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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 589854
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 22 de noviembre de 2021, relativo a la concesión de ayudas a las cofradías de pescadores 2021 (exp. 3012-2021-000001)

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Texto

Antecedentes

1. Día 6 de septiembre de 2021, en sesión de carácter ordinario, el Consejo Ejecutivo del CIM aprobó las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para apoyar a las cofradías de pescadores de Menorca para el año 2021 (BOIB núm. 130 de 21 de septiembre de 2021).

2. El objetivo de la convocatoria es apoyar a las cofradías de pescadores en la promoción, primera venta y otras actuaciones de interés general para el sector pesquero. Se persigue un efecto de mejora de los puntos de primera venta para mantener la rentabilidad del sector pesquero.

3. Las actividades subvencionables se pueden llevar a cabo desde el día 1 de enero al 31 de diciembre del año 2021; aun así, el plazo para justificar los gastos objeto de subvención finalizaba día 2 de noviembre de 2021.

4. Su dotación presupuestaria es de 60.000 € correspondientes a la partida 5.41500.4890032; aun así, la cuantía total de la subvención para cada beneficiario puede ser, como máximo, de 22.000 €.

5. La base 4 especifica las actividades subvencionables, la 6 especifica los requisitos y la 7 indica la documentación, tanto administrativa como específica, que tienen que presentar los solicitantes de las ayudas.

6. En la base 8 se establece que, si el importe global pedido entre todos los solicitantes que cumplan los requisitos supera el crédito de la convocatoria, como es el caso, las solicitudes se resolverán, aplicando el baremo previsto, de acuerdo con los criterios de reparto (número de barcas, volumen de ventas y número de socios) y de la forma siguiente:

a) En relación con el número de barcas: hasta 10 barcas: 2 puntos; de 11 a 19 barcas: 4 puntos; 20 barcas o más: 5 puntos.

b) En relación con el volumen de ventas: 0,01 puntos/tonelada hasta un máximo de 2 puntos.

c) En relación con el número de socios: hasta 19 socios: 3 puntos; 20 socios o más: 5 puntos.

A la puntuación final obtenida, se le aplicará la tabla siguiente:

  • De 5 a 6 puntos: el 60% del presupuesto es subvencionable
  • De 6 a 7: el 70 %
  • De 7 a 8: el 80 %
  • De 8 fa 9: el 90 %
  • Y más de 9: el 100 %

7. El plazo de presentación de solicitudes era de 30 días naturales a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB. Se han presentado, en tiempo y forma, tres solicitudes, y las tres entidades solicitantes cumplen los requisitos de la convocatoria y aportan la documentación preceptiva y la justificación de gastos. Más concretamente:

Entidad:

CIF:

Importe solicitado:

Cofradía de Pescadores de Maó

G07069347

20.000 €

Cofradía de Pescadores de Fornells

G07069354

20.000 €

Cofradía de Pescadores de Ciutadella

G07068935

22.000 €

 

Total:

62.000 €

8. En fecha 12 de noviembre de 2021 se reúne la Comisión Evaluadora de las ayudas y emite su propuesta.

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio,

El Consejo ejecutivo, por unanimidad de los siete miembros presentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luis, señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los acuerdos siguientes:

Primero. Conceder y tramitar los pagos, por un importe total de 58.396,79 €, relativos a las ayudas que se relacionarán a continuación correspondientes a la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca para apoyar a las cofradías de pescadores de Menorca para los gastos relacionados con la promoción, primera venta y otras actuaciones de interés general para el sector pesquero, llevadas a cabo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, y con cargo a la partida 5.41500.4890032 del presupuesto del CIM para el año 2021:

Entidad:

CIF:

Importe:

Cofradía de Pescadores de Maó

G07069347

20.000,00 €

Cofradía de Pescadores de Fornells

G07069354

16.396,79 €

Cofradía de Pescadores de Ciutadella

G07068935

22.000,00 €

Segundo. Informar que el reparto mencionado se desprende de la aplicación del baremo previsto en la base 8 y de la forma que sigue:

Criterio / Cofradia

Maó

Fornells

Ciutadella

Núm. barcas / puntos

16 – 4 puntos

15 – 4 puntos

21 – 5 puntos

Volumen de ventas (Tn) / puntos

201,47 – 2 puntos

24,11 – 0,24 puntos

112,32 – 1,12 puntos

Núm. socios / puntos

39 – 5 puntos

19 – 3 puntos

49 – 5 puntos

Total puntos

11 puntos

7,24 puntos

11,12 puntos

% subvencionable aplicable

100%

80%

100%

Importe solicitado

20.000,00 €

20.000,00 €

22.000,00 €

Gastos justificados

20.570,76 €

20.495,99 €

22.048,70 €

Importe concedido

20.000,00 €

16.396,79 €

22.000,00 €

Tercero. Remitir a la Base de datos Nacional de Subvenciones información sobre la presente concesión en los términos establecidos en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de forma previa en su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears a los efectos de notificación (art. 45.1 b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Contra este acuerdo; que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 30 de noviembre de 2021

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)