Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 605038
Notificación del acuerdo de inicio, expediente sancionador nº 2021/13562G por infracción de la normativa en materia de sanidad animal
Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de inicio del expediente sancionador, así como la obertura del plazo para la presentación de alegaciones y/o prueba, por presunta infracción de la normativa de sanidad animal, Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, se les notifica mediante el presente anuncio y de conformidad con lo que prevé el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la persona interesada que se indica, lo siguiente:
1º.- Que dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de ésta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formule sus alegaciones, presente los documentos e/o informaciones que considere convenientes y, en todo caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretende hacerse valer.
2º.- Que mientras dure la tramitación del expediente sanciondor, la persona interesada podrá examinar el expediente y conocer la identidad de la instructora y secretaria, al efecto de la recusación que prevé el artículo 24 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Nº de expediente: 2021/13562G
DNI del presunto infractor: 41439213K
Fecha de la resolución de inicii: 1 de julio de 2021
Tipificación de la infracción: Artículo 84.17 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, que tipifica como infracción administrativa grave: «.../... 17. La omisión de los análisis, pruebass y tests de detección de las enfermedades a los que se deben someter a los animales que no se destinen al consumo humano, y también la no realización en los laboratorios designados por el órgano competente de la comunidad autónoma, o la omisión de los controles serológicos establecidos por la normativa de aplicación en cada caso, o su realización incumpliendo los plazos, requisitos y obligaciones impuestos por la normativa vigente .../...». Artículo relacionado con el Real Decreto decret 328/2003, de 14 de marzo, por el que se establece y regula el plan sanitario avícola, y más concretamente con sus artículos 2, 3, 4, 5 y 14 referentes a cuáles son las definiciones aplicadas a los efectos de lo que prevé éste Real Decreto; la documentación que debe de acompañar a la sol·licitud de autoritzación sanitaria para la instalación de una explotación agrícola, información sanitaria, a los efectos de registrar todos los datos necesarios para un efectivo control por parte de la autoridad competente respecto del estado sanitario; funcionamiento, referido a la explotación deberá de observar las condiciones de funcionamiento que se establecen en el anejo II, así como, mantener los requisitos de la instalación bajo los cuales se concedió la autorización; programas sanitarios obligatorios, así, en todas las explotaciones se debe realizar el programa sanitario encaminado al control de los procesos infectocontagiosos y parasitarios, que se prevé en éste texto normativo (artículo 3.2.b); con el Real decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el cual se establece y se regula el Registro General de establecimientos de gallinas ponedoras, artículos 1, 2, 4 y 7 referentes al objecto de éste decreto, definiciones, obligaciones de los titulares de los establecimientos y régimen sancionador, y con el Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el cual se establece y se regula el Registro General de explotaciones ganaderas, artículos 4 y 9. Y por último, con el Programa Nacional de control de determinados tipos de salomonela en gallinas ponedoras para el año 2021.
Último domicilio conocido: C/ Navarra, n.º 38 Bajo D - 07800
Municipio: Ibiza
Eivissa, 29 de noviembre de 2021
La Técnica de Administración General del Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino Ma José Cardona Muñoz