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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 581119
Corrección de errores de la resolución del director gerente del Hospital Universitario de Son Espases de 16 de noviembre de 2021 por la que se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de facultativo especialista de área de Ponent, correspondiente a la gerencia del Hospital Universitario Son Espases

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Texto

Antecedentes

Por medio de la resolución del director director gerente del Hospital Universitari Son Espases de 16 de noviembre de 2021 – publicada en BOIB núm 163, de 25 de noviembre de 2021 - se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de facultativo especialista de área de Ponent, correspondiente a la gerencia del Hospital Universitario Son Espases.

1. Se han advertido diversos errores en el punto Antecedentes y en el punto 2.1 c) Requisitos de acceso

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,  de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que “las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errorres observados en la resolución del director gerente del Hospital Universitari Son Espases de 16 de noviembre de 2021 – publicada en BOIB núm. 163 de 25 de noviembre de 2021 – por la que se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de facultativo especialista de área de Ponent, correspondiente a la gerencia del Hospital Universitario Son Espases.

2. 6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Las personas candidatas disponen de un nuevo plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

  

Palma, 26 de noviembre de 2021

El director gerente del Hospital Universitario Son Espases

Josep Manuel Pomar Reynes P.D. Consejera de Administraciones Públicas y modernización (Resolución de 03/.11.2020 BOIB nº 191 de 07/11/2020) P.D. Director General del Servicio Balear de Salud (Resolución de 11.03.2021 BOIB nº 39 de 20/03/2021)

 

 

ANEXO

Corrección de errores

En el punto Antecedentes

Donde dice:

6.Este procedimiento especial se inicia con una resolución del director general del Servicio de Salud publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en la que se identifican las plazas que se van a cubrir, la apertura del plazo de 10 días hábiles para presentar solicitudes, la composición de la Comisión de Selección y la información sobre los méritos que deben acreditarse para baremarlos. A los efectos de publicidad, deben publicarse la convocatoria y las bases íntegras en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (<http://boib.caib.es>) y en la página web del Servicio de Salud (<http://ibsalut.es>).

7. En virtud del punto 2 de la Resolución del consejero de Salud y Consumo de 13 de enero de 2016, por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 10, de 21 de enero de 2016), el director general del Servicio de Salud es competente para convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer sus bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar a los miembros de los órganos de selección y el resto de facultades que, en relación con las anteriores, correspondan al consejero de Salud según la legislación vigente.

Debe decir:

5. El informe de 9 de octubre de 2021, de la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares que justifica la exención de conocimientos de lengua catalana en determinados procesos selectivos.

6. Este procedimiento especial se inicia con una resolución del director general del Servicio de Salud publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en la que se identifican las plazas que se van a cubrir, la apertura del plazo de 10 días hábiles para presentar solicitudes, la composición de la Comisión de Selección y la información sobre los méritos que deben acreditarse para baremarlos. A los efectos de publicidad, deben publicarse la convocatoria y las bases íntegras en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (<http://boib.caib.es>) y en la página web del Servicio de Salud (<http://ibsalut.es>).

7. En virtud del punto 2 de la Resolución del consejero de Salud y Consumo de 13 de enero de 2016, por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 10, de 21 de enero de 2016), el director general del Servicio de Salud es competente para convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer sus bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar a los miembros de los órganos de selección y el resto de facultades que, en relación con las anteriores, correspondan al consejero de Salud según la legislación vigente.

En el punto 2.1 c)  Requisitos de acces

Donde dice:

c) Tener los conocimientos de lengua catalana correspondientes a nivel B1, de acuerdo con el artículo 3 del decreto 8/2018 de 23 de marzo, (BOIB num. 37/2018) por el cual se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares. No obstante, si el aspirante no puede acreditar el nivel de conocimientos de lengua catalana requerido en el momento de presentar su solicitud, según el artículo 5.3 del mencionado decreto, se admitirá la solicitud y si resulta adjudicatario de una plaza queda obligado a obtenerlo y acreditarlo en el plazo de dos años a contar a partir de la fecha de ocupación de la plaza o bien una vez haya acumulado este período de tiempo de prestación de servicios. Asimismo, en caso de empate de puntuación entre dos o más aspirantes tendrá preferencia el aspirante capacitado lingüísticamente en catalán.

Debe decir:

c) En relación a la acreditación del nivel de lengua catalana,  dada la insuficiencia de profesionales para la prestación asistencial en esta categoría, las personas aspirantes en este procedimiento de selección no están obligadas a acreditar – como requisito- el nivel de lengua catalana correspondientes, si bien aquellas que lo puedan acreditar le será valorado como un mérito, en los términos que se señalan en esta convocatoria.