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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 614650
Aprobación definitiva presupuesto 2022 Plan estratégico de subvenciones

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Texto

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el plan estratégico de subvenciones, inicialmente aprobado por la Corporación en pleno en sesión extraordinaria celebrada en fecha 18 de noviembre de 2021, publicado en el BOIB nº 160 de fecha 20 de noviembre de 2021, y transcurrido el plazo de exposición al público reglamentariamente establecido, queda aprobado definitivamente.

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

PREÁMBULO

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencionar.

En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, se prevé en la Legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo articulado figura a continuación.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.     

El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el ejercicio 2022 se ajustará a lo previsto en el presente Plan.

ARTÍCULO 2.

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.

ARTÍCULO 3.

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

ARTÍCULO 4.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos y que se regirá por la firma del correspondiente convenio (en su caso).

CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES

ARTÍCULO 5.

El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

ARTÍCULO 6.

El Ayuntamiento establecerá anualmente subvenciones en las áreas de su competencia y que se desglosarán en:

•   Grupo 13. Seguridad y movilidad ciudadana.

•   Grupo 15. Vivienda y urbanismo.

•   Grupo 16. Bienestar Comunitario.

•   Grupo 17. Medio Ambiente.

•   Grupo 23. Servicios Sociales.

•   Grupo 24. Fomento del Empleo.

•   Grupo 32. Educación.

•   Grupo 33. Cultura.

•   Grupo 34. Deporte.

•   Grupo 41. Agricultura, ganadería y pesca.

•   Grupo 43. Comercio, turismo y PYMES.

•   Grupo 45. Infraestructura.

•   Grupo 91. Órganos de gobierno.

•   Grupo 92. Servicios de carácter general.

•   Grupo 94. Transferencias a otras Administraciones Públicas.

En el Capítulo III podrán encontrar un desglose ampliado de este listado con identificación del beneficiario, aplicación presupuestaria, importe máximo previsto, objetivos, procedimiento, plazo de actividad y financiación.

Documentos adjuntos