Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 593468
Acuerdo de concesión directa y a fondo perdido de ayudas al sector de la restauración con motivo de la suspensión de su actividad a causa de les mesures de contención de la COVID-19, por importe equivalente a la tasa por el servicio de recogida o eliminación de basura y residuos sólidos urbanos
Visto el acuerdo de Pleno, en sesión extraordinaria de 25 de junio de 2021, mediante el cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa y a fondo perdido de ayudas para paliar los efectos de la Covid-19 en los sectores económicos del término municipal de Sóller, publicadas al BOIB n.º 91 de 8 de julio de 2021.
De acuerdo con los informes del AODL de cumplimiento de los requisitos de un total de 57 solicitudes, de las cuales se informa favorablemente la concesión de 31 solicitudes y la desestimación de 26 solicitudes de concesión de la ayuda por incumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
Vistoque de acuerdo con las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas el órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas es esta Alcaldia, En virtud del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo con el artículo 9.4 de las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa y a fondo perdido de ayudas al sector de la restauración con motivo de la suspensión de su actividad a causa de las medidas de contención de la COVID-19, por importe equivalente a la tasa por el servicio de recogida o eliminación de basuras y residuos sólidos urbanos del término municipal de Sóller, en la sesión ordinaria del 24 de Noviembre de 2021, acordó el acuerdo siguiente:
Primero.- Aprobar la concesión directa y a fondo perdido de ayudas al sector de la restauración con motivo de la suspensión de su actividad a causa de las medidas de contención de la COVID-19, por importe equivalente a la tasa por el servicio de recogida o eliminación de basuras y residuos sólidos urbanos del término municipal de Sóller, con relación a las solicitudes que figuran a continuación, por el importe que se señala:
DNI |
IMPORT |
---|---|
43127241X |
417,05 € |
78204604G |
410,00 € |
B16600397 |
149,33 € |
E57075467 |
417,05 € |
B57895625 |
410,00 € |
78213067A |
410,00 € |
B07981566 |
410,00 € |
B57339269 |
417,05 € |
B57342081 |
149,33 € |
E16596389 |
478,00 € |
B57125460 |
149,33 € |
B57455388 |
417,05 € |
B07609431 |
478,00 € |
41402696M |
149,33 € |
43118712Z |
417,05 € |
43140918W |
410,00 € |
B57129090 |
351,65 € |
43081961V |
149,33 € |
28455179Q |
583,20 € |
43039522J |
149,33 € |
78204624R |
478,00 € |
49610162J |
410,00 € |
41389966V |
583,20 € |
B07547862 |
478,00 € |
E07598899 |
149,33 € |
B57800492 |
410,00 € |
B62158894 |
417,05 € |
B16541591 |
410,00 € |
B16569360 |
417,05 € |
X1478513G |
583,20 € |
B16661639 |
410,00 € |
TOTAL |
11.667,91 € |
Segundo.- Desestimar la solicitud de concesión de la ayuda formulada por los solicitantes que figuran a continuación:
PERSONA INTERESADA |
Motivo de la exclusión |
---|---|
B57431496 |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
A07273303 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
43022277H |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
Y2576025Q |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
B16520918 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
B16521981 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
B57948200 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
B57108391 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
E16600181 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
B57171290 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
B57827453 |
El sujeto pasivo de la tasa por el servicio de recogida y eliminación de basura y residuos sólidos urbanos no se encuentra incluido dentro de los grupos que indica el artículo 4.1 de la convocatoria |
B57320822 |
Solicitud presentada fuera de plazo |
Y6134771H |
Solicitud presentada fuera de plazo |
X4523547E |
Solicitud presentada fuera de plazo |
B16600934 |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
B16509713 |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
B16655722 |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
43064799J |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
42953947K |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
Y3795779B |
El titular de la solicitud no es el sujeto pasivo de la tasa. Art. 4.1 de la convocatoria |
E57739765 |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
78193655A |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
78213716P |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
E57895732 |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
E16531428 |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
X6849880C |
El titular no cumple el requisito del artículo 4.3 de la convocatoria |
Tercero.- Recocer el gasto y pago de la cuantía de 11.667,91 € con cargo a la aplicación presupuestaria numero 9200/4790001/2021.
Cuarto.- De acuerdo con el artículo 10 de las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa y a fondo perdido de ayudas al sector de la restauración con motivo de la suspensión de su actividad a causa de las medidas de contención de la Covid-19, por importe equivalente a la tasa por el servicio de recogida o eliminación de basuras y residuos sólidos urbanos, las personas beneficiarías estarán sujetas a las obligaciones siguientes:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación que tiene que efectuar el órgano que concede la ayuda y cualquier otra comprobación o control financiero que pueden llevar a cabo los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, y aportar toda la documentación que le requieran en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
b) Estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con el Ayuntamiento de Sóller, y también al corriente de obligaciones económicas con la Seguridad Social.
c) Conservar los documentos que demuestran que cumple los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda durante un periodo de cuatro años desde que se ha concedido la ayuda.
d) Proceder al reintegro en los casos previstos en esta convocatoria y la normativa aplicable. e) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y del resto de documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
Quinto.- Notificar a las personas interesadas, mediante un anuncio publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sóller y en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Sexto.- Dar cuenta de este acuerdo a los departamentos de intervención y tesorería
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente se puede interponer un recurso de reposición ante la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sóller en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o directamente un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente. Todo esto, en conformidad con el que dispone el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Sóller, 2 de diciembre de 2021
El alcalde
Carlos Simarro Vicens