa vigente del momento |
Área, servicios o departamento de adscripción |
Obra pública, entre otros servicios municipales que necesiten las funciones propias de los arquitectos técnicos |
Funciones genéricas a realizar |
Funciones propias de la profesión, como por ejemplo la dirección de la ejecución material de obras; control cuantitativo y cualitativo de la construcción, y calidades de lo edificado; redacción de proyectos de acuerdo con sus competencias (p. ej. art. 2.1.a) LOE que no requieran proyecto arquitectónico, intervenciones parciales en edificios que no alteren la configuración arquitectónica, de demolición, etc); peritaciones; estudios; informes; valoraciones; mediciones y cálculos; asesoramiento técnico; actuaciones en materia de seguridad y salud; etc.; entre otras funciones, de acuerdo con su especialidad y el nivel de titulación. |
SEGUNDO. Disponer que se publique este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a los efectos correspondientes.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Ciutadella de Menorca, 22 de diciembre de 2021
La alcaldesa Joana Gomila Lluch