Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Núm. 604216
Resolución de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se aprueba la inscripción de l’Arròs Bombeta en el Catálogo de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears
Hechos
El 8 de septiembre de 2021 el Ayuntamiento de sa Pobla presentó una solicitud para la inscripción del “Arròs Bombeta” en el Registro de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears.
El día 23 de noviembre de 2021, reunida la Comisión de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears, emitió una propuesta vinculante para la inclusión del “Arròs Bombeta” en el Catálogo de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears.
La ficha del “Arròs Bombeta” contiene la información necesaria que establece el artículo 7 del Decreto 40/2015, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 135 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Illes Balears, crea el Catálogo los Alimentos Tradicionales de las Islas Baleares y define lo que se considerara un alimento tradicional.
2. El título II del Decreto 40/2015, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears, define el Catalogo y establece su contenido.
3. El título III del Decreto 40/2015, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears, crea la Comisión de los Alimentos Tradicionales de las Illes Balears y establece las condiciones y el procedimiento de inscripción de los alimentos tradicionales en el Catálogo.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir el “Arròs Bombeta” en el Catálogo de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears, con el número 29 en la categoría de cereales y como zona de producción el municipio de sa Pobla y Muro.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Publicar la ficha del el “Arròs Bombeta” en la página web www.illesbalearsqualitat.es, en concreto en el siguiente link:
http://www.illesbalearsqualitat.es/iquafront/aliment-tradicional/list?lang=es
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 24 de noviembre de 2021
La consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación Maria Asunción Jacoba Pia de la Concha García-Mauriño