Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 601055
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 29 de noviembre de 2021 por la cual se corrigen los errores detectados en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de julio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria de un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de personal estatutario fijo de la categoría de técnico medio sanitario/técnica media sanitaria en cuidados auxiliares de enfermería del Servicio de Salud de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1.- Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de julio de 2021 (BOIB núm. 101, de 29/07/2021) se aprobaron la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos, y se designó al tribunal calificador del concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de personal estatutario fijo de la categoría de técnico medio sanitario/técnica media sanitaria en cuidados auxiliares de enfermería.

2.- Se han detectado errores que se han de corregir en el punto 7 del anexo 1, Bases de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El artículo 109.2 de esta normativa establece que las administraciones pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2.- Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, cuyo artículo 56 dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.- Rectificar los errores del punto 7 del anexo 1, Bases de la convocatoria, de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de julio de 2021 por la cual se convoca un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de personal estatutario fijo de la categoría de técnico medio sanitario/técnica media sanitaria en cuidados auxiliares de enfermería, que figuran en el anexo de esta resolución.

2.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el portal web de Servicio de Salud de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa—puede interponerse un recurso de reposición ante el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

 

Palma, 29 de noviembre de 2021

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud y Consumo (BOIB Núm. 191, de 7/11/2020)

 

 

ANEXO

a.- En el punto 7.2.c del anexo 1 (Bases de la convocatoria)  

Donde dice

7.2.c.- La valoración de esta prueba es de 0 a 60 puntos. 60 puntos son los máximos que se pueden lograr en la fase de oposición. Para superar el ejercicio hay que obtener la puntuación mínima de 30 puntos. Cada respuesta correcta se valora con 1 punto. Las contestaciones erróneas se penalizan con una cuarta parte del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco y las que contengan más de una alternativa marcada no se valoran.

Debe decir

7.2.c.- La valoración de esta prueba es de 0 a 60 puntos. 60 puntos son los máximos que se pueden lograr en la fase de oposición. Para superar el ejercicio hay que obtener la puntuación mínima de 29,9992 puntos. Cada respuesta correcta se valora con 0,6818 puntos. Las contestaciones erróneas se penalizan con una cuarta parte del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco y las que contengan más de una alternativa marcada no se valoran.