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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 600005
resolución declarativa por la cual se cierra el plazo para la presentación de solicitudes para participar en la convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderado por mujeres

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Texto

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 16 de diciembre de 2020, acordó la aprobación del expediente de convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres.   

2. El procedimiento de concesión que ha regido la convocatoria es de concurrencia no competitiva, dado que no ha habido comparación de solicitudes por lo cual se ha resuelto individualmente, aunque lo ha acabado el plazo de presentaciones. En fecha 14 de junio de 2021 se resolvió por la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Presidencia del Consejo de Mallorca, la primera concesión que incluye a las 9 primeras personas de acuerdo con el orden definitivo, con la siguiente conclusión, 4 concesiones, 2 desistimientos y 3 personas con resultado desfavorable.

3. En fecha 19 de julio de 2021, se ha resuelto por<A[para|por]> la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Presidencia del Consejo de Mallorca, la segunda concesión que incluye a 11 personas del segundo grupo de acuerdo con el orden definitivo, con la siguiente conclusión, 5 concesiones, 1 desistimiento y 5 personas con resultado desfavorable.

4. En fecha 8 de noviembre de 2021, se ha resuelto por la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Presidencia del Consejo de Mallorca, la tercera concesión que incluye a 11 personas del tercer grupo de acuerdo con el orden definitivo, con la siguiente conclusión, 2 concesiones, 3 desistimientos y 6 personas con resultado desfavorable.  

5. En fecha 25 de noviembre de 2021, se ha resuelto por el consejero <A[consejera|consellera]>ejecutivo de Presidencia del Consejo de Mallorca, la rectificación de la resolución de la tercera concesión de la ayuda mencionada en el  punto anterior.

6. Publicada y notificada la tercera concesión, el crédito disponible en cuanto al Tramo no Reembolsable (partida presupuestaria 00.23167.77980) es de 21.641,81 €, importe insuficiente para incluir el proyecto de la siguiente persona de acuerdo con el orden de prelación definitivo, quien solicita una ayuda respecto del Tramo no Reembolsable de 31.050,00€ y que ha sido valorada favorablemente, siguiendo los informes emitidos por las entidades colaboradoras correspondientes.

7. De acuerdo con la convocatoria, las solicitudes se tienen que resolver por orden cronológico de presentación.  A este efecto, si la solicitud presenta defectos de forma, se entenderá que la fecha de presentación es la fecha en que se presenten las subsanaciones según el requerimiento efectuado, todo esto de acuerdo con la convocatoria. Es por eso que, pese que hay crédito por un importe de 21.641,81 €, no podemos seguir resolviendo los siguientes proyectos, lo cual implicaría no respetar el estricto orden de prelación definitivo.

8.  El gasto inicial aprobado para el Tramo no Reembolsable 00.23167.77980, fue de 200.000,00€ y para el Tramo Reembolsable de 500.000,00€, en este último caso, publicada y notificada la tercera concesión mencionada, hay un crédito disponible de 198.232,53 €.

Fundamentos

1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018) en la cual se establece el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca.

2. La convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social lideradas por mujeres aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 16 de diciembre de 2020 (BOIB nº. 210, de 17 de diciembre de 2020).

3. De acuerdo con el punto 7.1.de la convocatoria mencionada, el plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB. Se mantendrá abierto el plazo hasta que se agote el crédito disponible, por lo tanto, la convocatoria se mantendrá abierta hasta que se dicte y se publique una resolución a este efecto. 

Por todo eso,

RESUELVO

1. El cierre del plazo para presentar las solicitudes de la convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres.

2. Que se reviertan las cantidades sobrantes de las partidas correspondientes siguientes, respecto del Tramo no Reembolsable 00.23167.77980, un remanente de 21.641,81 €, y respecto del Tramo Reembolsable 00.23167.83100, un remanente de 198.232,53 €.

3. Notificar esta resolución a Intervención Delegada del Hogar de la Infancia y remitir al BOIB para su publicación.

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (07/12/2021)

El consejero ejecutivo de Presidencia Javier de Juan Martín