Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 581751
Modificación del régimen de dedicación, retribuciones y asistencias de los miembros de la corporación; informe de compatibilidad

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

(Exp. nº 936/2019)

Acuerdo del pleno del ayuntamiento de 25 de noviembre de 2021:

Se modifica el punto 1 del régimen de dedicación, retribuciones y asistencias de los miembros de la corporación, y asignaciones económicas a los grupos políticos municipales añadiendo al de la mesa el régimen del siguiente concejal:

Nombre

Cargo

Régimen de dedicación

Retribución

Gabriel Alexandre Ferrer Isern

Concejal delegado

Parcial (25 %)

5.251,40 €

También se modifica el punto 5, añadiendo al final el siguiente informe de compatibilidad sobre el concejal con dedicación parcial Gabriel Alexandre Ferrer Isern:

“Primer trabajo: Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Consejería de Educación y Formación Profesional)

a) naturaleza jurídica de la relación de empleo: miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejal delegado de educación e infancia; con dedicación parcial b) régimen de dedicación: 9'5 horas/semana (25 %) c) jornada: martes, de 16 a 20'30 h., y jueves, de 15'30 a 20'30 h. d) retribuciones a percibir: 375,10 € mensuales (14 pagas / año) e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial: - (la de la delegación de atribuciones de la alcaldía) f) conclusión sobre la compatibilidad: favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.”

Lo que hacemos público para general conocimiento y efectos.

Recursos.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno del ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Alaró, 26 de noviembre de 2021

El alcalde Llorenç Perelló Rosselló