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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 606730
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de diciembre de 2021 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento de la Escuela de Danza Reconocida Artdansa, de Palma

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Texto

Hechos

1. En fecha 21 de enero de 2021, la señora Esperança Mir de Tomás, como representante de la titularidad del centro Artdansa, solicitó (NRE L13E1397/2021) la autorización para la apertura y el funcionamiento de una escuela reconocida de danza en las instalaciones de la calle de Pons i Gallarza, 5A, bajos. En esta solicitud incluyó el proyecto educativo del centro, los planos de las instalaciones y una copia del DNI de la titular.

2. En fecha 29 de marzo de 2021, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió un informe desfavorable de la solicitud por falta de documentación. Este informe se comunicó al centro en fecha 30 de abril de 2021 y se le requirió que completara la documentación con la certificación de seguridad estructural y la de seguridad en caso de incendio, la justificación de la accesibilidad del centro y la justificación del aislamiento acústico de las aulas.

3. Los artículos 9,10, y 11 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas, establecen los aspectos que se tomarán en consideración en el informe técnico que debe realizar el Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial. En fecha 16 de febrero de 2021, desde la Sección de Autorizaciones y Registro de Centros se solicitó al servicio mencionado un informe sobre el proyecto educativo de enseñanzas no regladas de danza que se había presentado, los horarios y las aulas que se proponían.

4. En fecha 30 de marzo de 2021, la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe favorable sobre la autorización de apertura y funcionamiento de la Escuela de Danza Reconocida Artdansa. La documentación presentada detalla que se imparten enseñanzas no regladas de danza clásica, expresión corporal y lenguaje musical y, por lo tanto, cumple con las enseñanzas mínimas que dispone el artículo 8 del Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el cual se regulan las escuelas de música y danza de la comunidad autónoma de las Illes Balears. También se informa que los currículos presentados son muy completos y se ajustan a las materias a impartir. En relación con el profesorado de que dispondrá el centro, en el proyecto presentado figura una propuesta de tres profesores con titulaciones de licenciado o graduado. Estas titulaciones son superiores al título profesional exigido.

5. En fecha 18 de mayo de 2021, la representante del centro presentó nueva documentación y adjuntó los certificados  de las condiciones de seguridad estructural, las condiciones de seguridad en caso de incendio, la justificación de la accesibilidad del centro y la justificación del aislamiento acústico de las aulas.

6. El arquitecto del Servicio de Centros Educativos, una vez revisada la documentación y comprobado que se habían justificado todos los puntos que se habían requerido, emitió un informe favorable de la visita realizada el 8 de junio de 2021.

7. Tal y como recoge el artículo 9 del Decreto 37/1999, de 9 de abril, «el funcionamiento de las escuelas reconocidas se sujetará a las directrices técnicas del Conservatorio. Existirá un asesoramiento pedagógico, didáctico y curricular entre el Conservatorio y las escuelas reconocidas». Por este motivo, la Escuela de Danza Reconocida Artdansa queda adscrita a efectos administrativos al Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca (código 07006810), que le ofrecerá asesoramiento en cuestiones técnicas, pedagógicas y de programación.

8. En fecha 3 de desembre de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros informó favorablemente sobre la autorización de apertura y funcionamiento de la Escuela de Danza Reconocida Artdansa. También recordó que las enseñanzas impartidas en estas escuelas no pueden comportar la obtención de títulos con validez académica o profesional tal y como indica el artículo 10 El Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el cual se regulan las escuelas de música y danza de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y se señala lo siguiente:

Cuando los alumnos de una escuela de música o danza reconocida superen el programa de estudios elegido podrán recibir un diploma de la escuela en el que se acredite el programa cursado, las materias seguidas y el rendimiento. Este diploma, en ningún caso, podrá inducir a confusión con los certificados y títulos con validez académica o profesional.

9. En fecha 7 de desembre de 2021, el director general de Planificación, Ordenación y Centros propuso la autorización de la apertura y funcionamiento de la Escuela de Danza Reconocida Artdansa, de Palma.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el cual se regulan las escuelas de música y danza de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOCAIB núm. 49, de 20 de abril).

5. El Decreto 24/2011, de 1 de abril, por el cual se establece la ordenación y el currículum de las enseñanzas elementales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOIB núm. 53, de 9 de abril).

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 7 de diciembre de 2021, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2021-2022, la apertura y el funcionamiento de la Escuela de Danza Reconocida Artdansa y otorgarle el código administrativo 07016396.

2. Autorizar el programa de enseñanza impartido en la escuela reconocida de danza mencionada: expresión corporal, lenguaje musical, danza clásica y preparación del grado elemental de Danza en la especialidad de Danza Clásica, con un total de 100 plazas escolares.

3. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07016396

Denominación genérica: escuela de danza reconocida

Denominación específica: Artdansa

Titular: Esperança Mir de Tomás

Domicilio: c. de Pons i Gallarza, 5A baixos

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07004

Enseñanzas autorizadas:

Expresión corporal, lenguaje musical y danza clásica.

Preparación del grado elemental de Danza en la especialidad de Danza Clásica.

Número de plazas escolares: 100.

Adscripción administrativa: Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca (código 07006810).

4. Recordar que la Escuela de Danza Reconocida Artdansa puede hacer uso de la condición de escuela reconocida en su publicidad, pero no puede utilizar en su denominación ningún calificativo que pueda inducir a error o confusión con los centros que imparten las enseñanzas regladas de danza.

5. Establecer que los alumnos del centro mencionado podrán recibir un diploma de la escuela en el que se acredite el programa cursado, las materias seguidas y el aprovechamiento obtenido. Este diploma no puede inducir, en ningún caso, a confusión con los certificados y títulos con validez académica o profesional.

6. Adscribir la Escuela de Danza Reconocida Artdansa al Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca (código 07006810), que le ofrecerá asesoramiento en cuestiones técnicas, pedagógicas y de programación.

7. Incluir la Escuela de Danza Reconocida Artdansa dentro del ámbito de actuación del Departamento de Inspección Educativa (DIE), que le asesorará para que pueda lograr sus objetivos. A principio de cada curso, el centro mencionado elaborará la programación general anual (PGA), que debe incluir los objetivos y acciones de mejora para el curso; los proyectos y programaciones didácticas; el horario general del centro, el calendario de actividades académicas y los días no lectivos, y las actividades complementarias y extraescolares. Al acabar cada curso, la escuela reconocida Artdansa debe elaborar una memoria de actividades en la que debe hacer referencia a la PGA y al grado de desarrollo de esta y a los programas impartidos. La PGA y la memoria se colgaran al GESTIB al apartado de documentos institucionales.

8. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente en cuanto a la titulación de los profesores destinados al centro. También está obligado a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 9 de diciembre de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà