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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 605883
Contratación de profesor de los Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears)

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Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2021-1872, de 13 de diciembre, ha resuelto lo siguiente:

Resolución de la Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears)

Expediente 475/2021

Dado el Decreto de Alcaldía núm. 2021-0767, de 26 de mayo procede a aprobar la convocatoria, así como las bases (anexo I) para la cobertura temporal, de una plaza de profesor/a de los Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), cuya persona titular se encuentra actualmente en situación de excedencia.

Dado el Decreto de Alcaldía núm. 2021-1161, de 6 de agosto, resuelve constituir una bolsa de trabajo para la cobertura temporal, de una plaza de profesor/a de los Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears). Y se publica en el BOIB núm. 106 de 10 de agosto.

Dado el Decreto de Alcaldía núm. 2021-1348 de fecha 10 de septiembre de 2021 que resuelve contratar a José Rafael Ruiz Carvajal a partir del 13 de septiembre de 2021 para la cobertura, como personal laboral temporal de una plaza vacante de profesor/a de los Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), cuya persona titular se encuentra actualmente en situación de excedencia por incompatibilidad, con efectos de la fecha 13 de septiembre de 2021 y por un plazo máximo e improrrogable de hasta tres años.

Visto el RGE 2021-E-RE-3684 de fecha 7 de diciembre de 2021 presentado por José Rafael Ruiz Carvajal, solicitando su baja como profesor de los Servicios Educativos en fecha 9 de diciembre de 2021.

La técnica de educación del Ajuntament de Son Servera emite su informe, en conformidad, con fecha 9 de diciembre de 2021.

La interventora municipal emite su informe, en conformidad, con fecha 10 de diciembre de 2021.

Dado que Juana Maria Bestard Morató está en el puesto 2 del orden de prelación de la bolsa constituida por el Decreto de Alcaldía núm. 2021-1161, de 6 de agosto y publicada en el BOIB núm. 106 de 10 de agosto, y ha manifestado su interés por ocupar esta plaza.

Visto el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el trabajo público.

De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales

RESUELVO:

Primero.- Contratar a Juana Maria Bestard Morató a partir del 13 de diciembre de 2021 para la cobertura, como personal laboral temporal de una plaza vacante de profesor/a de los Servicios Educativos del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears) , cuya persona titular se encuentra actualmente en situación de excedencia por incompatibilidad, con efectos de la fecha 13 de diciembre de 2021 y por un plazo máximo e improrrogable de hasta tres años.

Segundo.- Publicar la presente, mediante edicto, en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en la sede electrónica del Ajuntament de Son Servera (sonservera.eadministracio.cat), al objeto de dar conocimiento público.

Tercero.- Dar cuenta de la presente al Servicio de Personal y al Departamento de Intervención para su conocimiento y efectos.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.

 

Son Servera, documento firmado electrónicamente (13 de diciembre de 2021)

La alcaldesa Natalia Troya Isern