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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 615685
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se somete al trámite de información pública el Proyecto de decreto por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia y se desarrolla el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Administración autonómica de las Illes Balears y de su sector público instrumental

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Texto

Hechos

1. El 25 de febrero de 2021, el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática ordena que se sustancie consulta pública previa, a través del Portal de participación ciudadana, sobre la propuesta de elaboración del Proyecto de decreto por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia y se desarrolla el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Administración autonómica de las Illes Balears y de su sector público instrumental.

2. Esta consulta se sustanció desde día 26 de febrero de 2021 hasta el día 26 de marzo de 2021, a través del Portal de Participación ciudadana.

3. En fecha de 26 de abril de 2021, el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática dicta la Resolución mediante la cual se inicia el procedimiento de elaboración del Proyecto de decreto de referencia.

4. El 14 de diciembre de 2021, la directora general de Participación, Transparencia y Voluntariado emite la memoria de análisis de impacto normativo sobre el Proyecto de decreto mencionado en el primer apartado.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 1/2019, de 31 de enero, de Gobierno de las Illes Balears, en el artículo 58 establece que los proyectos de reglamento deben someterse, entre otros, al trámite de información pública, cuando resulte preceptiva o sea conveniente a criterio del órgano responsable de la tramitación. A tal efecto, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, que indique el plazo para hacer las sugerencias y el lugar web donde se puede acceder al proyecto normativo.

También establece que el trámite de audiencia e información pública, que se pueden impulsar de forma simultánea, ha de ser adecuado a la naturaleza de la disposición y, en todo caso, no inferior a diez días.

Igualmente, el artículo 51 prevé la publicación de las iniciativas normativas en la web autonómica para garantizar el acceso de la ciudadanía a la información y para facilitar la participación y la presentación de sugerencias por medios telemáticos.

2. El artículo 34.2.f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que obliga a la Administración a promover la utilización de los medios telemáticos.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a información pública el Proyecto de decreto por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia y se desarrolla el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Administración autonómica de las Illes Balears y de su sector público instrumental, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la sede de la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado (c. de l'Uruguai, s/n, Velòdrom Illes Balears) y en el Portal de transparencia de Gobierno de las Illes Balears, donde podrá encontrar publicado el Proyecto y el expediente entre las iniciativas reglamentarias en tramitación  de la Consejeria de Transición  Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática. (http://www.caib.es/sites/transparencia/es/normativa_en_tramitacia/)

2. Fijar el plazo de información pública en treinta días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Disponer que las alegaciones, dirigidas a la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado, deben presentarse en la sede de esta Dirección General (c. de l'Uruguai, s/n, Velòdrom Illes Balears) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones telemáticamente, mediante el apartado «Participación en la elaboración normativa» de la página web de Participación Ciudadana (https://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el apartado 2.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, a pesar de que no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente debe emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 13 de diciembre de 2021

El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática

Juan Pedro Yllanes Suárez