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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 598993
Resolución del presidente del AETIB, de 7 de diciembre de 2021 por la cual se establecen las condiciones para la realización de contratos de patrocinios con entidades privadas para acontecimientos estratégicos que generen repercusión mediática para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante el año 2022

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Texto

La crisis sanitaria de la Covid-19 ha marcado los tiempos de los últimos dos años, donde las medidas sanitarias y de control de la pandemia se han adaptado a la gravedad de la situación en cada momento. La vacunación masiva iniciada al 2021 ha abierto el camino hacia la recuperación de la normalidad y, por tanto, de la economía, gravemente afectada por la crisis desencadenada por la pandemia.

Ahora, una vez reactivada la economía y la conectividad durante el año anterior, debemos volver a la estrategia de desestacionalización, del alargamiento de la temporada y en la sostenibilidad económica, social y medioambiental de nuestro destino.

El turismo es una herramienta esencial para el cambio y la reorientación de la sociedad actual hacia un mundo más resiliente y sostenible. La cantidad de recursos que son necesarios para el desarrollo de la actividad turística la convierten en una actividad que requiere una planificación exhaustiva y continua, con el fin de contribuir eficazmente a la consecución de los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible).

La OMT define el turismo sostenible como aquel que está dirigido a satisfacer las necesidades de los turistas actuales, generando ingresos y bienestar social en el destino, pero al mismo tiempo, que protege y mejora las oportunidades del futuro. Es decir, se centra en la gestión de todos los recursos, de manera que se satisfagan las necesidades económicas y sociales, y al mismo tiempo se respete la integridad cultural, los procesos ecológicos esenciales, la diversidad biológica y los sistemas de soporte vital.

El planteamiento de los proyectos implicados en el turismo desde un criterio de sostenibilidad requiere entender la actividad turística, no como resultado de acciones concretas, sino como un modelo de gestión de procesos y procedimientos, impregnado de principio a fin por la esencia del respeto al medio ambiente donde se desarrollan y a las personas que los promueven.

Estos eventos tendrán que reportar un alto grado de satisfacción a los residentes y turistas, representando una experiencia significativa que los hace más conscientes de los problemas de sostenibilidad y promueve prácticas turísticas sostenibles en ellos.

Estas prácticas van en consonancia con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el cual se articula a través de los siguientes ejes:

  • La transición verde.
  • La transición digital.
  • La eliminación de las brechas de género.
  • La cohesión y la inclusión.

La Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destino pone énfasis en la actuación sobre el destino teniendo en cuenta sus características y necesidades; se dirige al conjunto del ecosistema turístico específico del destino, es por ello que estas actuaciones e iniciativas que provienen de los actores sociales deben tener un fuerte impacto en la mejora de la competitividad.

Los patrocinios son una herramienta para la mejora del destino gracias a la inversión en actuaciones claves por el aumento de su competitividad ya que permiten ejercer un efecto tractor sobre la demanda turística y tienen un efecto dinamizador del sector privado. Contribuyen a la diversificación de la oferta del destino y posibilitan la generación de empleo y actividad, favoreciendo la cohesión territorial y propiciando la desestacionalización de la oferta complementaria del destino.

La Agencia de Estrategia Turística de les Illes Balears (AETIB), en virtud de lo dispuesto en el Decreto 18/2018, de 22 de junio, tiene entre sus finalidades, la elaboración de la estrategia turística para la mejora del posicionamiento internacional de las Illes Balears. Es por ello que uno de los objetivos de la AETIB es crear una oferta diferenciada que cree valor y esté dirigida a segmentos específicos; además, Baleares cuenta con activos turísticos que deben ser recuperados, valorados y potenciados.

La voluntad de la AETIB es que la participación en esta convocatoria de formalización de contratos de patrocinio privado con entidades privadas esté sujeta a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad no discriminación, eficacia y eficiencia del uso de los recursos públicos. La participación en esta convocatoria implica la aceptación de los términos y condiciones establecidos, que se adjuntan a la presente Resolución.

A efectos de esta convocatoria, los "eventos estratégicos" son aquellos que presentan características diferenciadoras por su notoriedad e impacto mediático y que los hacen adelantarse a pequeños eventos y por debajo de aquellos considerados eventos únicos con un impacto muy alto. Aquellos considerados “eventos estratégicos” deben tener una clara vocación de continuidad en el tiempo, es decir, que se lleven a cabo o se quiera llevar a cabo periódicamente (anualmente). Quedan excluidos de esta definición los acontecimientos que tengan una duración que se prolongue en el tiempo y sea superior a 10 días anuales, a excepción de aquellos con consideración de ciclos culturales.

La convocatoria está dirigida a entidades privadas (con o sin ánimo de lucro), con las que la AETIB realizará contratos de patrocinio privado para la actividad que realicen, y que, por su importancia y relevancia en cuanto a la participación del público y su impacto en los medios de comunicación, tendrán un gran impacto/un buen retorno publicitario en nuestras marcas turísticas.

La tramitación de los expedientes se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Anexo A de la presente resolución y lo establecido en la Instrucción 2/2018 del Director Gerente de la ATB (actual AETIB) por la que se establece la regulación y tramitación específica de los expedientes de contratos de patrocinio privado formalizados por la ATB (actual AETIB) de 5 de abril de 2018, con la previa ratificación del Consejo de Administración de ATB (actual AETIB) de 5 de abril de 2018.

Por todo ello, con la autorización previa del gasto para esta convocatoria se aprueban anexos a esta resolución, los pliegos de condiciones generales de la convocatoria y los anexos que la acompañan.

Resuelvo

Primero.- Aprobar el pliego de condiciones generales que debe regir la tramitación de los expedientes de contratación derivados de las solicitudes de patrocinios estratégicos con entidades privadas que generen cobertura mediática para las marcas de las Illes Balears y la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB) a lo largo del año 2022, -ANEXO A- y los anexos que la acompañan.

Segundo. - Ordenar la publicación en el BOIB de la presente Resolución y de los anexos que la acompañan.

Esta resolución surte efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota el procedimiento administrativo- se podrá interponer recurso facultativo de reversión ante el Presidente de la AETIB en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44,  de 3 de abril) y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

También se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 7 de diciembre de 2021

El presidente de l'AETIB Jaume Colom Adrover (Per Resolución del Presidente de l'AETIB de 28 de septiembre de 2020, de delegación de signatura) 

Documentos adjuntos