Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 595357
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 2 de diciembre de 2021, a propuesta de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, por la que se conceden las ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
En fecha 1 de diciembre de 2021, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1.El consejero de Educación y Formación Profesional convocó ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil correspondientes a los ejercicios 2020-2024, mediante Resolución de 27 de noviembre de 2020 (BOIB núm. 204, de 5 de diciembre).
2.El 22 de junio de 2021, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de junio de 2021 por la que se amplía el crédito y se modifica la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 27 de noviembre de 2020 por la que se convocan ayudas correspondientes a los ejercicios 2020 a 2024 para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y para la reconversión de centros privados que atienden regularmente a niños de 0-3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil.
3.Esta convocatoria corresponde al Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4.La Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, a través del Instituto para la Educación de la Primera Infancia como órgano instructor del procedimiento, examinó las solicitudes e hizo los requerimientos de documentación pertinentes a los solicitantes para poder valorar las peticiones de acuerdo con el baremo.
5.La Comisión Evaluadora se reunió el día 27 de julio de 2021 para examinar, valorar e informar sobre las solicitudes, así como para valorar la propuesta provisional de resolución de concesión, según consta en el acta de sesión extendida el mismo día.
6.El 28 de julio de 2021, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa emitió la propuesta provisional de resolución de concesión de las ayudas mencionadas.
7.El ayuntamiento de Fornalutx y el Consell Insular de Formentera presentaron alegaciones a la propuesta provisional dentro de plazo: el Ayuntamiento de Fornalutx respecto al presupuesto concedido, y el Consell Insular de Formentera respecto a las plazas concedidas para el EI Es Camí Vell de Sant Ferran.
8.El Ayuntamiento de Eivissa presentó un escrito en que renunciaba a las ayudas para el centro de nueva creación solicitado con el nombre «A especificar», con 37 plazas.
9.Se han revisado los apéndices 7 del anexo 1, presentados por las entidades solicitantes dentro del periodo de justificación del primer plazo.
10.En este periodo, el Ayuntamiento de Santa Maria no presentó la justificación del primer plazo y se le requirió que presentara la documentación justificativa. Pasado el plazo de presentación de documentación sin respuesta, se considera que el Ayuntamiento de Santa Maria desiste de su petición.
11.Los diferentes expedientes de concesión se fiscalizaron con conformidad.
12.El punto 3 de la base decimoquinta de la convocatoria establece que esta resolución se debe publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1.El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2.El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).
3.La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).
4.La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 27 de noviembre de 2020 por la que se convocan ayudas correspondientes a los ejercicios 2020 a 2024 para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y para la reconversión de centros privados que atienden regularmente a niños de 0-3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 204, de 5 de diciembre de 2020).
5.La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de junio de 2021 por la que se amplía el crédito y se modifica la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 27 de noviembre de 2020 por la que se convocan ayudas correspondientes a los ejercicios 2020 a 2024 para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y para la reconversión de centros privados que atienden regularmente a niños de 0-3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 82, de 22 de junio de 2021).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Educación y Formación Profesional que dicte una resolución en los términos siguientes:
1.Aceptar las alegaciones del Ayuntamiento de Fornalutx y el Consell Insular de Formentera.
2.Conceder las ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil correspondientes a los ejercicios 2020-2024 a las entidades solicitantes que figuran en el anexo 1.
3.Declarar la no admisión o la denegación de las solicitudes de ayuda que figuran en el anexo 2, junto con la indicación de los motivos de la no admisión o denegación.
4. Aceptar la renuncia del Ayuntamiento de Eivissa a las ayudas de creación para el centro solicitado como “A especificar”, que figura en el anexo 3.
5.Condicionar la concesión de las ayudas a que hacen referencia los apartados anteriores al cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, de acuerdo con las bases de la convocatoria y la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones públicas.
6.Notificar esta Resolución a las entidades solicitantes mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 2 de deciembre de 2021
El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà
La directora general proponiente Amanda Fernández Rubí
ANEXO 1 Ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas
Solicitante |
Isla |
CIF |
Centros |
Plazas de creación |
Cuantía creación |
Plazas de consolida-ción |
Cuantía consolidación |
TOTAL |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Ayuntamiento de Alcúdia |
Mallorca |
P0700300G |
Nuevo centro |
74 |
666.000,00 € |
0 |
0,00 € |
666.000,00 € |
Ayuntamiento de Banyalbufar |
Mallorca |
P0700700H |
Banyalbufar |
14 |
126.000,00 € |
0 |
0,00 € |
126.000,00 € |
Ayuntamiento de Capdepera |
Mallorca |
P0701400D |
Eriçons |
36 |
324.000,00 € |
0 |
0,00 € |
324.000,00 € |
Ayuntamiento de Costitx |
Mallorca |
P0701700G |
Nadal Campaner Arrom |
30 |
270.000,00 € |
0 |
0,00 € |
270.000,00 € |
Ayuntamiento de Eivissa |
Eivissa |
P0702600H |
EI Can Cantó |
67 |
603.000,00 € |
0 |
0,00 € |
603.000,00 € |
Ayuntamiento de Fornalutx |
Mallorca |
P0702500J |
Sa Rutllana |
0 |
0,00 € |
23 |
43.408,73 € |
43.408,73 € |
Ayuntamiento de Lloseta |
Mallorca |
P0702900B |
A determinar |
67 |
603.000,00 € |
0 |
0,00 € |
603.000,00 € |
Ayuntamiento de Llubí |
Mallorca |
P0703000J |
EI Moixaina |
25 |
225.000,00 € |
30 |
270.000,00 € |
495.000,00 € |
Ayuntamiento de Manacor |
Mallorca |
P0703300D |
Porto Cristo |
74 |
666.000,00 € |
0 |
0,00 € |
666.000,00 € |
Ayuntamiento de Manacor |
Mallorca |
P0703300D |
S'Illot |
30 |
270.000,00 € |
0 |
0,00 € |
270.000,00 € |
Ayuntamiento de Maria de la Salut |
Mallorca |
P0703500I |
Maria de la Salut |
37 |
333.000,00 € |
0 |
0,00 € |
333.000,00 € |
Ayuntamiento de Marratxí |
Mallorca |
P0703600G |
A determinar |
134 |
1.206.000,00 € |
0 |
0,00 € |
1.206.000,00 € |
Ayuntamiento de Montuïri |
Mallorca |
P0703800C |
Sa Gallineta Rossa |
18 |
162.000,00 € |
0 |
0,00 € |
162.000,00 € |
Ayuntamiento de Muro |
Mallorca |
P0703900A |
Muro |
37 |
333.000,00 € |
37 |
333.000,00 € |
666.000,00 € |
Ayuntamiento de Palma |
Mallorca |
P5704002D |
Eixample |
49 |
441.000,00 € |
0 |
0,00 € |
441.000,00 € |
Ayuntamiento de Palma |
Mallorca |
P5704002D |
Foners |
37 |
333.000,00 € |
0 |
0,00 € |
333.000,00 € |
Ayuntamiento de Palma |
Mallorca |
P5704002D |
Son Dameto |
92 |
828.000,00 € |
0 |
0,00 € |
828.000,00 € |
Ayuntamiento de Palma |
Mallorca |
P5704002D |
Son Gibert |
92 |
828.000,00 € |
0 |
0,00 € |
828.000,00 € |
Ayuntamiento de Petra |
Mallorca |
P0704100G |
Petra |
37 |
333.000,00 € |
0 |
0,00 € |
333.000,00 € |
Ayuntamiento de Pollença |
Mallorca |
P0704200E |
A determinar |
74 |
666.000,00 € |
0 |
0,00 € |
666.000,00 € |
Ayuntamiento de Puigpunyent |
Mallorca |
P0704500H |
Ses Alzinetes |
18 |
162.000,00 € |
0 |
0,00 € |
162.000,00 € |
Ayuntamiento de Sant Antoni de Portamany |
Eivissa |
P0704600F |
Sant Rafel |
67 |
603.000,00 € |
0 |
0,00 € |
603.000,00 € |
Ayuntamiento de San Juan |
Mallorca |
P0704900J |
Es Molins |
37 |
204.577,18 € |
0 |
0,00 € |
204.577,18 € |
Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja |
Eivissa |
P0705000H |
EI Benirràs |
18 |
162.000,00 € |
0 |
0,00 € |
162.000,00 € |
Ayuntamiento de Santa Eulària |
Eivissa |
P0705400J |
EI Menuts |
19 |
171.000,00 € |
0 |
0,00 € |
171.000,00 € |
Ayuntamiento de Santa Margalida |
Mallorca |
P0705500G |
Can Picafort II |
37 |
333.000,00 € |
0 |
0,00 € |
333.000,00 € |
Ayuntamiento de Santa Margalida |
Mallorca |
P0705500G |
Santa Margalida |
51 |
459.000,00 € |
0 |
0,00 € |
459.000,00 € |
Ayuntamiento de Santa Margalida |
Mallorca |
P0705500G |
Can Picafort I |
0 |
0,00 € |
37 |
185.588,83 € |
185.588,83 € |
Ayuntamiento de Santanyí |
Mallorca |
P0705700C |
Es Llombards |
0 |
0,00 € |
27 |
65.985,43 € |
65.985,43 € |
Ayuntamiento de Santanyí |
Mallorca |
P0705700C |
S'Alqueria Blanca |
18 |
162.000,00 € |
9 |
81.000,00 € |
242.286,99 € |
Ayuntamiento de Selva |
Mallorca |
P0705800A |
S'Olivar |
0 |
0,00 € |
14 |
27.121,50 € |
27.121,50 € |
Ayuntamiento de Ses Salines |
Mallorca |
P0705900I |
Ses Salines |
0 |
0,00 € |
37 |
230.999,38 € |
230.999,38 € |
Ayuntamiento de Son Servera |
Mallorca |
P0706200C |
Cala Bona |
37 |
333.000,00 € |
0 |
0,00 € |
333.000,00 € |
Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany |
Mallorca |
P0706500F |
EI Cucarells |
12 |
108.000,00 € |
0 |
0,00 € |
108.000,00 € |
Consejo Insular de Formentera |
Formentera |
P0702400C |
EI Es Camí Vell- Sant Ferran |
44 |
396.000,00 € |
0 |
0,00 € |
396.000,00 € |
Consejo Insular de Formentera |
Formentera |
P0702400C |
EI La Miranda |
18 |
162.000,00 € |
0 |
0,00 € |
162.000,00 € |
ANEXO 2 Denegación de solicitudes
Motivo 1: Falta de documentación
Motivo 2: 1r plazo no justificado
Solicitante |
Isla |
CIF |
Motivo denegación |
---|---|---|---|
Ayuntamiento de Estellencs |
Mallorca |
P0702100I |
1 |
Ayuntamiento de Valldemossa |
Mallorca |
P0706300A |
1 |
Ayuntamiento de Santa Maria del Camí |
Mallorca |
P0705600E |
2 |
ANEXO 3 Renuncias
Solicitante |
Isla |
CIF |
Centros |
Plazas de creación |
---|---|---|---|---|
Ajuntamiento de Eivissa |
Eivissa |
P0702600H |
A especificar |
37 |