Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 617439
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 13 de diciembre de 2021, relativo a la concesión de ayudas económicas individuales del Consejo Insular de Menorca para personas mayores de 65 años o para personas con discapacidad reconocida para cubrir necesidades sociosanitarias, convocatoria 2021 (exp 1818-2021-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dada la voluntad del Consejo Insular de Menorca de destinar prestaciones económicas de carácter individual y no periódico a atender necesidades de carácter sociosanitario de personas con problemas derivados de su deterioro debido al envejecimiento o la discapacidad; Dado que el 28 de junio de 2021 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca aprobó la convocatoria y bases para la concesión de ayudas económicas individuales para personas mayores de 65 años o personas con discapacidad reconocida para cubrir necesidades sociosanitarias (BOIB nº 94 de 15 de julio de 2021);

Vistas las 174 solicitudes de ayuda económica para personas mayores de 65 años o con discapacidad reconocida presentadas, 172 de las cuales dentro del plazo de presentación de solicitudes y 2 solicitudes inadmitidas para presentarse fuera de plazo:

Visto el informe preceptivo que la Comisión Evaluadora ha emitido, de acuerdo con el acta de la sesión celebrada el pasado día 30 de noviembre de 2021 y una vez revisado el expediente;

Visto el informe técnico, facultativo y no vinculante, emitido por la instrucción para formular la propuesta de resolución de las ayudas basándose en el informe emitido por la Comisión Evaluadora, tal y como establece la base 6a de las bases reguladoras, sobre la comprobación del cumplimiento de los requisitos y las condiciones, y la valoración según los criterios objetivos de las solicitudes de ayudas para personas mayores de 65 años o con discapacidad reconocida tenidos en cuenta por la Comisión Evaluadora;

Dado que la consejera ejecutiva del Departamento de Bienestar Social, señora Bárbara Torrent Bagur, debe abstenerse de participar en este procedimiento de acuerdo con el artículo 23.2 b de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se hace la propuesta desde la Presidencia del Consejo Insular de Menorca;

Dada la propuesta de la presidenta del Consejo Insular de Menorca,

El Consejo ejecutivo, por unanimidad de los seis miembros presentes (señor Maria Ballester, señor Pastrana Huguet, señora Gomila Carretero, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luis, señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la resolución de la convocatoria de ayudas para personas mayores de 65 años o con discapacidad 2021 de 127 solicitudes de un total de 174 (dos de ellas fueron presentadas fuera de plazo), por un importe total de 158.035,15 € con cargo al presupuesto 2021, según se desglosa en los apartados SEGUNDO y TERCERO.

Segundo. Aprobar la concesión de las ayudas para personas mayores de 65 años (línea 1) correspondientes a la convocatoria del año 2021, con cargo a la partida presupuestaria 3-23131-4800002 y por un importe total de 123.136,50 €, a los titulares de los siguientes expedientes, con los importes y conceptos que se detallan:

Línea 1. Ayudas para personas mayores de 65 años

Beneficiario/a

Tipología ayuda

Importe concedido

41730365Q

Prestaciones técnicas

1.820,00 €

41489898Z

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41720181K

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41478245E

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41729045F

Prestaciones técnicas

318,00 €

41483439H

Prestaciones técnicas

2.072,53 €

41722090K

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41720127J

Prestaciones técnicas

1.118,49 €

41482110T

Prestaciones técnicas

1.750,00 €

41488373F

Prestaciones técnicas

1.539,90 €

41491301Z

Prestaciones técnicas

981,31 €

41722899W

Prestaciones técnicas

600,00 €

41485722R

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41720716G

Prestaciones técnicas

319,00 €

41737834X

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

78305021A

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41484621G

Prestaciones técnicas

80,60 €

41485934Y

Prestaciones técnicas

159,00 €

41729107T

Prestaciones técnicas

320,00 €

41726046K

Prestaciones técnicas

320,00 €

41724764G

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

26148918B

Prestaciones técnicas

404,00 €

72870537M

Prestaciones técnicas

1.300,00 €

26171947V

Prestaciones técnicas

320,00 €

41490641K

Prestaciones técnicas

320,00 €

27825353E

Prestaciones técnicas

736,94 €

41729235J

Prestaciones técnicas

1.302,89 €

41472150E

Prestaciones técnicas

200,00 €

41488413R

Prestaciones técnicas

1.195,00 €

38702264A

Prestaciones técnicas

700,00 €

41463045W

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41482656V

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41489269Y

Prestaciones técnicas

1.103,80 €

X0321795W

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41722442M

Prestaciones técnicas

125,00 €

41731316R

Prestaciones técnicas

1.750,00 €

41469561D

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41479215A

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41720032X

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41722749J

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41479708J

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41724336J

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41721021X

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41721405A

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41484688W

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41732075R

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41478487B

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41482249R

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41477850H

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41477742W

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

78305304X

Prestaciones técnicas

1.185,80 €

41487378R

Prestaciones técnicas

194,00 €

41728933X

Prestaciones técnicas

221,90 €

41720144F

Prestaciones técnicas

1.250,00 €

37715247P

Prestaciones técnicas

320,00 €

41726844Z

Prestaciones técnicas

1.450,00 €

75733281P

Prestaciones técnicas

1.750,00 €

41478794L

Prestaciones técnicas

2.193,98 €

41475998Y

Prestaciones técnicas

555,08 €

01328478K

Prestaciones técnicas

700,00 €

41720030P

Prestaciones técnicas

520,00 €

41730207L

Prestaciones técnicas

278,00 €

X3573911X

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41726479V

Prestaciones técnicas

1.950,00 €

77893445N

Prestaciones técnicas

1.000,00 €

41474375Q

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41727419Z

Prestaciones técnicas

1.584,00 €

41722310B

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41464020B

Prestaciones técnicas

950,00 €

41724476S

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

39282407V

Prestaciones técnicas

1.350,00 €

X2102084E

Prestaciones técnicas

432,50 €

41486224C

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41722163W

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41479288F

Prestaciones técnicas

1.500,00 €

41484513B

Prestaciones técnicas

320,00 €

41721066D

Prestaciones técnicas

720,00 €

41605845H

Prestaciones técnicas

559,96 €

X0172747V

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41729841K

Prestaciones técnicas

196,90 €

41486944G

Prestaciones técnicas

320,00 €

41478985A

Prestaciones técnicas

1.655,00 €

41484176L

Prestaciones técnicas

649,00 €

41482846T

Prestaciones técnicas

720,00 €

41726918L

Prestaciones técnicas

320,00 €

41478516V

Prestaciones técnicas

800,00 €

41723465Q

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41728553K

Prestaciones técnicas

320,00 €

41722688K

Prestaciones técnicas

199,95 €

41724511G

Prestaciones técnicas

600,00 €

41720708L

Prestaciones técnicas

320,00 €

37618049P

Prestaciones técnicas

1.599,00 €

41489654T

Prestaciones técnicas (1)

0,00 €

39560179H

Prestaciones técnicas

1.094,97 €

 

Sumas

123.136,50 €

(1) Cumple los requisitos, pero los justificantes de pago son posteriores al periodo de la convocatoria.

Tercero. Aprobar la concesión de las ayudas para personas con discapacidad reconocida (línea 2) correspondientes a la convocatoria del año 2021, con cargo a la partida presupuestaria 3-23131-4800003 de las ayudas de la línea 2 para personas con discapacidad reconocida y por un importe total de 34.898,65 €, a los titulares de los siguientes expedientes, con los importes y conceptos que se detallan:

Línea 2. Ayudas para personas con discapacidad reconocida

Beneficiario/a

Tipología ayuda

Importe concedido

41501101Q

Tratamientos profesionales

1.500,00 €

41736673E

Prestaciones técnicas

1.167,00 €

41501028N

rep.legal d'ARP

Prestaciones técnicas

100,00 €

41501028N

Prestaciones técnicas

1.022,00 €

52206274T

rep.legal de MGF

Tratamientos profesionales

320,00 €

41734121T

Prestaciones técnicas

234,00 €

41497865T

Prestaciones técnicas

114,00 €

41740872N

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41736216W

Prest. técnicas y trat. profesionales

343,50 €

40346457H

Prest. técnicas y trat. profesionales

850,00 €

Y4787535F

Prestaciones técnicas

1.087,84 €

41504974W

rep.legal d'APR

Prestaciones técnicas

2.353,00 €

41733025P

Prestaciones técnicas

320,00 €

41508591P

rep.legal de JRP

Tratamientos profesionales

960,00 €

24325992L

Prestaciones técnicas

1.577,50 €

41732230H

Prestaciones técnicas

2.000,00 €

41498986V

Prestaciones técnicas

1.026,91 €

41739398X

Prestaciones técnicas

2.500,00 €

41504509C

rep.legal de MTS

Tratamientos profesionales

1.155,00 €

41735208Y

Prestaciones técnicas

790,00 €

Y4783437A

rep.legal d'ALP

Prestaciones técnicas

834,00 €

47658807R

rep.legal de MLLJ

Prest. técnicas y trat. profesionales

1.820,00 €

49774078P

Prestaciones técnicas

1.500,00 €

41750275P

Prestaciones técnicas

2.400,00 €

41742352C

Prestaciones técnicas

850,00 €

41510770W

Prestaciones técnicas

1.364,00 €

41732743W

Prestaciones técnicas

98,50 €

41500458V

Prestaciones técnicas

100,00 €

78305833X

Prestaciones técnicas

492,00 €

41747299E

Tratamientos profesionales

840,00 €

41497027J

Prestaciones técnicas

118,50 €

46656765T

Prest. técnicas y trat. profesionales

850,00 €

41496888N

Prestaciones técnicas

1.710,90 €

 

Sumas

34.898,65 €

Lo que supone la aprobación por un importe total de 158.035,15 € con cargo a la totalidad de ambas partidas presupuestarias, puesto que el punto primero de la convocatoria prevé que se pueda disponer indistintamente de las dos partidas destinadas al objeto de la convocatoria, independientemente del beneficiario, hasta que se agote el total de ambas.

Cuarto. Denegar las ayudas de ambas líneas, para personas mayores de 65 años (línea 1) o personas con discapacidad reconocida (línea 2), a los titulares de los siguientes expedientes y por los motivos que se mencionan en cada caso:

a) Línea 1. Ayudas para personas mayores de 65 años

Solicitante

Motivo denegación

41487914P

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41474111M

No cumple el requisito de la base 5 (concepto no financiable según anexo 1)

41479313D

El gasto no cumple los requisitos de la base 15.2 letra h

41734930G

El gasto no cumple los requisitos de la base 15.2 letra h

41469012N

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41487799P

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41730654Y

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

39100447X

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41473610X

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41485298Z

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41731807D

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41484940R

No cumple el requisito de la base 3 (actividad realizada fuera de plazo)

41730648T

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

35263787A

El gasto no cumple los requisitos de la base 15.2 letra h

41464483Z

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41484639E

No cumple el requisito de la base 3 (actividad realizada fuera de plazo)

37293851H

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41728307M

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

41729993N

No cumple el requisito de la base 14 c (supera nivel de renta)

b) Línea 2. Ayudas para personas con discapacidad reconocida

Solicitante

Motivo denegación

74627455E

No cumple el requisito de la base 16 c (supera nivel de renta)

13156085Q

No cumple el requisito de la base 16 c (supera nivel de renta)

38069577T

rep.legal FRG

Actividad realizada no financiable según base 1

(ver observaciones punto 1.2. del anexo 1)

41502143T rep.legal DPB

Actividad realizada no financiable según base 1

(ver observaciones punto 1.2. del anexo 1)

41744297X rep.legal LSF

Actividad realizada no financiable según base 1

(ver observaciones punto 1.2. del anexo 1)

41742648V rep.legal NVL

No cumple el requisito de la base 16 c (supera nivel de renta)

41505625D rep.legal SMT

Actividad realizada no financiable según base 1

(ver observaciones punto 1.2. del anexo 1)

41505625D rep.legal JMMT

Actividad realizada no financiable según base 1

(ver observaciones punto 1.2. del anexo 1)

41747909B

No cumple el requisito grado de discapacidad (base 16 b y documento aportado según base 17.2 e

41498549V

No cumple el requisito de la base 5 a (concepto no financiable según anexo 1)

41735731T

Actividad realizada no financiable según base 1

(ver observaciones punto 1.2. del anexo 1)

41737706C rep.legal ACG

No cumple el requisito de la base 3 (de no haber recibido ayuda por el mismo concepto en la convocatoria anterior)

41737706C rep.legal MCG

No cumple el requisito de la base 3 (de no haber recibido ayuda por el mismo concepto en la convocatoria anterior)

Quinto. Considerar que han desistido de la ayuda y, en los casos que corresponda, no admitir las solicitudes de ayuda para personas mayores de 65 años (línea 1) o con discapacidad reconocida (línea 2) a los titulares de los siguientes expedientes por los motivos que se mencionan en cada caso:

a) Línea 1. Ayudas para personas mayores de 65 años

Solicitante

Motivo desistimiento o de no admisión

05584995C

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

38029531C

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

41729807X

No presenta la documentación requerida (base 15.4 in fine y art. 69.1 Ley 39/2015 LPAC)

41487622S

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

41754232D

No presenta la documentación requerida (base 15.4 in fine y art. 69.1 Ley 39/2015 LPAC)

41727130R

Desistimiento por causas sobrevenidas (art. 84.2 Ley 39/2015 LPAC)

41486675B

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

41489037G

No admisión, solicitud presentada fuera de plazo (punto 1 de la convocatoria)

b) Línea 2. Ayudas para personas con discapacidad reconocida

Solicitante

Motivo desistimiento o de no admisión

41503051B

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

30675979M

No admisión, solicitud presentada fuera de plazo (punto 1 de la convocatoria)

X2569915X

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

24173612Z rep. legal JGM

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

41492917C

Desistimiento (notificación electrónica rechazada según art. 41.5 Ley 39/2015 LPAC)

41752802M rep. legal IGG

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

X9833556K

No enmienda según art. 68.1 Ley 39/2015 LPAC y base 15.4 in fine

Sexto. Comunicar estos acuerdos al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, previamente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 17 de diciembre de 2021

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavio Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)