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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 622908
Aprobación definitiva de la aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de pago fraccionado de tributos del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión ordinaria de fecha 28 de octubre de 2021 acordó aprobar inicialmente la aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de pago fraccionado de tributos del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, al no haberse presentado alegaciones, se hace público el texto íntegro en cumplimiento del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de pago fraccionado de tributos del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

Artículo 1. Fundamento y objeto

1. En uso de la potestad reglamentaria que le atribuye el artículo 106 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 15 a 19 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias, el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany establece un sistema especial de pago fraccionado del impuesto de cobro periódico por recibo y notificación colectiva que se regirá por lo establecido en esta Ordenanza.

2. El sistema especial de pago fraccionado que regula esta Ordenanza no supone ninguna alteración de los plazos para ejercer los recursos ni cualquier otro aspecto de la gestión tributaria, que se seguirá rigiendo por su normativa específica.

Artículo 2. Tributos respecto a los que se puede solicitar el pago fraccionado

El sistema especial de pago fraccionado es de aplicación a los obligados tributarios que soliciten la aplicación a sus recibos correspondientes a alguno o algunos de los siguientes tributos:

a) Impuesto sobre bienes inmuebles.

b) Impuesto sobre actividades económicas.

c) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

d) Tasa por la prestación de los servicios de recogida y eliminación de residuos urbanos.

e) Tasa por recogida de basuras y por la utilización de vertedero

f) Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras

Artículo 3. Requisitos

1. Para poder acogerse al sistema especial de pago fraccionado, el solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:

a) Formular una solicitud, de acuerdo con el modelo que consta en el anexo, antes del día 10 de febrero del año de que se trate.

b) No tener ninguna deuda en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento.

c) Efectuar los pagos mediante domiciliación bancaria. A tal efecto se deberá adjuntar una copia de la cartilla bancaria o certificado de la entidad financiera donde conste que el obligado al pago es el titular de la cuenta en que se domicilien los pagos fraccionados. En caso de que el obligado al pago no fuera el titular, el titular de la cuenta debe autorizar la domiciliación.

2. La aprobación de la solicitud se formalizará por Resolución del concejal o concejala responsable del Área de Hacienda.

3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 10, párrafo segundo, del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se exigirá interés de demora en caso de acogimiento al sistema especial de pago fraccionado que regula esta Ordenanza.

Artículo 4. Modalidades de pago fraccionado y duración

1. El pago del importe total anual de los tributos se efectuará en cualquiera de las siguientes modalidades:

a) Modalidad de nuevo pagos: en ocho mensualidades (de marzo a octubre), la cantidad equivalente al resultado de dividir por nueve el importe del conjunto de recibos de los tributos liquidados al solicitante en el ejercicio inmediatamente anterior; y el mes de noviembre, la cantidad resultante de deducir, al importe de los recibos de los padrones o listas de cobro ya definitivamente aprobadas a nombre del solicitante, las cantidades ya pagadas.

b) Modalidad de cuatro pagos: En tres pagos trimestrales (marzo, junio, septiembre) la cantidad equivalente al resultado de dividir por cuatro el importe del conjunto de recibos de los tributos liquidados al solicitante en el ejercicio inmediatamente anterior; y el mes de noviembre, la cantidad resultante de deducir, al importe de los recibos de los padrones o listas de cobro ya definitivamente aprobadas a nombre del solicitante, las cantidades ya pagadas.

2. El acogimiento al sistema especial de pago se prorrogará automáticamente para el ejercicio siguiente siempre que el interesado no manifieste su renuncia expresa y no tenga deudas pendientes de pago en periodo ejecutivo.

Artículo 5. Incumplimiento

En el caso de falta de pago de cualquiera de los plazos, el sistema especial de pago fraccionado quedará sin efecto y se deberá pagar la deuda en el periodo general de pago voluntario del tributo correspondiente. Los pagos que ya se hayan efectuado, en su caso, tendrán la consideración de ingresos a cuenta.

Disposición final. Vigencia

Esta Ordenanza fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2022, permaneciendo en vigor hasta que no se acuerde su modificación o derogación expresa.

 

 Sant Antoni de Portmany, 20 de diciembre de 2021

El alcalde Marcos Serra Colomar

 

ANEXO Modelo de solicitud de pago fraccionado de tributos

Sol·licitud de pagament fraccionat de tributs

Solicitud de pago fraccionado de tributos

(1) S'ha d'adjuntar una fotocòpia del dni-nif / Se debe adjuntar una fotocopia del dni-nif.

DADES sol·licitant /

DATOS sOLICITANTE

Llinatges i nom o raó social / Apellidos y nombre o razón social (1)

 

En representació de / En representación de (2)

 

Nom de la via pública / Nombre de la vía pública

 

Núm.

 

Lletra / Letra

 

Escala / Escalera

 

Pis/Piso

 

Porta / Puerta

 

Localitat-municipi / Localidad-municipio

 

Codi postal / CP

 

Telèfons / Teléfonos

 

Adreça electrònica / Mail

 

(2) En cas de representació, s'ha d'adjuntar una fotocòpia del DNI-nif del representat / En caso de representación, se debe adjuntar una fotocopia del dni-niF del representado.

SOL·LICIT que se'm permeti acollir-me al sistema de pagament fraccionat de tributs, amb l'abast i les condicions que s'indiquen a continuació, així com la domiciliació dels pagaments corresponents / SOLICITO que se me permita acogerme al sistema de pago fraccionado de tributos, con el alcance y en las condiciones que se indican a continuación, así como la domiciliación de los pagos correspondientes:

1. Tributs respecte dels quals es sol·licita el pagament fraccionat (marcau el/els tributs i indicau el número del darrer rebut) / Tributos respecto a los cuales se solicita el pago fraccionado (marque el/los tributos e indique el número del último recibo)

Concepte tributari / Concepto tributario

(  ) Impost sobre béns immobles.........................................................................................................

Impuesto sobre bienes inmuebles

(  ) Impost sobre activitats econòmiques.............................................................................................

Impuesto sobre actividades económicas

(  ) Impost sobre vehicles de tracció mecànica...................................................................................

Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

(  ) Taxa per recollida d'escombraries i per la utilització d'abocador..................................................

Tasa por recogida de basuras y utilización del vertedero

(  ) Taxa per entrada de vehicles a través de les voravies ……………………………………………….

Tasa por por entrada de vehículos a través de las aceras

Número de rebut / Número de recibo(3)

________________________________________

 

________________________________________

 

________________________________________

________________________________________

________________________________________

 

(3) S'ha d'adjuntar una còpia del darrer rebut / Se debe adjuntar una copia del último recibo.

2. Modalitats de pagament fraccionat (marcau la modalitat) / Modalidades de pago fraccionado (marque la modalidad)

Pagament en nou terminis (vuit pagaments mensuals de març a octubre i regularització el mes de novembre) / Pago en nueve plazos (ocho pagos mensuales de marzo a octubre y regularización el mes de noviembre).

Pagament en 4 terminis (tres pagaments trimestrals març, juny i setembre i regularització el mes de novembre) / Pago en cuatro plazos (tres pagos trimestrales –marzo, junio y septiembre– y regularización el mes de noviembre).

3. Domiciliació bancària dels pagaments / Domiciliación bancaria de los pagos

nom titular DEL COMPTE / NOMBRE TITULAR DE LA CUENTA

 

NIF

 

Nom entitat bancària / Nombre entidad bancaria:

 

IBAN

(Codi internacional de compte bancària / Código internacional de cuenta bancaria)

Codi país / Código pais

(2 dígits / 2 dígitos)

DC

(2 dígits / 2 dígitos)

Número de compte / Número de cuenta

 

 

 

Observacions / Observaciones:

El pagament fraccionat s'entén concedit amb la presentació d'aquesta sol·licitud i es prorrogarà automàticament si l'interessat no hi renuncia de manera expressa sempre que no tengui deutes pendents de pagament en període executiu / El pago fraccionado se entiende concedido con la presentación de esa solicitud y prorrogará automáticamente si el interesado no renuncia de forma expresa siempre que no tenga deudas pendientes de pago en período ejecutivo.

El fet de no pagar qualsevol dels terminis determinarà que el pagament fraccionat quedi sense efecte i s'haurà de pagar el deute en el període general de pagament voluntari del tribut corresponent. Els pagaments que ja s'hagin efectuat, si s'escau, tindran la consideració d'ingressos a compte / La falta de pago de cualquiera de los plazos determinará que el pago fraccionado quede sin efecto y que se deba pagar la deuda en el período general de pago voluntario del tributo correspondiente. Los pagos que, en su caso, ya se hubiesen realizado tendrán la consideración de ingresos a cuenta.

Sant Antoni de Portmany, ___ de _______________ de 20__

 

Signatura sol·licitant / Firma solicitante