Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 609486
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 14 de diciembre de 2021 por la que se modifica la Resolución del presidente del IEB de 16 de junio de 2021 por la cual se convocan las subvenciones para apoyar a la organización y la producción de ferias y festivales, encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura y la ciencia, que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En fecha 6 de mayo de 2021, el Consejo de Dirección del Instituto de Estudios Baleáricos aprobó inicialmente el gasto de 650.000 € para la convocatoria de subvenciones para ferias y festivales para el año 2021 y elevó la propuesta al Consejo de Gobierno para que autorizara dicho gasto.

2. El Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión de 24 de mayo de 2021adoptó el siguiente acuerdo:

Autoriza al IEB a tramitar el gasto derivado de la convocatoria de subvenciones para apoyar a la organización y producción de ferias y festivales en el ámbito de la música, la literatura y el pensamiento, el cómic y la ilustración, las artes escénicas, las artes visuales y las artes audiovisuales, digitales e interactivas, así como los encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura, que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2021, por importe de seiscientos cincuenta mil euros (650.000 euros), de conformidad con el artículo 15.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. En el BOIB núm. 83, de 24 de junio de 2021, se publicó la Resolución del presidente del IEB de 16 de junio de 2021 por la cual se convocan las subvenciones para apoyar a la organización y la producción de ferias y festivales, encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura y la ciencia, que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2021, en el contexto de la actual pandemia de COVID-19.

4. El punto 3.1 de la convocatoria establece que el crédito que se le asigna es de 550.000 €, con cargo al capítulo 4 del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos para el año 2021.

5. Sin embargo, se han presentado 47 expedientes de solicitud de ayuda en esta convocatoria, con un importe total solicitado de 1.286.800,23 €, lo cual demuestra que el crédito asignado a esta convocatoria es totalmente insuficiente para dar respuesta a todas las solicitudes presentadas, en un momento especialmente sensible para el sector cultural, dada la crisis derivada de la situación sanitaria actual.

6. Por otro lado, mediante la Resolución de 22 de junio de 2021, publicada en el BOIB núm. 86, de 1 de julio de 2021, el presidente del IEB convocó subvenciones para apoyar a la organización de ferias y festivales, así como de centros de creación, encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura, que se llevaron a cabo en el territorio de las Illes Balears en 2020 (de ahora en adelante, convocatoria retroactiva de ferias y festivales), con un presupuesto máximo de 200.000 €.

7. Mediante la Resolución de 22 de octubre de 2021 (BOIB núm.148, de 28 de octubre de 2021), se aprobaron y concedieron subvenciones de la convocatoria retroactiva de ferias y festivales por un importe total de 96.560,02 €, por lo cual hay un sobrante de más de 100.000 € de esta convocatoria.

8. De acuerdo con el punto 3.4 de las bases de la Resolución del presidente del IEB de 16 de junio de 2021, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, podrá incrementarse el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implicará que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afectará a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.

9. Por todo ello, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar el importe asignado a la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Resolución del presidente del IEB de 16 de junio de 2021 en 100.000 €, sobrantes de los gastos del capítulo 4 de la convocatoria retroactiva de ferias y festivales.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar y aumentar en 100.000 € el importe fijado por la Resolución del presidente del IEB de 16 de junio de 2021 por la cual se convocan las subvenciones para apoyar a la organización y la producción de ferias y festivales, encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura y la ciencia, que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2021, en el contexto de la actual pandemia de COVID-19. De este modo, el crédito final de la convocatoria será de 650.000 €. El Consejo de Dirección del IEB ya aprobó dicho crédito en fecha 6 de mayo de 2021, y el Consejo de Gobierno lo autorizó en la sesión de 24 de mayo de 2021.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en el dia de la firma electrónica (14 de diciembre de 2021)

El presidente del IEB Miquel Company i Pons