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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 610030
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 22 de noviembre de 2021, relativo a la concesión de ayudas a Llinaritx Vell SRM y Son Febrer des Camí Vell SRM (convocatoria ayudas CARB 2020) (exp. 3211-2020-000001)

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Texto

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, mediante el acuerdo adoptado en la sesión de carácter ordinario de día 19 de marzo de 2018, aprobó las bases que rigen la convocatoria de ayudas del CIM para promover prácticas sostenibles en las explotaciones de Menorca (CARB) para el año 2018. Estas bases se publicaron en el BOIB n.º 76 de 21 de junio de 2018.

Día 21 de septiembre de 2020 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca aprobó la convocatoria para la concesión de ayudas del CIM para promover prácticas sostenibles en las explotaciones agrarias de Menorca (CARB) 2020, que se rigieron por las bases aprobadas en 2018 con una serie de modificaciones (BOIB n.º 194 de 12 de noviembre de 2020).

2. En cumplimiento del artículo 9 del Reglamento (CE) n.º 702/2014, el número de registro del documento válido para la aplicación SANI (programa informático específico para las comunicaciones de ayudas en la Comunidad Europea) de la convocatoria del año 2020 es SA.59137 y el n.º de registro del documento validado para la aplicación SANI en relación con la modificación de las bases es SA.62980.

3. El Consejo Ejecutivo del CIM, reunido en sesión de carácter ordinario día 12 de abril de 2021 (BOIB n.º 67 de 22 de mayo de 2021), acordó, entre otros, conceder las siguientes ayudas:

70

SON FEBRER DES CAMÍ VELL, SRM

25/11/2020

GE2020027627

3.500,00

156

LLINÀRITX VELL, SRM

15/12/2020

GE2020029098

2.692,25

4. La base 11.3 dice que la instrucción corresponde al personal técnico del departamento competente en materia de agricultura, que tiene que realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de los cuales se tiene que dictar resolución sobre la concesión de las ayudas.

5. La instructora de este expediente, día 29 de septiembre de 2021, informa de unos errores materiales producidos en el momento de introducir los datos de los solicitantes siguientes en el programa informático:

- Son Febrer des Camí Vell, SRM: El interesado solicitó una ayuda de 3.500 € por la ejecución de varios compromisos y 1.050 € por diferentes incrementos. Los datos que se introdujeron únicamente fueron las relativas en los compromisos. La instructora informa que se tendría que haber concedido al solicitante una subvención por un importe total de 4.550 €. Informa, también, que día 12 de abril de 2021 el solicitante justificó correctamente la ayuda que solicitó por importe de 4.550 €.

- Llinàritx Vell SRM: El interesado solicitó una ayuda de 3.500 € y únicamente se le concedió una ayuda de 2.692,25 € dado que no se grabaron correctamente los datos que correspondían a la ayuda solicitada por levantamiento de derrumbe, con un importe de 807,75€. Informa también, que en el momento de certificar los compromisos, se comprobó que el interesado había limpiado el bosquecillo y por tanto había ejecutado correctamente la ayuda solicitada.

6. La convocatoria para la concesión de ayudas del CIM para promover prácticas sostenibles a las explotaciones agrarias de Menorca (CARB) 2020 se aprobó con una partida de 780.000,00 €, y se concedieron, en su resolución, 702.088,90 €, de manera que no se agotó el crédito previsto a la convocatoria 2020.

7. Día 30 de septiembre de 2021 se reunió la comisión evaluadora de estas ayudas y emitió informe favorable en relación con la propuesta que presentó la instructora.

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio,

El Consejo ejecutivo, por unanimidad de los siete miembros presentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luis, señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los acuerdos siguientes:

Primero. Conceder y tramitar los siguientes pagos, a los beneficiarios que se indican, por un importe total de 1.807,75 € y con las condiciones expresadas en la convocatoria del Contrato Agrario de la Reserva de la Biosfera (número registro SA.59137 y modificación SA.62980), con cargo a la partida 5.41200.7805400 del presupuesto del CIM para el año 2021:

Núm.

Solicitante

Fecha Reg. Entrada

Núm. Registro

Importe inicial concedido y pagado

Importe que se propone a conceder y pagar

Total subvencionado

70

SON FEBRER DES CAMÍ VELL, SRM

25/11/2020

GE2020027627

3.500€

1.050€

4.550€

156

LLINÀRITX VELL SRM

15/12/2020

GE2020029098

2.692,25€

807'75€

3.500€

Segundo. Estas ayudas se conceden de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Tercero. Remitir a la BDNS estos acuerdos en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlos en el Boletín Oficial de las Illes Balears a los efectos de notificación (art. 1 b de la LPACAP).

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Maó, 14 de diciembre de 2021

Per delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº. 97 de 16-7-2019)